Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Establece que para el año gravable 2017; no constituye renta ni ganancia ocasional por el 64.21 % del valor de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales y sucesiones ilíquidas, no obligadas a llevar libros de contabilidad, e igual sobre las utilidades que los fondos mutuos de inversión, fondos de inversión y fondos de valores distribuyan o abonen en cuenta a sus afiliados, del valor de los rendimientos financieros recibidos por el fondo, correspondiente al componente inflacionario.
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Establece los lineamientos de política pública para definir e implementar el mecanismo que promueva la contratación de largo plazo para los proyectos de generación de energía eléctrica y que sea complementario a los mecanismos existentes en el Mercado de Energía Mayorista, determinando el ámbito de aplicación; objetivos; características; la CREG deberá establecer el esquema para trasladar los costos eficientes de compra de energía resultantes a la tarifa de los usuarios finales.
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Modifica parcialmente las funciones de la Superintendencia de Notariado y Registro para que verifique las matrículas inmobiliarias que identifican registralmente los predios rurales, para determinar si los títulos están debidamente inscritos y se encuentren de acuerdo a lo señalado en el artículo 665 del Código Civil y que su precaria tradición no sea producto de violencia, usurpación, desplazamiento forzado, engaño o testaferrato, y actos administrativos a que haya lugar.
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
El Fondo de Programas Especiales para la Paz (FONDO PAZ) continuará garantizando, a los ex -miembros de FARC-EP ubicados en los Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (ETCR), incluidos los privados de la libertad el suministro de víveres secos y frescos de conformidad con el número de personas reportadas por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y por la Agencia de Reincorporación y Normalización (ARN), por el término de tres meses; igualmente el Fondo de Programas Especiales para la Paz transferirá los bienes destinados para el funcionamiento de los Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (ETCR) a la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), para su administración.
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Se ha conformado el Sistema Integrado de Información para el Posconflicto (SIIPO) con el objetivo de hacer seguimiento a la implementación de las acciones derivadas del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, facilitará el monitoreo, la medición del progreso, la evaluación y el cumplimiento de los compromisos establecidos en el Acuerdo Final, siendo las responsables las oficinas de planeación entidades actualizar y cargar la información relacionada con el seguimiento sectorial, y la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas del DNP validará la calidad de la misma, para su correspondiente publicación en el SIIPO y uso en la elaboración de diferentes informes por parte de la Alta Consejería para el Posconflicto; siendo el sistema actualizado de forma mensual, estableciéndose el primer reporte a más tardar el 6 de abril de 2018, para realizar el primer reporte de información el 16 de abril de 2018.
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Reglamentan los trámites y requisitos para el manejo de sustancias y productos químicos controlados en virtud de lo dispuesto por el Consejo Nacional de Estupefacientes que puedan ser utilizados o destinados, directa o indirectamente en la producción ilícita de drogas, dirigido a todas las personas naturales y jurídicas que importen, compren, distribuyan, consuman, produzcan, almacenen o realicen actividades con las sustancias y/o productos químicos controlados en virtud de lo dispuesto por el Consejo Nacional de Estupefacientes, en todo el territorio nacional.
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Con el fin de contribuir a la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, respecto de la reincorporación para los menores de edad que han salido de los campamentos de las FARC-EP, los ministerios, departamentos administrativos y entidades descentralizadas del orden nacional con funciones relacionadas con la reincorporación de los adolescentes y jóvenes que salieron de los campamentos de las FARC-EP deberán adelantar las acciones pertinentes, con el objeto de que en el marco de los proyectos con los que cuentan efectúen la focalización de recursos necesarios, disponiendo la oferta suficiente que permita avanzar en la implementación del proceso de reincorporación de estos jóvenes y adolescentes, cuyas medidas de especial atención para dicha población se enmarcan en los ámbitos individual, familiar, comunitaria e institucional; atendiendo las directrices de la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos, en el marco de las decisiones adoptadas por el Consejo Nacional de Reincorporación CNR.
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Establece el Programa de Fomento para la Industria de Astilleros, como instrumento dirigido a las personas jurídicas que fabrican los bienes finales contenidos en las sub-partidas arancelarias; autorizándose al beneficiario del Programa a importar con exoneración de derechos de aduana las mercancías o bienes contenidos en las sub-partidas arancelarias, con el compromiso de incorporarlos en la producción de embarcaciones y/o sus partes para la venta en el mercado nacional o internacional.
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Derogan comisiones con el fin de evitar duplicidad de funciones y racionalizar la gestión: Comisión Intersectorial de Adaptación Laboral del Sector Público; Comisión Intersectorial para el Programa de Fortalecimiento de Sistema de Información Financiera Territorial; Comisión Intersectorial para Promover la Formalización del Trabajo Decente en el Sector Público; Comisión Intersectorial denominada Comisión Nacional Digital y de Información Estatal, en virtud que el Consejo para la Gestión y el Desempeño Institucional es la única instancia intersectorial del Gobierno Nacional en la que se tratarán y decidirán los temas relacionados con las políticas de gestión y el desempeño institucional del cual hacían parte las entidades que integran las referidas comisiones.
