Boletìn 9 - Septiembre 01 a 30 de 2024
La Ley 2421 de 2024 busca reafirmar los derechos de las víctimas del conflicto armado interno desde un enfoque de exigibilidad de derechos humanos, en procura de garantizar sus condiciones dignas y humanas. Por lo que, las disposiciones de la ley están orientadas a la reparación integral de las víctimas del conflicto armado y en consecuencia, se deberá contemplar un marco de colaboración para el diálogo y la interoperabilidad de los sistemas de información entre las entidades competentes.
Boletìn 9 - Septiembre 01 a 30 de 2024
El Decreto Ley 1094 de 2024 establece el Mandato de la Autoridad Territorial Económica y Ambiental (ATEA) como un marco jurídico que reconoce la autonomía y competencias de las autoridades tradicionales de los pueblos indígenas del Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC). Su objeto es articular mecanismos de coordinación entre estas autoridades y entidades públicas, en consonancia con los derechos territoriales, económicos y ambientales de los pueblos indígenas, garantizando así el respeto por sus cosmovisiones y prácticas ancestrales. En consecuencia, el decreto busca promover el buen vivir y la pervivencia cultural de las comunidades indígenas, fortaleciendo su autonomía y sistemas de gobierno propio.
Boletìn 9 - Septiembre 01 a 30 de 2024
Reglamenta el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, modificado por el artículo 31 de la Ley 2195 de 2022, en lo relacionado con los Programas de Transparencia y Ética Pública. El Decreto 1122 de 2024 modifica el título 4 del Decreto 1081 de 2015, estableciendo disposiciones administrativas para la lucha contra la corrupción mediante la implementación de Programas de Transparencia y Ética Pública en entidades del orden nacional, departamental y municipal.
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El Decreto 1110 de 2024 corrige errores tipográficos de la Ley 2375 de 2024, específicamente el artículo 1 y el parágrafo transitorio del artículo 4. Por lo que, en el artículo 1 rectifica la referencia a la Ley 1918, especificando que corresponde a la Ley 1918 de 2018, la cual regula la inhabilidad por delitos sexuales contra menores de edad. Asimismo, modifica el parágrafo transitorio del artículo 4 para señalar que el Ministerio de Defensa deberá actualizar el registro de inhabilidades en un plazo de seis (6) meses desde la promulgación de dicha Ley.
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Modifica el Decreto 1074 de 2015 en lo referente a la composición de las instancias que hacen parte del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación. El Decreto 1121 de 2024 modifica el Decreto 1074 de 2015 en relación con la composición del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación (SNCI), actualizando la integración de la Comisión Nacional de Competitividad e Innovación, el Comité Ejecutivo y el Comité de Territorialización.
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Modifica los artículos 2.2.3.8.1.2, 2.2.3.8.2.1, 2.2.3.8.2.4, 2.2.3.8.3.1, 2.2.3.8.3.2, 2.2.3.8.3.3, 2.2.3.8.3.4, 2.2.3.8.4.2 y 2.2.3.8.4.3 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria Turismo. El Decreto 1104 de 2024 modifica varias disposiciones del Decreto 1074 de 2015, el cual regula el sector Comercio, Industria y Turismo en Colombia. Con dichas modificaciones, se busca mejorar la facilitación de la Inversión Extranjera Directa (IED) en Colombia a través de dos (2) herramientas claves: la Ventanilla Única de Inversión (VUI) y el Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa (SIED).
Boletìn 9 - Septiembre 01 a 30 de 2024
La Ley 2422 de 2024 busca fortalecer la gestión administrativa y financiera de las personerías municipales y distritales, contribuyendo con ello el óptimo ejercicio de las funciones de aquellas. Por lo que, determina la estructura interna de las personerías, tope máximo de los gastos de las personerías distritales y municipales, la elección de los personeros, entre otros aspectos relacionados con el funcionamiento de las mismas.
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La Ley 2424 de 2024 modifica el artículo 4 de la Ley 581 de 2000 y el artículo 28 de la Ley 1475 de 2011. Con ello, se busca adoptar medidas para garantizar la participación paritaria y efectiva de las mujeres en las diferentes ramas y órganos del poder público. Por lo que, aumenta los porcentajes mínimos de participación adecuada de las mujeres en los niveles del poder público definidos en los artículos 2 y 3 de la Ley 581 de 2000 y en consecuencia, establece la obligación para el Gobierno y el Congreso de incluir mujeres en forma paritaria en las delegaciones al exterior. Asimismo, garantiza la inscripción de las mujeres en las listas de candidatos a cargos y corporaciones de elección popular.
