Boletìn 20 - Junio 24 a 29 de 2017
Se adiciona y modifica el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, 1073 de 2015, respecto de la adopción de medidas relacionadas con la Comercialización de Minerales.
Boletìn 20 - Junio 24 a 29 de 2017
Modifica la planta de personal del Banco Agrario de Colombia S.A.
Boletìn 20 - Junio 24 a 29 de 2017
Se modifica el artículo 2.2.2.26.3.1 del Decreto 1074 de 2015 - Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
Boletìn 20 - Junio 24 a 29 de 2017
Se refiere al régimen del servicio público de la televisión, los recursos que maneja el Fondo Nacional para el Desarrollo de la Televisión y los Contenidos (FONTV) y la función sancionadora en cabeza de la Autoridad Nacional de Televisión.
Boletìn 20 - Junio 24 a 29 de 2017
Analiza la naturaleza jurídica y el objeto del Fondo Especial para la Administración de bienes de la Fiscalía General de la Nación (FEAB). Estudia la obligación del pago de impuestos sobre los bienes que administra y sobre los que se haya decretado el comiso definitivo.
Boletìn 20 - Junio 24 a 29 de 2017
No le era dable al personero municipal, «señalar» funciones al personero auxiliar diferentes a las establecidas en el manual de funciones que ajustó el órgano competente para ello, que es el Concejo Municipal. Por lo tanto, de conformidad con las disposiciones consagradas en la Ley 489 de 1998, respecto a la figura de la delegación, el personero municipal, en aras de dar efectividad al artículo 75 del Código Disciplinario Único y cuando según la estructura de cada personería lo permita, pueda «delegar», que no «señalar», en otros empleos, funciones que de conformidad con el manual respectivo tiene asignada.
Boletìn 20 - Junio 24 a 29 de 2017
En el ejercicio de la facultad discrecional se presume la legalidad del acto de declaratoria de insubsistencia, vale decir que éste estuvo inspirado en razones del buen servicio, pero no de los motivos, dado que aunque formalmente no se exige la motivación de la decisión, ello no quiere decir que carezca de motivos, y en este sentido, corresponde al Juez apreciar y valorar el rendimiento del servidor con sustento en la última calificación de servicios y en las anotaciones que registre la hoja de vida con inmediatez al retiro a falta de otros elementos probatorios que demeritan el rendimiento del actor, los cuales corresponde aportar a la entidad demandada en la tarea de consolidar la legalidad de la medida.
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Efectúa un análisis respecto de la notificación electrónica, recepción y envío de documentos a través de métodos expeditos, tal como fue establecido a través de Decreto Ley 19 de 2012, estatuto antitrámites, brindando estándares y protocolos para incorporación de medios electrónicos en los procedimientos administrativos.
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Declara la Corte EXEQUIBLE el Decreto 1391 de 2016 “por el cual se convoca a un plebiscito y se dictan otras disposiciones”, en el entendido que el plebiscito no desconoció los derechos fundamentales a la información y la participación de las comunidades indígenas y las personas con discapacidad visual, por no traducir los acuerdos a todas las lenguas o idiomas de los pueblos indígenas del país, y al no publicarlo también en el sistema braille de escritura. Lo anterior debido a que no eran requisitos que se derivasen de la sentencia C-379 de 2016.
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Determina que la nulidad decretada sobre el acto que declaró electo al Gobernador, desapareció del mundo jurídico desde el mismo día de su expedición. A ello se refieren los efectos ex tunc del fallo anulatorio, por lo que se deduce que el ex gobernador no quedó sujeto al régimen de incompatibilidades, pues por virtud de la nulidad debe entenderse que nunca adquirió la calidad señalada. En ese sentido, no se puede tener como una inhabilidad o incompatibilidad para ser elegido como Gobernador para el período siguiente.
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En la liquidación de la pensión de jubilación deberán incluirse todas aquellas sumas que habitual y periódicamente reciba el funcionario o empleado como retribución de sus servicios, a menos que se trate de un factor expresamente excluido por la ley.
Boletìn 20 - Junio 24 a 29 de 2017
Trata sobre la procedencia de efectuar un nuevo nombramiento a un Comisionado Experto de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, una vez culmine su período de cuatro años.
Boletìn 20 - Junio 24 a 29 de 2017
Analiza si un abogado empleado público se encuentra inhabilitado para prestar sus servicios como abogado particular. Así mismo, se plantea si existe algún tipo de inhabilidad o incompatibilidad para que un ex empleado público litigue en contra de la entidad.
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Se refiere a las Inhabilidades para ser Director Regional del ICBF, de quien suscribió en el último año un contrato estatal con una entidad del nivel nacional.