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Las entidades del Estado, en atención al Modelo Integrado de Planeación y Gestión, al Plan de Acción, deberán integrar los siguientes planes institucionales y estratégicos: Plan Institucional de Archivos de la Entidad; Plan Anual de Adquisiciones; Plan Anual de Vacantes; Plan de Previsión de Recursos Humanos; Plan Estratégico de Talento Humano; Plan Institucional de Capacitación; Plan de Incentivos Institucionales; Plan de Trabajo Anual en Seguridad y Salud en el Trabajo; Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano; Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; Plan de Tratamiento de Riesgos de Seguridad y Privacidad de la Información; Plan de Seguridad y Privacidad de la Información y publicarlo, en su respectiva página web, a más tardar el 31 de enero de cada año.
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
El tiempo que se ha establecido para que comience a operar la indemnización moratoria, se debe contabilizar desde el día que el peticionario radica su petición de reconocimiento y pago, la entidad cuenta con 15 días hábiles para expedir la respectiva resolución, se deben sumar 5 días de ejecutoria en aplicación al antiguo código contencioso administrativo o 10 días bajo la ley 1437, en firme el acto, se le computan los 45 días hábiles para efectuar el pago, lo que traduce a un total de 65 días hábiles o 70 días según el caso, para que comience a operar la sanción moratoria.
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
La sanción moratoria por la no consignación oportuna de las cesantías dentro de los plazos establecidos en la ley 244 de 1995, es suficiente para determinar la sanción legal, en ese orden de ideas, la mala fe no es un elemento subjetivo que se deba demostrar y que justifique a la Entidad exonerarse de la responsabilidad derivada de la no atención oportuna del pago dentro del tiempo determinado por la ley.
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Frente a la pensión de invalidez y la indemnización por perdida de capacidad laboral o su reajuste no existe dependencia o subsunción, dado que la primera comporta un reconocimiento de carácter de prestación periódica mientras que la segunda es de naturaleza eminentemente temporal, pues se cancela cuando se causa el derecho y por una sola vez; en ese sentido, la reclamación ante lo contencioso de la primera se puede reclamar en cualquier momento mientras la segunda le opera la caducidad de los 4 meses.
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Por medio de la cual se reconoce la protección especial de estabilidad laboral reforzada a servidores del estado en provisionalidad en cargos de carrera administrativa. La iniciativa consagra en su artículo 2 que los servidores del Estado que desempeñen cargos de carrera administrativa en provisionalidad y se encuentren en la condición de pre-pensionados, que les falte tres años de edad o de tiempo de servicio para que se les reconozca la pensión de jubilación o de vejez, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 790 de 2002, gozarán de la protección especial de estabilidad laboral reforzada hasta el día que la pensión les sea reconocida por la entidad de previsión social respectiva y sean incluidos en nómina. Para tal fin, el cargo de carrera administrativa en provisionalidad no puede ser convocado a concurso. Estado: Agendado para segundo debate en plenaria del Senado el 3 de abril de 2018
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Por medio del cual se exceptúa al Ministerio de Trabajo y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario-INPEC de lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley 617 de 2000. El proyecto de ley busca exceptuar al Ministerio de Trabajo y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario-INPEC durante la presente vigencia fiscal, de la aplicación de las restricción prevista en el Artículo 92 de la Ley 617 de 2000 consistente en que los gastos de personal de las Entidades Públicas Nacionales no podrán superar en promedio el noventa por ciento (90%) de la meta de inflación esperada para cada año, según las proyecciones del Banco de la República. Estado: Agendado para último debate en plenaria del Senado el 3 de abril de 2018
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Por medio de la cual se establece la equivalencia entre los administradores. El Proyecto de ley número 213 de 2017 busca establecer la equivalencia entre la profesión de Administrador de empresas, Administrador de Negocios y Administrador. Lo anterior, mediante la aplicación de la Ley 60 de 1981 a todos los administradores del país. Las definiciones, actividades, requisitos, matrícula, título que se apliquen a los Administradores de Empresas y de Negocios serán aplicables sin excepción alguna a los profesionales de la Administración, independientemente de su denominación académica básica, por su parte el Proyecto de ley número 226 de 2017 busca regular el ejercicio de la Profesión de la Administración, estableciendo su código de ética para regular la conducta profesional de los mismos y el funcionamiento del Consejo Profesional de Administración, derogando la Ley 60 de 1981. Estado: Agendado para segundo debate en plenaria del Senado el 3 de abril de 2018
