Decreto 97 de 2010 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 97 de 2010

Fecha de Expedición: 19 de enero de 2010

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
- Subtema: Planta de Personal

Modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 97 DE 2010

 

(Enero 19)

 

Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable; 

 

Que para los fines de este decreto se cuenta con concepto favorable de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los cargos que se relacionan a continuación: 

 

 

N° de Cargos 

Dependencia y Empleo 

Código Grado 

 

DESPACHO DEL MINISTRO 

 

1 (uno)

Asesor

1020-01

 

N° de Cargos 

Dependencia y Empleo 

Código Grado 

 

PLANTA GLOBAL 

 

1 (uno)

Asesor

1020- 01

2 (dos)

Técnico Administrativo

3124- 18

1 (uno)

Auxiliar Administrativo

4044- 23

 

ARTÍCULO 2°. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes cargos: 

 

N° de Cargos 

Dependencia y Empleo 

Código Grado 

 

DESPACHO DEL MINISTRO 

 

3 (tres)

Asesor

1020- 03

 

ARTÍCULO 3°. La incorporación de los empleados a los cargos creados en el artículo 2° del presente decreto, que modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1746 de 2006 y demás normas sobre la materia. 

 

ARTÍCULO 4°. Los empleados públicos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a los cargos creados en el artículo 2° del presente decreto y tomen posesión del mismo. 

 

ARTÍCULO 5°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 247 de 2004, 1022 de 2008 y demás normas que le sean contrarias. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de enero de 2010.

 

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

ELIZABEHT RODRÍGUEZ TAYLOR.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial N. 47598. 20, enero, 2010.