Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Adiciona la nomenclatura y clasificación de los empleos de Nivel Directivo y Nivel Asistencial, correspondientes al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Se suprimen y crean empleos de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Se modifica la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y se determinan las funciones de algunas de sus dependencias.
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Se suprimen y crean empleos de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
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Establece la escala salarial de los empleos públicos de las Agencias Estatales de Naturaleza Especial, del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y dicta otras disposiciones.
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Gobierno Nacional establece los requisitos sanitarios que se tendrán en cuenta en la donación de medicamentos de síntesis química, biológicos, radiofármacos, productos fitoterapéuticos, gases medicinales, medicamentos homeopáticos, dispositivos médicos, equipos biomédicos, reactivos de diagnóstico in vitro, cosméticos y productos de higiene doméstica y absorbentes de higiene personal, y materias primas, con el propósito de enfrentar la pandemia, agilizar el acceso a productos que permitan prevenir, mitigar y controlar la propagación y efectos de la COVID 19
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Corte Constitucional declara EXEQUIBLE la expresión «elección» contenida en los artículos 45, numeral 1, literal a) de la Ley 734 de 2002 y 49, numeral 1, literal a) de la Ley 1952 de 2019, indicando que el constituyente le otorgó facultades a la Procuraduría General de la Nación para ejercer vigilancia, potestad disciplinaria, adelantar las investigaciones correspondientes e imponer las respectivas sanciones a quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular, en los términos que señale la ley (art. 277.6).
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Las prestaciones periódicas son aquellos pagos corrientes que le corresponden al trabajador, originados en una relación laboral o con ocasión de ella, que se componen de prestaciones sociales que son beneficios para cubrir riegos del empleado (como el pago del salario) y no sociales, pero que una vez finalizado el vínculo laboral dejan de serlo, salvo las correspondientes a la pensión o una sustitución pensional, que pueden ser demandadas en cualquier tiempo, aún después de culminado el vínculo laboral. Así mismo, dentro de los actos que reconocen dichas prestaciones se encuentran los salariales, siempre y cuando la periodicidad en la retribución se encuentre vigente.
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La Corte Constitucional declara exequible el artículo 2 de la Ley 1905 de 2018, indicando que la conducta individual del abogado está vinculada a la protección del interés general o común, de manera que el ejercicio inadecuado o irresponsable de la profesión, puede proyectarse negativamente sobre la efectividad de diversos derechos fundamentales de terceros, como la honra, la intimidad, el buen nombre, el derecho a la defensa y el acceso a la administración de justicia, así como también, poner en entre dicho la vigencia de principios constitucionales de interés general, orientadores de la función jurisdiccional, tales como la eficacia, la celeridad y la buena fe. Por tanto el legislador está en la obligación de exigir títulos de idoneidad, toda vez que, dicha profesión implica un riesgo social.
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Cuando un personero municipal renuncia a su cargo, el concejo municipal deberá utilizar la lista de elegibles que se encuentre vigente o de lo contrario, se deberá suplir la vacancia dando aplicación al artículo 172 de la Ley 136 de 1994, realizando una nueva elección para el período restante.
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En la liquidación como consecuencia del retiro del servicio, no se computará el tiempo en que el empleado estuvo en licencia ordinaria, toda vez que éste no puede ser tenido en cuenta como tiempo en servicio activo.
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Por medio de la cual se fomenta el acceso al mercado laboral de los jóvenes, se establece una exención para el pago de registro y renovación de los establecimientos de comercio y se modifican los artículos 3, 14 y 18 de la Ley 1780 de 2016 – Acumulado Proyecto de Ley No 155 de 2018 Cámara: Por medio de la cual se modifica la Ley 1780 de 2016, se crea la planta temporal de empleo juvenil y se dictan otras disposiciones. Agendado para primer debate en la Comisión Séptima de Cámara. El proyecto de ley busca modificar la Ley 1780 de 2016, en el sentido que establece que, las entidades del Estado que adelanten modificaciones a su planta de personal, a partir de la publicación de la ley, deberán garantizar que al menos un veinte por ciento (20%) de los nuevos empleos no requieran experiencia profesional, y que estos sean provistos con jóvenes recién egresados de programas técnicos, tecnólogos o de programas de pregrado de instituciones de educación superior.