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Por medio de la cual se convoca una Asamblea Nacional Constituyente en los términos del artículo 376 de la Constitución Política para efectuar una reforma integral y estructural a la justicia El objeto de la presente ley es consultar al pueblo colombiano sobre la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente para modificar parcialmente la Constitución Política a partir de los principios de competencia, duración, e integración desarrollados en la presente ley para efectuar una reforma integral y estructural de la Rama Judicial y Administración de Justicia consagrada en el Título VIII de la Constitución Política, así como las demás disposiciones constitucionales que no hagan parte de este título pero que en todo caso guardan una relación estricta y necesaria con la Administración de Justicia. Estado: Agendado para segundo debate en plenaria del Senado el 3 de abril de 2018
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Por la cual se modifican la Ley 909 de 2004, el Decreto Ley 1567 de 1998 y se dictan otras disposiciones. El presente proyecto de ley busca modificar algunos aspectos de la Ley 909 de 2004, y del Decreto Ley 1567 de 1998, así como dicta otras disposiciones. Tiene como principal objetivo la inclusión de los concursos públicos de ascenso en el modelo de empleo público, ajustar las condiciones para otorgar los encargos a los empleados públicos de carrera administrativa y facilitar la capacitación a todos los servidores públicos, independientemente de su tipo de vinculación. Estado: Agendado para primer debate el 3 de abril de 2018 en Comisión Séptima de Cámara de Representantes
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
“Por medio de la cual se modifica el artículo 26 de la Ley 909 de 2004”. Este proyecto de ley pretende modificar el artículo 26 de la Ley 909 de 2004 en el sentido de permitir que a los empleados que ostentan derechos de carrera administrativa se les otorgue comisión para ejercer empleos de libre nombramiento y remoción o de período por términos superiores a seis (6) años, sin que la norma establezca límites a dicha situación administrativa. En criterio de éste Departamento, el proyecto de ley es inconveniente, teniendo en cuenta las implicaciones que tiene sobre el tema, el pronunciamiento de la Corte Constitucional en Sentencia C-175 de 2007, por medio de la cual se declara constitucional el artículo 26 de la Ley 909 de 2004, y el fallo del Consejo de Estado, de fecha 15 de mayo de 2014 mediante el cual se declara nulo un aparte del artículo primero del Decreto 2809 de 2010. Estado: Agendado para primer debate el 3 de abril de 2018 en Comisión Séptima de Cámara de Representantes
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Por medio del cual se expide el régimen de trabajo decente para los contratistas de prestación de servicios y se dictan otras disposiciones en materia de contratación administrativa y modernización Estatal. El proyecto de ley tiene como objeto desarrollar una serie de medidas que alivien las condiciones de precarización laboral que han venido sufriendo las personas que prestan sus servicios mediante la modalidad de contratación de prestación de servicios, así como la implementación de un plan de trabajo público decente, que permita la modernización de las plantas de personal del Estado a fin de garantizar que el mismo cuente con el talento humano suficiente para cumplir con sus fines constitucionales y legales, sin tener que recurrir a modalidades que eluden la garantía mínima de derechos y prestaciones laborales. Entre las medidas contempladas en el proyecto de ley se encuentran: i) para el cálculo del monto de honorarios en el sector público la entidad debe sacar una tabla en la que se equiparen los montos de ingresos de los servidores públicos de planta con los de los contratistas, ii) estabilidad reforzada para contratistas, iii) descanso remunerado para contratista, iv) Derecho preferente de contratación para contratistas, v) Derechos colectivos para los contratistas, y la vi)Creación de una política de trabajo decente en el sector público. Estado: Agendado para primer debate el 3 de abril de 2018 en Comisión Séptima de Cámara de Representantes
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Por medio del cual se establece la prima de PAZ para los integrantes de las Fuerzas Militares y de Policía que no estén en zonas donde se desarrollen operaciones militares y policiales correspondiente al quince por ciento (15%) del sueldo básico que devenguen y se dictan otras disposiciones. Esta iniciativa pretende que los integrantes de las fuerzas militares y de policía que se encuentran en zonas donde se estén desarrollando operaciones militares y policiales para restablecer el orden público reciban mensualmente una prima de orden público correspondiente al veinticinco por ciento (25%) del sueldo básico. Los demás integrantes de las fuerzas militares y de Policía que no estén dentro de estas zonas no tienen derecho a esta prima. Estado: Agendado para primer debate el 3 de abril de 2018 en Comisión Séptima de Cámara de Representantes