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La Ley 2423 de 2024 adiciona el parágrafo 7 del artículo 6 de la Ley 136 de 1994, relacionado con la categorización de los distritos y los municipios de los departamentos ubicados en la Amazonía o en la Orinoquía y el límite de porcentaje de los ingresos corrientes de libre destinación para los gastos de funcionamiento de dichos municipios.
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La Ley 2427 de 2024 tiene por objeto fortalecer la formación en sostenibilidad ambiental, cambio climático y gestión del riesgo de desastres en niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos en su trayectoria educativa. Por lo que, establece la capacitación a funcionarios públicos por elección popular y la inducción y reinducción a los servidores públicos en Colombia en dichas áreas del conocimiento.
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Modifica y adiciona el Título 13 de la Parte 14 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, relacionado con las Zonas de Reserva Campesina. El título 13 de la Parte 14 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, adicionado por el Decreto 1147 de 2024, se aplicará a las Zonas de Reserva Campesina – ZRC de que trata el capítulo XIII de la Ley 160 de 1994, las cuales son formas de territorialidad campesina que se constituirán y delimitarán por el Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Tierras – ANT, en las áreas cuyas características agroecológicas y socioeconómicas requieran la regulación, delimitación y ordenamiento social de la propiedad rural, en zonas de colonización, y en las zonas donde predomine la existencia de tierras baldías, incluyendo las zonas de reserva forestal establecidas en la Ley 2 de 1959.
Boletìn 9 - Septiembre 01 a 30 de 2024
La relación de funciones asignadas, que se reportan en la certificación, se debe incluir, tanto las que se encuentran consignadas en el manual específico de funciones, como aquellas que le sean asignadas por su jefe inmediato. La competencia de certificar las funciones ejercidas por un empleado público es propia del jefe de talento humano. Por lo que, dicho empleado deberá incluir en la certificación tanto las funciones que se encuentran consignadas en el manual específico de funciones, como aquellas que desempeña el servidor que le hayan sido asignadas por su jefe inmediato; siempre que las mismas no desconozcan los lineamientos generales señalados en el Manual General de Funciones respecto del cargo, y no se desvirtúen los objetivos de la institución y la finalidad para la cual se creó el cargo.
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El empleador está obligado a realizar las retenciones correspondientes a este gravamen, so pena de incurrir en sanciones o multas por el incumplimiento de dicha obligación; en tal sentido, las deducciones por retención en la fuente, no solamente están amparados en la ley, sino que son de obligatorio cumplimiento por parte del empleador. Por lo que, son procedentes las deducciones y retenciones, al momento de efectuar la correspondiente liquidación definitiva, siempre y cuando, las mismas se encuentren debidamente autorizadas, conforme a las disposiciones vigentes.
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El encargo deberá recaer en el empleado que se encuentre en el empleo inmediatamente inferior del mismo nivel jerárquico, y se tendrá presente el cargo del cual es titular de derechos de carrera administrativa y no de aquel que está ocupando en encargo.
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La Circular No. 02 del 28 de agosto de 2024 recuerda a los Ministros y Directores de Departamentos Administrativos su obligación de cumplir con las Agendas Regulatorias 2024, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.2.1.20 del Decreto 1081 de 2015. Por lo que, insta a revisar y acelerar la expedición de las normas pendientes en aras de garantizar la reglamentación de las leyes emanadas del Congreso antes del 10 de diciembre de 2024, pues la Secretaría priorizará la revisión de los proyectos de Ley radicados en esa fecha. Asimismo, recuerda la obligación de publicar el proyecto de Agenda Regulatoria 2025 a más tardar el 31 de octubre del presente año, y seguir los lineamientos establecidos en la Resolución No. 371 de 2020, con el fin de garantizar la participación ciudadana y la transparencia en el proceso regulatorio.
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La Directiva Presidencial 07 de 2024 establece las directrices para los funcionarios públicos para promover buenas prácticas y conductas éticas que satisfagan las responsabilidades sociales y democráticas, relacionadas con la garantía de la libertad de expresión y de prensa. Con ello, se enfatiza en la obligación de evitar la estigmatización y discriminación hacía periodistas y medios de comunicación. Por lo que, se instruye a los servidores públicos a abstenerse de emitir declaraciones que puedan ser interpretadas como instigaciones a la violencia y discriminación, basados en sus opiniones, filiaciones políticas o cobertura periodística; garantizando con ello el acceso a la información veraz y promoviendo un ambiente de diálogo respetuoso. En consecuencia, se requiere una diligente verificación de los hechos antes de emitir cualquier pronunciamiento, por lo que se proponen mecanismos de capacitación y diálogo continuo con los medios. Todo ello, con el fin de fortalecer la democracia y proteger el ejercicio del periodismo independiente como una entidad que sirve al interés público.