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Por medio del cual se reestructura el sector de inclusión social y reconciliación, se agrupan y redistribuyen las funciones al sistema de Bienestar Familiar y se crea el Ministerio de la Familia y Social. ”. Agendado para primer debate en la Comisión Primera de Senado. Pretende transformar el Departamento para la Prosperidad Social (DPS), en el Ministerio de la Familia y Social como organismo principal de la administración pública del nivel central, rector del sector, y del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mediante la reestructuración del Sector de Inclusión Social y Reconciliación, definido por Decreto 1084 de 2015, para institucionalizar las políticas transversales con el fin de impactar positivamente el bienestar de la familia colombiana.
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Por la cual se moderniza el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC-, se distribuyen competencias, se suprime la Autoridad Nacional de Televisión, y se dictan otras disposiciones. La presente Ley tiene por objeto alinear los incentivos de los agentes y autoridades del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), aumentar su certidumbre jurídica, simplificar y modernizar el marco institucional del sector, focalizar las inversiones para el cierre efectivo de la brecha digital y potenciar la vinculación del sector privado en el desarrollo de los proyectos asociados, aumentar la eficiencia en el pago de las contraprestaciones y cargas económicas de los agentes del sector, y suprimir la Autoridad Nacional de Televisión.
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Por medio del cual se establecen medidas para mejorar la inserción laboral de los jóvenes y se dictan otras disposiciones. Agendado para primer debate en la Comisión Séptima. Establece que las prácticas laborales efectuadas, bajo el marco establecido por el artículo 15 de la ley 1780 de 2016, serán válidas como experiencia profesional en virtud de la continuidad en la especialidad o programa académico cursado desde la educación técnica hasta la educación superior de pregrado. La certificación será válida una vez se haya culminado y aprobado en su totalidad el programa de educación superior de pregrado. De lo contrario, las prácticas laborales solo serán válidas como experiencia laboral. Así mismo establece que, el Ministerio de Trabajo, El Departamento Administrativo de la Función Pública y el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) crearán un Comité Interinstitucional, con la participación de entidades de los sectores público, privado y de la sociedad civil.
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Por medio del cual se modifica la Ley 1804 de 2016, se adiciona un parágrafo al artículo 12, en el cual se asignan funciones a l comisión intersectorial de la primera infancia (CIPI) y se dictan otras disposiciones para la atención y desarrollo integral de la primera infancia de cero a siempre. Agendado para primer debate en la Comisión Séptima de Cámara de Representantes. Se adiciona un parágrafo al artículo 12 de la Ley 1804 de 2016, en el cual se asignan funciones a la comisión intersectorial de la primera infancia (cipi).
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Por medio del cual se adiciona un artículo nuevo a la Ley 1712 de 2014 – Ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional. Agendado para primer debate en la Comisión Primera de Senado. Establece que todo congresista, diputado y concejal, que funja como promotor para la aprobación de alguna partida presupuestal gubernamental, deberá informar en la respetiva plenaria de su corporación, sobre dicha gestión; especificando el objeto, el monto y el nombre de la entidad territorial beneficiada. El informe deberá presentarse al comenzar dicha gestión y al finalizar la misma.
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Por medio del cual se aprueba el convenio 183 sobre la protección de la maternidad, adoptado por la 88ª reunión de la conferencia internacional del trabajo, realizada en Ginebra – Suiza el 15 de junio del 2000. Se realiza seguimiento por cuanto la aprobación del convenio 189 de la OIT es un compromiso adquirido por el Gobierno en las mesas de negociación con las Organizaciones Sindicales.
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Por el cual se modifica el artículo 323 de la Constitución Política de Colombia y se establece la segunda vuelta para la elección de alcalde mayor de Bogotá, Distrito Capital. Agendado para tercer debate de la segunda vuelta en la Comisión Primera de Senado. El presente Proyecto de Acto Legislativo tiene por objeto reformar el artículo 323 de la Constitución Política de Colombia para establecer el mecanismo de segunda vuelta en la elección del Alcalde Mayor de Bogotá, Distrito Capital, cuando ninguno de los candidatos, en contienda, alcance la mitad más uno de los votos.
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Por medio del cual se reforma la Justicia, se modifica el Código de Procedimiento Penal, Código Disciplinario del Abogado, el Estatuto Arbitral, el Código General del Proceso, la Ley 1905 de 2018, se estimula la Conciliación Extrajudicial Contencioso Administrativa, se adiciona la Ley 1437 de 2011 y se dictan otras disposiciones. Agendado para primer debate en la Comisión Primera de Senado. Busca modificar el Código de Procedimiento Penal, el Código Disciplinario del Abogado, el Estatuto Arbitral, el Código General del Proceso, la Ley 1905 de 2018 y adiciona la Ley 1437 de 2011 con el ánimo de reformar la justicia, estimular la Conciliación Extrajudicial Contencioso Administrativa y fortalecer la defensa jurídica del Estado, para lo cual dispone que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, tendrá a su cargo la dirección de la defensa y representación judicial y administrativa de las entidades públicas.
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Por medio del cual se adopta una reforma política y electoral, acumulado con el PAL 09 de 2018: Por el cual se adopta una Reforma Política y se dictan otras disposiciones. Agendado para primer debate de la segunda vuelta. Busca modificar los artículos 107, 262 y 264 de la Constitución Política. En ese sentido pretende 3 cosas fundamentales: 1) Hacer claridad respecto de la forma de selección de los candidatos de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica a través de elecciones primarias; 2) Se establece que el orden de conformación de las listas para corporaciones, no podrá ser el resultante del voto preferente y, en cambio, será la consecuencia de las votaciones, de forma tal que quien obtenga la mayor votación en una elección primaria será la cabeza de lista y así, en orden descendente; y 3) Propone que el Consejo Nacional Electoral cuente con autonomía en materia financiera, administrativa y presupuestal. No obstante al respecto de esto último, es de resaltar que el artículo 265 de la C.P. ya le da autonomía presupuestal y administrativa al CNE.
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Por la cual se modifican la Ley 909 de 2004, el Decreto ley 1567 de 1998 y se dictan otras disposiciones. Agendado para tercer debate en la Comisión Séptima de Senado. Este proyecto de ley busca modificar algunos aspectos de la Ley 909 de 2004, y del Decreto Ley 1567 de 1998, así como dicta otras disposiciones. Tiene como principal objetivo la inclusión de los concursos públicos de ascenso en el modelo de empleo público, ajustar las condiciones para otorgar los encargos a los empleados públicos de carrera administrativa y facilitar la capacitación a todos los servidores públicos, independientemente de su tipo de vinculación.
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Por medio del cual se reglamenta las condiciones de participación en política de los servidores públicos y se dictan otras disposiciones. Agendado para primer debate en la Comisión Primera Senado. La presente ley tiene por objeto reglamentar el artículo 127 de la Constitución Política referente a las condiciones en que los servidores públicos pueden participar en actividades de los partidos y movimientos políticos, y controversias políticas.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Por medio del cual se busca garantizar el cumplimiento de los principios de transparencia y publicidad mediante la publicación de las declaraciones de bienes, renta y el registro de los conflictos de interés. La presente ley tiene por objeto regular la publicación de la declaración de bienes y patrimonio, el registro de conflictos de interés y la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios de los servidores públicos. El Departamento Administrativo de Función Pública deberá habilitar el acceso al SIGEP a las entidades públicas que actualmente no reportan información en este sistema para los efectos de cargar las declaraciones respectivas de las que trata la presente ley.
