Normas
Boletìn 18 - Noviembre 28 a 17 de 2020
AISLAMIENTO SELECTIVO CON DISTANCIAMIENTO INDIVIDUAL RESPONSABLE
Modifica y prorroga la vigencia del Decreto 1168 de 25 de agosto de 2020 Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID 19, y el mantenimiento del orden público y se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable, prorrogado por los Decretos 1297 del 29 de septiembre de 2020 y 1408 del 30 de octubre de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 16 de enero de 2021.
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Boletìn 18 - Noviembre 28 a 17 de 2020
CREAN UNOS EMPLEOS EN LA PLANTA PERMANENTE DE PERSONAL DEL DAFP
Gobierno Nacional modifica la planta de personal permanente del Departamento Administrativo de la Función Pública.
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Boletìn 18 - Noviembre 28 a 17 de 2020
ESTRUCTURA DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO
Gobierno Nacional modifica la estructura del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
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PLANTA DE PERSONAL DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO
Gobierno Nacional modifica la planta de personal del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, proveerá los empleos creados de conformidad con la normativa vigente sobre la materia, y los distribuirá teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes, las estrategias y los programas del Ministerio.
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Boletìn 18 - Noviembre 28 a 17 de 2020
PLANTA DE EMPLEOS DE CARÁCTER TEMPORAL PARA EL PROGRAMA TODOS A APRENDER DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Se prorroga a partir del 1 de enero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2022, los empleos de la planta temporal del Programa Todos Aprender PTA. Los empleos temporales de que deberán encaminarse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a su creación, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015.
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COMISIÓN INTERSECTORIAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Modifica el Decreto 1162 de 2010 Conformación de la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual, la CIPI será presidida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o en su defecto se tendrá en cuenta el orden de precedencia establecido en la ley de las entidades miembro de la Comisión, la CIPI podrá invitar a las sesiones de la Comisión representantes de otras entidades públicas o del sector privado y la sociedad civil, citados por la Secretaría Técnica para temas específicos.
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Conceptos
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PROCESO DE SELECCIÓN Y/O CONCURSO DE MÉRITOS EN ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA
No es posible reanudar los procesos de selección meritocráticos y la realización de pruebas de conocimiento y habilidades que adelante la Comisión Nacional del Servicio Civil. La reanudación del proceso meritocrático y aplicación de pruebas de conocimiento y de habilidades, está supeditado a la superación de la emergencia sanitaria.
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PARA EFECTUAR LA POSESIÓN EN UN EMPLEO PÚBLICO ES NECESARIO HACERSE LA PRUEBA DEL COVID 19
La posesión deberá hacerse conforme con lo establecido, en el Decreto 491 de 2020 y el decreto 1083 de 2015. Esto es, efectuando la posesión en forma virtual prestando juramento de cumplir y defender la Constitución y las leyes, de lo cual se levantará un acta, la firma de la posesión se hará mediante firma autógrafa mecánica, digitalizadas o escaneadas, según la disponibilidad de dichos medios, tal como lo señala el artículo 11 del mencionado Decreto 491 de 2020, no es obligatorio que para la posesión en un empleo público, el aspirante tenga que hacerse la prueba del COVID 19.
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LA ORDEN DE AISLAMIENTO POR UN CONTACTO POSITIVO PARA COVID 19, INTERRUMPE LAS VACACIONES
En el Decreto Ley 491 de 2020, mediante el cual el Gobierno Nacional contempló una serie de medidas con ocasión a la declaratoria de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID 19, no se ha modificado las normas que regulan las prestaciones sociales a favor de los empleados públicos. Dentro de los casos a interrumpir las vacaciones está la de incapacidad ocasionada por enfermedad, por lo tanto, cuando se recibe orden de aislamiento preventivo obligatorio por contacto estrecho con un positivo para COVID 19, no es procedente que se interrumpan las vacaciones, en razón a que no existe una incapacidad expedida por el correspondiente servicio médico.
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OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN DE DOTAR DE EQUIPOS, SILLAS U OTRO ELEMENTO PARA DESARROLLAR EL TRABAJO EN CASA
La entidad en la cual labora el empleado público es la competente para tomar las medidas adecuadas, tendientes a proporcionarle las condiciones y los medios adecuados para el desempeño de las funciones de su cargo, valorar la situación y las circunstancias del servicio y las condiciones del servidor, con sujeción a la Constitución Política y a la normativa expedida por el Gobierno nacional sobre el tema, incluyendo las directrices del Ministerio de Salud al respecto, para garantizar la prestación del servicio por parte del empleado.
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PERÍODO DE PRUEBA DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA COVID 19
Por disposición expresa del Decreto 491 de 2020, el período de prueba de los nuevos empleados públicos que se posesionen en la vigencia del mismo, iniciará una vez se termine y superé la Emergencia Sanitaria declarada. Por lo que el empleado no será evaluado durante la etapa de inducción, sino una vez finalizado los seis meses del período de prueba, en virtud del numeral 5 del artículo 31 de la ley 909 de 2004 y el artículo 2.2.8.2.1 del Decreto 1083 de 2015.
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Editorial
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PLANTA DE PERSONAL DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
En el presente Boletín se incorpora el Decreto 1652 del 16 de diciembre de 2020, donde el Gobierno Nacional crea unos empleos en la planta permanente de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública, a partir del 1 de enero de 2021, los empleos de carrera que se crean serán provistos, mientras se surte el proceso de selección, incorporando directamente y sin solución de continuidad, en calidad de provisionales, a los servidores que vienen ocupando los empleos de carácter temporal señalados en el Decreto 2376 de 2019. El Director del Departamento, mediante resolución, realizará la incorporación a los nuevos empleos y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades de la entidad. El Decreto puede ser consultado en el siguiente enlace:
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