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Analiza si se encuentra inhabilitado para ser designado como reemplazo de concejal, quien dentro del año anterior a su designación fue elegido como secretario del concejo municipal
Boletìn 20 - Junio 24 a 29 de 2017
Trata sobre la competencia para el reconocimiento de las vacaciones del empleado que se desempeña como jefe de control interno en una entidad del orden nacional.
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Se ADMITE la demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 100 (parcial) de la Ley 1819 de 2016, en relación con los cargos por violación de los artículos 58, 83, 338 y 363 de la Constitución señalados en los numerales 5 y 6 de este asunto.
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Declara la Corte la EXEQUIBILIDAD del artículo 3° de la Ley 1780 de 2016, “por medio de la cual se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil, se generan medidas para superar barreras de acceso al mercado de trabajo y se dictan otras disposiciones”.
Boletìn 20 - Junio 24 a 29 de 2017
Se realiza la REVISIÓN de constitucionalidad del Proyecto de Ley Estatutaria No. 03/17 Senado-006/17 Cámara “Por medio del cual se adopta el Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las organizaciones políticas independientes”.
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Vence: Junio 29 de 2017 Norma acusada: Ley 1636 de 2013 (arts. 3 y 13-2, parciales) PROTECCIÓN AL CESANTE. Requiere haber realizado aportes a las cajas de compensación familiar durante el mínimo de un año durante los últimos tres (3) años para trabajadores dependientes o dos (2) años para independientes.
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Vence: término suspendido. Norma revisada: Proyecto de Ley estatutaria No. 27 / 15 Senado-191/15 Cámara, por la cual se modifica la Ley estatutaria 1622 de 2013 y se dictan otras disposiciones. ESTATUTO DE LA CIUDADANÍA JUVENIL. Modificación.
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Vence: Junio 30 de 2017 Norma acusada: Ley 1801 de 2016 (arts. 53, 54, 55, 56 y 57) DERECHO DE REUNIÓN. Requisitos para ejercicio del derecho de reunión y manifestación en espacios públicos. Actuación y acompañamiento de la Policía en movilizaciones.
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Vence: Julio 07 de 2017 Norma acusada: PLEBISCITO PARA LA REFRENDACIÓN DEL ACUERDO FINAL PARA LA TERMINACIÓN DEL CONFLICTO Y LA CONSTRUCCIÓN DE UNA PAZ ESTABLE Y DURADERA. El ciudadano demanda por vicios en la convocatoria y realización del plebiscito.
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Vence: Junio 8 de 2017 Norma revisada: Ley 1830 del 6 de marzo de 2017 TRÁNSITO DE LAS FARC A LA VIDA POLÍTICA LEGAL. Designación por las FARC-EP de 3 voceros o voceras en cada una de las cámaras en que se divide el Congreso de la República para que participen en el debate de los proyectos de reforma constitucional o legal que sean tramitados mediante el procedimiento legislativo especial para la paz de que trata el acto legislativo 01 de 2016.
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Vence: junio 30 de 2017 Norma acusada: Decreto 407 de 1994 (art. 90, parcial) CONCURSOS EN EL INPEC. Su convocatoria le compete al Director General del INPEC.
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Vence: julio 7 de 2017 Norma acusada: Ley 797 de 2003 (art. 2, literal e) TRASLADO RÉGIMEN PENSIONAL. Prohibición de traslado cuando falten menos de 10 años para obtener el derecho.
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Vence: Julio 05 de 2017 Norma acusada: Ley 100 de 1993 (arts. 20, 65 y 84, parciales) Sentencia C-538/96. PENSIÓN DE VEJEZ. Tasa de cotización. Pensión mínima para los afiliados.
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- El Gobierno y las Organizaciones Sindicales llegaron a un acuerdo con el fin de mejorar las condiciones de los servidores públicos. El Presidente Juan Manuel Santos hizo un balance de las acciones adelantadas por el Gobierno Nacional, y se refirió a la formalización de las plantas de personal de la Rama Ejecutiva del orden nacional con la creación de 25.000 nuevos empleos y 7.000 más en la Rama Judicial, el Instituto de Medicina Legal, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y la Contraloría General de la República. Así mismo, expuso la creación de diversos beneficios salariales, entre ellos, el reconocimiento de la prima de servicios para los empleados del nivel territorial y para 300 mil docentes, la bonificación por servicios prestados a los empleados administrativos de las entidades territoriales y la nivelación en los salarios de los empleados de la Rama Judicial, incluyendo la Fiscalía General de la Nación. El Presidente invitó a conmemorar el próximo martes 4 de julio el Día Nacional del Servidor Público como homenaje a miles de hombres y mujeres que con su trabajo dedicado y comprometido construyen un mejor país en paz.