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Acumulado con los Proyectos de Ley No. 016 de 2017, 047 de 2017, 052 de 2017 Senado. 109 de 2017, 114 de 2017 Cámara: Por medio del cual se adoptan medidas en materia penal y administrativa en contra de la corrupción y se dictan otras disposiciones. Este proyecto es una manifestación de la iniciativa legislativa que la Constitución le asigna al Fiscal General de la Nación en el diseño de la política criminal del Estado y contempla distintas modificaciones normativas para contrarrestar las principales conductas que se han identificado como generadoras de corrupción. Entre ellas, medidas enfocadas a combatir el fenómeno en campañas políticas, procesos de contratación pública, el deber de denuncia de hechos asociados a la corrupción, testaferrato en detrimento de la administración pública, ocultamiento o destrucción de pruebas, entre otros. Es de interés de este Departamento por cuanto establece una serie de inhabilidades para los servidores públicos que incurran en conductas delictivas contra la Administración Pública
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Por medio de la cual se modifica el artículo 30 del Decreto 1213 de 1990 y se procede a modificar la prima de actividad para los Agentes de la Policía Nacional. Agendado para primer debate en la Comisión Segunda del Senado. La presente ley tiene por objeto aumentar la prima de actividad de los Agentes de la Policía Nacional, respondiendo a los principios de igualdad, equidad, responsabilidad financiera, intangibilidad y solidaridad contenidos en la Ley 923 de 2004.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Por medio de la cual se dictan medidas de protección para los partos múltiples, se garantiza la igualdad de derechos para el cuidado de los hijos entre hombres y mujeres, y se dictan otras disposiciones. El proyecto establece que el cónyuge o compañero permanente tendrá derecho a ocho (8) días hábiles de licencia remunerada de paternidad en partos únicos a término. Cuando se trate de partos prematuros y/o múltiples, se concederá una licencia remunerada de quince (15) días hábiles.. Los servidores públicos y miembros de la fuerza pública serán beneficiarios de las disposiciones establecidas en la presente ley.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Por medio de la cual se establecen aspectos laborales y operativos a la modalidad de hogares sustitutos y tutores del Instituto Colombia de Bienestar Familiar y se dictan otras disposiciones. La presente Ley tiene por objeto establecer aspectos laborales de los responsables de los Hogares Sustitutos y Tutores del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en ese sentido establece que partir de la vigencia 2018, las Madres Sustitutas y Tutoras, devengarán el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente más las prestaciones sociales de ley.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Por medio de la cual se reduce la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo a quienes tienen bajo su cuidado a personas diagnosticadas con enfermedad en fase terminal. Establece que la duración máxima de la jornada laboral de los trabajadores que tengan bajo su cuidado, debidamente comprobado, a una persona dentro del cuarto grado de consanguinidad, hasta segundo de afinidad o primero civil, y que se encuentre diagnosticada como enfermo en fase terminal, será de siete (7) horas al día y cuarenta y dos (42) a la semana. Para tal caso, se considera en fase terminal la persona que haya sido diagnosticada por el médico tratante de su EPS, con una expectativa de vida de seis meses o menor a esta. El beneficio de que trata el presente inciso se otorgará, a partir de la fecha en que el trabajador comunique a su empleador del diagnóstico emitido por el médico tratante.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Por medio de la cual se establecen lineamientos para la estabilidad laboral de mujeres embarazadas y se dictan otras disposiciones. La presente ley tiene por objeto mejorar las condiciones laborales de la madre y del recién nacido, aumentado los términos de duración de la licencia de maternidad, reglamentando su fuero laboral y fijando algunos elementos adicionales para garantizar que la lactancia pueda realizarse de manera digna y sin riesgos. Aumentó el término de la licencia de maternidad hasta por 24 semanas en los casos en que el recién nacido requiera observación médica las 24 horas.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Por medio del cual se crea la prima legal para la canasta familiar. Este proyecto de ley establece que los trabajadores del sector privado, trabajadores oficiales y servidores públicos que devenguen hasta tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes, tendrán derecho a una prima legal adicional para la canasta familiar. Esta prima legal adicional, corresponderá a 15 días del salario mínimo legal mensual vigente, por cada año de trabajo y proporcional por fracción de tiempo laborado en ese mismo período.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Por el cual se reforma el artículo 11 y se adiciona el artículo 11A al Decreto Ley 1793 de 2000. Se realiza seguimiento a este proyecto por cuanto pretende modificar las causales de retiro de los soldados profesionales de las Fuerzas Militares y su remuneración durante el término de suspensión por detención preventiva, lo que es del interés de este Departamento, por regular aspectos de la carrera administrativa de las Fuerzas Militares.
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Por medio de la cual se crea el Instituto Colombiano de las Personas Mayores (ICPM). Agendado para primer debate en la Comisión Cuarta de Senado. Propone crear el Instituto Colombiano de las Personas Mayores (ICPM), como establecimiento público descentralizado con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, el cual será adscrito al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
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Por la cual se modifica parcialmente la Ley 5 de 1992 y se dictan otras disposiciones. [Conflictos de interés]. En aras de actualizar las disposiciones legales en la materia, este proyecto de ley pretende puntualizar el alcance del conflicto de interés, introduce medidas para hacer públicos los intereses de los congresistas, sus familiares, establece un procedimiento expedito para identificar y tramitar las situaciones derivadas de conflictos de intereses.