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Por medio de la cual se adoptan medidas para profesionalizar las Unidades de Trabajo Legislativo de los Congresistas y se dictan otras disposiciones. El objeto de la presente ley es adoptar medidas para profesionalizar las Unidades de Trabajo Legislativo de los congresistas mediante la modificación de las denominaciones de los cargos, la fijación de nuevos requisitos y la asignación de funciones como una medida para combatir la corrupción y promover la idoneidad de los funcionarios que contribuyen a la labor legislativa. Es del interés de este Departamento por cuanto busca modificar el artículo 388 de la ley 5 de 1992 en lo que trata del salario de las unidades de trabajo legislativo del Congreso de la República y la conformación de su planta de personal. Estado: Agendado para primer debate en la Comisión Primera de Cámara el 3 de abril de 2018
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Por medio de la cual se modifican algunos artículos del decreto ley 1421 de 1993 “por el cual se dicta el régimen especial para el distrito capital de Bogotá. Este proyecto trata fundamentalmente del régimen de organización del Distrito de Bogotá, específicamente de los concejales de esta ciudad. Es de interés de la Función pública, por cuanto se estipulan unas causales de inhabilidades e incompatibilidades especiales para los concejales, contenidas en los artículos 28 y 29 del proyecto. Estado: Agendado para primer debate en la Comisión Primera de Cámara el 3 de abril de 2018
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Por medio del cual se fortalece el ejercicio funcional de las Personerías Municipales. El proyecto busca modificar el artículo 72 del Decreto Ley 1421 de 1993, con el objetivo no solo de dar claridad sobre los elementos que conformaran los honorarios de los ediles, sino además se prevé que en los Fondos de Desarrollo Local se hagan las apropiaciones presupuestales necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en esta ley y así garantizar el reconocimiento uniforme en todo Bogotá de los honorarios que deben percibir los ediles, esto sin perjuicio de las atribuciones constitucionales que tienen las autoridades distritales. Estado: Agendado para primer debate en la Comisión Primera de Cámara el 3 de abril de 2018
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Por medio del cual se fortalece el ejercicio funcional de las Personerías Municipales. El presente proyecto de ley tiene por objeto fortalecer las Personerías Municipales y Distritales, dotándoles con las capacidades necesarias para afrontar de manera adecuada sus tareas misionales, así como aquellos retos propios del escenario de desacuerdo. Es de interés de este Departamento por cuanto su artículo 5 establece que el presupuesto de las Personerías Distritales o municipales (de categoría especial, primera o segunda) para vigencias fiscales anuales será determinado con base en un porcentaje de los Ingresos Corrientes de Libre Destinación recaudados, que iniciarán desde los porcentajes establecidos por esta ley y nunca podrán ser inferiores. Estado: Agendado para primer debate en la Comisión Primera de Cámara el 3 de abril de 2018
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Por medio de la cual se deroga el Decreto Ley 898 de 2017. El proyecto busca derogar el Decreto 898 de 2017 Por el cual se crea al interior de la Fiscalía General de la Nación la Unidad Especial de Investigación para el desmantelamiento de las organizaciones y conductas criminales responsables de homicidios y masacres, que atentan contra defensores/as de derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos o que amenacen o atenten contra las personas que participen en la implementación de los acuerdos y la construcción de la paz, incluyendo las organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo, en cumplimiento a lo dispuesto en el Punto 3.4.4 del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, se determinan lineamientos básicos para su conformación y, en consecuencia, se modifica parcialmente la estructura de la Fiscalía General de la Nación, la planta de cargos de la entidad y se dictan otras disposiciones. Estado: Agendado para primer debate en la Comisión Primera de Cámara el 3 de abril de 2018
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
Por medio de la cual se aprueba el convenio 183 sobre la protección de la maternidad, adoptado por la 88ª reunión de la conferencia internacional del trabajo, realizada en ginebra – suiza el 15 de junio del 2000. Se realiza seguimiento por cuanto la aprobación del convenio 189 de la OIT es un compromiso adquirido por el Gobierno en las mesas de negociación con las Organizaciones Sindicales. Estado: Agendado para segundo debate en plenaria del Senado el 3 de abril de 2018
Boletìn 6 - Abril 02 a 06 de 2018
En el presente boletín se incorpora el Decreto 611 del 04 de abril de 2018, donde el Gobierno Nacional con el fin de evitar duplicidad de funciones y racionalizar la gestión, derogó las siguientes Comisiones Intersectoriales: Comisión Intersectorial de Adaptación Laboral del Sector Público creada mediante el Decreto 717 de 1999; Comisión Intersectorial para el Programa de Fortalecimiento de Sistema de Información Financiera Territorial – FOSIT creada mediante el Decreto 1443 de 1999; Comisión Intersectorial para Promover la Formalización del Trabajo Decente en el Sector Público creada mediante el Decreto 1466 de 2007; Comisión Intersectorial denominada Comisión Nacional Digital y de Información Estatal creada mediante el Decreto 32 de 2013. El consolidado de 108 Comisiones Intersectoriales puede ser consultado en el siguiente enlace: