Normas
Boletìn 17 - Noviembre 04 a 27 de 2020
DISPOSICIONES PARA EL PAGO DE LA PRIMA DE NAVIDAD PARA LA VIGENCIA FISCAL 2020
Gobierno Nacional dicta disposiciones para el pago de la prima de navidad de los servidores públicos vinculados a las entidades públicas del orden nacional, la cual se reconocerá y pagará en el mes de noviembre, vigencia fiscal 2020.
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Boletìn 17 - Noviembre 04 a 27 de 2020
SITUACIÓN DE DESASTRE EN EL DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA
Gobierno Nacional declara la situación de desastre en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y sus cayos, por el término de doce (12) meses prorrogables hasta por un período igual, previo concepto favorable del Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo. En virtud de la declaración de situación de desastre departamental, tanto las entidades nacionales como el departamento darán aplicación al régimen normativo especial para situaciones de desastre y calamidad pública.
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Boletìn 17 - Noviembre 04 a 27 de 2020
APLICACIÓN DE LA EXENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS IVA
Define un nuevo día para la aplicación de la exención del Impuesto sobre las ventas IVA, el cual se aplicará en todo el territorio nacional el día 21 de noviembre de 2020, en los términos, alcance y reglas establecidas en el decreto legislativo.
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Boletìn 17 - Noviembre 04 a 27 de 2020
PRIMA MENSUAL PARA UNOS SERVIDORES DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Gobierno Nacional crea una prima mensual para unos servidores de la Procuraduría General de la Nación.
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Boletìn 17 - Noviembre 04 a 27 de 2020
REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA EN EL DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA
Los envíos que lleguen al resto del territorio aduanero nacional por la red oficial de correos o los envíos urgentes que lleguen a través de los intermediarios de la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes inscritos ante la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, procedentes del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina en cantidades no comerciales, no pagarán tributos aduaneros.
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Conceptos
Boletìn 17 - Noviembre 04 a 27 de 2020
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA GENERADA POR EL COVID 19
Sí un contrato de prestación de servicios termina en el período de la Emergencia Sanitaria, sólo podrá prorrogarse o adicionarse si la respectiva entidad lo considera necesario, en el evento contrario, podrá terminarse.
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HORARIO FLEXIBLE DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA A CAUSA DEL COVID 19
Es procedente que las entidades establezcan un horario flexible para los servidores y contratistas a fin de disminuir el riesgo por exposición en horas pico o de gran afluencia.
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Boletìn 17 - Noviembre 04 a 27 de 2020
AUDIENCIA ADMINISTRATIVA EN EL MARCO DEL ESTADO DE EMERGENCIA GENERADA POR EL COVID 19
La norma le dio la facultad a las entidades para continuar con sus procedimientos administrativos, ya sea de forma virtual o presencial, por otra parte, en la actualidad el país cambio la fase de aislamiento preventivo obligatorio al aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable, lo cual conlleva el retorno a la normatividad en varios aspectos cotidianos, inclusive en la administración pública, por lo cual es factible la realización de las audiencias de manera presencial, las cuales deben estar ajustadas a los protocolos de bioseguridad establecidos en la Resolución 666 del 24 de abril de 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social.
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PERÍODO DE PRUEBA DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA
El servidor público que ha sido posesionado y mientras dure el período de la Emergencia Sanitaria deberá estar en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha Emergencia, por lo tanto, le podrán asignar trabajos que le permitan familiarizarse con las funciones a desempeñar.
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RETIRO DE UN EMPLEADO PROVISIONAL DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA, PARA PROVEER EL CARGO CON QUIEN SUPERÓ EL CONCURSO DE MÉRITOS
Se considera procedente que durante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID 19 se efectúe el retiro de un empleado nombrado en provisionalidad con el fin de nombrar en el cargo a quien ha superado un concurso de méritos. Se precisa que, durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID 19 estos servidores públicos estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha emergencia.
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EXISTE ALGUNA DISPOSICIÓN VIGENTE QUE REGULE EL TRABAJO EN CASA
Los directores de las entidades deberán seguir las recomendaciones establecidas en los Decretos 491 de 2020, 593 de 2020, Resolución 666 y la Directiva Presidencial 07 de 2020 con el fin de garantizar la prestación del servicio, procurando que sus empleados cuya presencia no sea indispensable en la sede de trabajo, continúen desarrollando las funciones en la modalidad de teletrabajo o trabajo en casa.
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ASISTENCIA PRESENCIAL PARA CUMPLIMIENTO DE FUNCIONES EN ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA COVID 19
Las entidades públicas deberán evaluar y determinar cuáles servidores deben regresar al trabajo presencial, teniendo en cuenta las indicaciones del Decreto 666 de 2020 y demás disposiciones establecidas por el Ministerio de Salud; de la evaluación que realice cada entidad de los servidores que deben regresar a las instalaciones deben cumplir con los protocolos de bioseguridad esto con el fin de mitigar el riesgo de contagio del COVID 19.
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TRABAJO EN CASO POR LOS EFECTOS DEL CORONAVIRUS COVID 19 EN ESTADO DE EMBARAZO
La empleada pública en estado de embarazo, podrá solicitar y obtener de la entidad en la cual está vinculada que le autorice realizar el trabajo que le corresponde en ejercicio de su cargo, en la modalidad de trabajo en casa, atendiendo las directrices del Gobierno nacional y la exhortación que el mismo le ha hecho, entre otras, a las entidades territoriales, por el tiempo de la emergencia sanitaria a raíz del COVID 19, para la preservación de la salud y la vida de la criatura que está por nacer y de la trabajadora, siendo viable que la empleada pública cumpla sus funciones desde casa, siempre y cuando ello sea posible.
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APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 14 DEL DECRETO 491 DE 2020 A LOS EMPLEADOS EN PERÍODO DE PRUEBA
Los procesos que se encuentren en etapa de reclutamiento o en aplicación de pruebas, serán aplazados; así mismo, los procesos que tengan listas en firme a la fecha de expedición del Decreto 491 (28 de marzo 2020), se efectuarán los nombramiento y posesiones utilizando los medios remotos y las tecnologías de la información, de acuerdo con el citado decreto. Así mismo, los empleados que se posesionen durante la vigencia del Decreto estarán en etapa de inducción y el período de prueba iniciará una vez se supere dicha emergencia.
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Editorial
Boletìn 17 - Noviembre 04 a 27 de 2020
GOBIERNO NACIONAL CREA UNA PRIMA MENSUAL PARA UNOS SERVIDORES DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
En el presente Boletín se incorpora el Decreto 1544 del 25 de noviembre de 2020, donde el Gobierno Nacional crea para los empleos que se señalan a continuación: asesor 1AS grado 19, tesorero 2TE grado 21, profesionales universitarios 3PU grados 15, 16, 17, 18, 19, coordinador administrativo 3CA grado 17 y para los empleos pertenecientes a los niveles técnico, administrativo y operativo de la Procuraduría General de la Nación, una prima mensual, equivalente al cinco, punto quince por ciento (5.15%) de la asignación básica mensual que corresponda al servidor en la fecha en que se cause el derecho a percibirla, la prima se pagará mensualmente y constituirá factor salarial para todos los efectos. Cuando el servidor no labore el mes completo tendrá derecho al pago proporcional de la misma. El Decreto puede ser consultado en el siguiente enlace:
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