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Por medio de la cual se aprueba el Convenio 156 sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, adoptado por la 67ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, realizada en Ginebra - Suiza, el 23 de junio de 1981. La finalidad del Convenio y de la Recomendación es promover la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo, en favor de las mujeres y de los hombres con responsabilidades familiares, así como entre los trabajadores con responsabilidades familiares y quienes no las tienen.
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Por medio de la cual se aprueba el convenio 149 sobre el personal de enfermería, por la 63° reunión de la conferencia internacional de trabajo, realizada en Ginebra-Suiza, el 21 de junio de 1977. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) adoptó el Convenio sobre el personal de enfermería, 1977 (número 149) con el propósito de facilitar a los países una herramienta que les permita atender las múltiples preocupaciones de estos trabajadores de la salud, entre las que se encuentran: la remuneración; las horas de trabajo, el descanso y vacaciones; protección de la salud; seguridad social; oportunidades de formación inicial y continuada; organización del trabajo; oportunidades de hacer carrera; participación del personal de enfermería en la determinación de sus condiciones de trabajo y de vida en su conjunto, que continúan vigentes.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Por medio de la cual se facilita el acceso al mercado laboral a los jóvenes entre 18 y 28 años de edad y se dictan otras disposiciones. Agendado para primer debate en la Comisión Séptima de Cámara. Pretende modificar la Ley de Empleo Juvenil estableciendo que las entidades públicas deberán garantizar que al menos un quince por ciento (15%) de los nuevos empleos no requieran experiencia profesional, con el fin de que puedan ser provistos con jóvenes recién egresados de programas técnicos, tecnólogos y egresados de programas de pregrado de instituciones de educación superior. Así mismo establece que Será reconocido como experiencia laboral el tiempo adquirido en prácticas laborales, contratos de aprendizaje, judicatura, relación docencia de servicio del sector salud, servicio social obligatorio o voluntariados.
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Por medio de la cual se determinan los lineamientos para la elaboración de una política pública que concilia las responsabilidades familiares con la vida laboral, y se dictan otras disposiciones. Agendado para primer debate en la Comisión Séptima de Senado. La ley busca determinar los lineamientos para la elaboración de una política pública que concilie la vida laboral y familiar en las organizaciones públicas y privadas. Entre las medidas de conciliación se resaltan las siguientes: i) Flexibilizar el tiempo de trabajo en horarios, turnos o calendario de horario de entrada y salida o de semanas comprimidas, ii) Flexibilidad en el lugar de trabajo a través de video conferencias, teletrabajo entre otras, iii) Distribución flexible de vacaciones, iv) Ampliación de los servicios a la infancia y de ayuda familiar, v) Establecimiento de licencias por enfermedad grave de pariente directo, entre otras.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Por medio de la cual se establecen condiciones para la protección y cuidado de la niñez -Ley Isaac-. Agendado para primer debate en la Comisión Séptima de Senado. La presente ley tiene como objeto incluir dentro de las obligaciones del empleador, el reconocimiento y otorgamiento del derecho a licencia remunerada para el cuidado a la niñez a uno de los padres trabajadores o a quien detente el cuidado personal de un niño o niña menor de 12 años que padezca una enfermedad terminal, a fin de que el menor pueda contar con el cuidado de sus padres o de su custodio, en las situaciones referidas.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Por medio de la cual se crea la categoría municipal de ciudades capitales, se adoptan mecanismos tendientes a fortalecer la descentralización administrativa y se dictan otras disposiciones. Agendado para primer debate en la Comisión Primera de Cámara. Los principales objetivos del Proyecto Ley son i) crear la categoría de municipios ciudades capitales, ii) establecer reglas y criterios para la asignación de recursos a las ciudades capitales, iii) fortalecer la descentralización administrativa con la delegación de funciones y suscripción de contratos o convenios plan entre la Nación y las ciudades capitales, iv) establecer mecanismos de asociación y cooperación entre las ciudades capitales y los municipios circunvecinos y v) Fortalecer la representatividad de las ciudades capitales en los órganos de dirección de las Entidades Públicas.
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Por el cual se crea la ley del servidor público y se dictan otras disposiciones. Agendado para primer debate en la Comisión Séptima de Senado. La presente ley tiene como objeto la adopción e implementación del Código de Integridad del Servicio Público colombiano expedido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, por parte de todas las entidades del Estado a nivel nacional y territorial y en todas las Ramas del Poder Público, las cuales tendrán la autonomía de complementarlo respetando los valores que ya están contenidos en el mismo. Finalmente, se crea el Sistema Nacional de Integridad para articular todo lo concerniente a la Integridad en el Servicio Público colombiano.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Por medio del cual se establecen criterios y lineamientos transversales a la Rama Ejecutiva a nivel nacional y territorial y a los particulares que cumplan funciones públicas y funciones administrativas sobre Racionalización de trámites, se ordena la implementación de la Interoperabilidad y la Carpeta Ciudadana, se vuelven obligatorios los trámites en línea y las estampillas electrónicas, se faculta al Presidente de la República y se dictan otras disposiciones”. Agendado para primer debate en la Comisión Primera de Cámara. La presente ley tiene por objeto facilitar y agilizar el acceso y ejercicio de los derechos, combatir la corrupción y fomentar la competitividad, a través de racionalizar los trámites; fijar los criterios y lineamientos que deben tener estos; obligar a que los trámites sean en línea y que las estampillas sean electrónicas; ordenar la gratuidad en los registros y certificados públicos; facultar al Presidente de la República para que establezca expresamente los trámites que son susceptibles a la aplicación del silencio administrativo positivo y para que derogue algunos trámites; ordenar la implementación de la interoperabilidad y la carpeta ciudadana; entre otros, en toda la Rama Ejecutiva a nivel nacional y territorial y, en las entidades que cumplan funciones públicas y funciones administrativas.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Por medio del cual se modifica el Código Sustantivo del Trabajo, con el fin de armonizar el derecho de huelga con los Convenios sobre Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo. Agendado para primer debate en la Comisión Séptima de Cámara. Esta ley tiene como objetivo armonizar el derecho a la huelga a los Convenios sobre Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo. Entre los aspectos que regula, se propone la creación de un nuevo artículo 430B en el Código Sustantivo del Trabajo que actualice las causales de ilegalidad del cese colectivo de actividades en concordancia con las prohibiciones referidas a los denominados servicios mínimos de los servicios esenciales en sentido amplio que han demostrado derivar en hacer nugatorio el derecho constitucional.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Por medio de la cual se regula las inhabilidades para los condenados por corrupción y delitos contra la administración pública, así como la terminación unilateral administrativa del contrato por actos de corrupción y se dictan otras disposiciones. Agendado para primer debate en la Comisión Primera de Cámara. Tiene por objeto modificar la Ley 80 de 1993 y la Ley 599 de 2000 con el propósito de adoptar medidas para la sanción efectiva de los delitos cometidos contra la administración pública, a través de la eliminación de beneficios penales y de la modificación del régimen de inhabilidades para contratar con el Estado.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Por la cual se dictan disposiciones sobre prevención, declaración y sanción de las situaciones de conflicto de intereses. Agendado para primer debate el 22 de mayo de 2019 en Comisión Primera Cámara El objetivo de este proyecto de ley es facilitar la identificación de aquellas situaciones en que un servidor público puede llegar a estar incurso en una situación de conflicto de intereses, con el fin de que se puedan tomar oportunamente las medidas para evitar que los intereses privados involucrados en un caso en particular interfieran indebidamente con los intereses generales.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
Por medio de la cual se dicta el Estatuto Especial del Distrito Especial Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali y se dictan otras disposiciones. Tiene por objetivo crear un estatuto que otorgue un régimen especial y un tratamiento diferenciado para el Distrito Especial Cultural, Deportivo, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali, para lo cual otorga entre otras atribuciones, competencia para el ejercicio autónomo de su desarrollo especializado, a partir de: i) Delegación de competencias del Gobierno Nacional en el Distrito Especial para la administración del porcentaje de recursos de los Fondos Especiales que se destinan directamente y (ii) el traslado del domicilio de entidades del orden nacional a la ciudad de Santiago de Cali, como por ejemplo COLDEPORTES.
Boletìn 10 - Mayo 18 a 23 de 2019
El miércoles 22 de mayo finalizó la negociación del aumento salarial entre el Gobierno y los trabajadores del Estado, el cual quedó definido en 4,5% para este año. El acuerdo favorece a 1,2 millones de servidores públicos, de esta manera finalizó el proceso de negociación en donde avanzan temas de contratación, regulación de la carrera administrativa y otros aspectos de los diferentes sectores de la administración pública.