Boletìn 12 - Agosto 10 a 21 de 2020
Gobierno Nacional crea la comisión Nacional de Mujeres Indígenas de la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos y Organizaciones Indígenas, como una instancia de trabajo de carácter técnico en temas relacionados con mujeres, familias y generaciones indígenas y demás asuntos definidos en la agenda de la citada Comisión.
Boletìn 12 - Agosto 10 a 21 de 2020
Gobierno Nacional solicita a los representantes legales de los organismos y entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y territorial, rama legislativa, rama judicial, organización electoral y órganos autónomos e independientes información sobre la participación de la mujer en cargos de máximo nivel decisorio, la fecha de corte de la información a reportar será el 10 de agosto de 2020, razón por la cual el aplicativo estará abierto del 11 de agosto al 10 de septiembre de 2020.
Boletìn 12 - Agosto 10 a 21 de 2020
Gobierno Nacional crea en el Sistema General de Seguridad Social en Salud SGSSS, el Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible PRASS, para el seguimiento de casos y contactos del nuevo Coronavirus COVID19.
Boletìn 12 - Agosto 10 a 21 de 2020
Gobierno Nacional crea el Consejo Nacional de Planeación Lingüística de la LSC que tendrá como función integrar y reconocer a la comunidad sorda nacional los derechos lingüísticos que le corresponden. Lo anterior, garantizando igualdad de condiciones para todas las comunidades sordas colombianas con el propósito de facilitar la interacción de la población sorda entre sí, con oyentes e intérpretes en todo el territorio nacional.
Boletìn 12 - Agosto 10 a 21 de 2020
La verificación de la implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial corresponderá a la Superintendencia de Transporte, los Organismos de Tránsito o el Ministerio de Trabajo, quienes podrán, cada una en el marco de sus competencias, supervisar la implementación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial - PESV. Las condiciones para efectuar la verificación serán establecidas en la Metodología que expida el Ministerio de Transporte en cumplimiento de lo establecido en el artículo 110 del Decreto -Ley 2106 de 2019.
Boletìn 12 - Agosto 10 a 21 de 2020
Establece requisitos sanitarios transitorios para la fabricación, importación y comercialización de medicamentos, materias primas, reactivos y pruebas para diagnóstico in vitro, dispositivos médicos, equipos biomédicos, productos cosméticos, y productos de higiene doméstica y absorbentes de higiene personal, que se declaren por Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA como vitales no disponibles, que permitan prevenir, mitigar, controlar, diagnosticar y tratar la propagación y efectos del COVID-19.
Boletìn 12 - Agosto 10 a 21 de 2020
Se suprimen y crean empleos en la planta de personal de la agencia nacional de hidrocarburos, el Presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, mediante resolución, realizará la incorporación a los nuevos cargos y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades de la Entidad.
Boletìn 12 - Agosto 10 a 21 de 2020
En ningún caso los aportes que reciban los beneficiarios del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios - PAP de que trata el Decreto Legislativo 770 de 2020 y los beneficiarios del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios - PAP para el Sector Agropecuario de que trata el Decreto Legislativo 803 de 2020, estarán sujetos a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios.
Boletìn 12 - Agosto 10 a 21 de 2020
Los docentes oficiales integran la categoría de servidores públicos prevista en el artículo 123 de la Constitución y, por lo tanto, tienen derecho al reconocimiento y pago de la sanción moratoria por pago tardío de las cesantías en virtud de la Ley 244 de 1995 modificada por la Ley 1071 de 2006.
Boletìn 12 - Agosto 10 a 21 de 2020
Corte Constitucional declara la exequibilidad del Decreto Legislativo 500 de 2020 Por el cual se adoptan medidas de orden laboral, relativas a la destinación de los recursos de las cotizaciones a las administradoras de riesgos laborales de carácter público, en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica.
Boletìn 12 - Agosto 10 a 21 de 2020
La Corte Constitucional al realizar el control de constitucionalidad del Decreto 491 2020, Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica. Declara la ex equibilidad de la totalidad de la norma a excepción del Articulo 12 relacionado con las reuniones presenciales en los órganos colegiados de las ramas del Poder Público, señalando que en las corporaciones públicas de elección popular, la presencialidad es la regla general y las reuniones no presenciales o mixtas, esto es, la virtualidad para el cumplimiento de las funciones del Congreso, asambleas departamentales y concejos municipales es la excepción, en respeto del principio democrático, el pluralismo político y la protección de las minorías. Por ello mismo, durante la emergencia sanitaria las sesiones no presenciales no pueden convertirse de facto en una regla general, sino que debe propiciarse que, en la medida de lo razonable y gradualmente, pero a la mayor brevedad posible, se retorne a la presencialidad total.
Boletìn 12 - Agosto 10 a 21 de 2020
La terminación del nombramiento provisional o el de su prórroga, procede por acto motivado, y sólo es admisible una motivación donde la insubsistencia invoque argumentos puntuales como la provisión definitiva del cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo, la imposición de sanciones disciplinarias, la calificación insatisfactoria u otra razón específica atinente al servicio que está prestando y debería prestar el empleado. Se considera procedente que durante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID 19 se efectúe el retiro de un empleado nombrado en provisionalidad, con el fin de que el servidor público en la situación administrativa de comisión, una vez termine la misma, regrese a su cargo de carrera administrativa.
Boletìn 12 - Agosto 10 a 21 de 2020
De manera temporal durante la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y de Protección Social con ocasión de la pandemia derivada del COVID 19, el factor de salario que corresponde al auxilio de transporte a tener en cuenta para la liquidar la prima de servicios en el presente año, se tendrá en cuenta bajo el concepto de auxilio de conectividad siempre cuando el empleado tenga derecho a su reconocimiento y pago. En este sentido se reitera que la Ley 15 de 1959 creó el auxilio de transporte señalando que solo se causa por los días efectivamente trabajados, es decir que no se tendrá derecho al reconocimiento y pago del auxilio cuando el servidor público se encuentre en uso de licencia, suspendido en ejercicio de sus funciones, en vacaciones o cuando la entidad suministre el servicio. Tampoco se reconocerá cuando el servidor devengue más de 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Boletìn 12 - Agosto 10 a 21 de 2020
El Decreto 491 de 2020, no señaló la suspensión del período de prueba que se viene adelantando desde antes del inicio de la declaración del Estado de Emergencia Sanitaria, razón por la cual, el empleado público deberá continuar hasta finalizar el período de prueba y en caso de obtener calificación satisfactoria en el ejercicio de sus funciones, el empleado adquiere los derechos de carrera y deberá ser inscrito en el Registro Público de la Carrera Administrativa.
Boletìn 12 - Agosto 10 a 21 de 2020
En el presente Boletín se incorpora la Circular Externa 100-005 del 2020, donde el Gobierno Nacional imparte instrucciones sobre la participación de la mujer en los cargos de máximo nivel decisorio, como lo establece ONU, el liderazgo y la plena participación de las mujeres en las decisiones políticas, acelera el logro de la igualdad entre mujeres y hombres y contribuye al desarrollo sostenible y al fortalecimiento de la gobernanza democrática. Es fundamental contar con datos reales que le permitan al Estado evaluar la participación efectiva de las mujeres en espacios de toma de decisión. Por ello, y en el marco de lo establecido en el artículo 12 de la Ley 581 de 2000, desde Función Pública solicitamos a los destinatarios de esta circular reportar la información relacionada con la provisión de cargos y el porcentaje de participación de las mujeres en el máximo nivel decisorio. La fecha de corte de la información a reportar será el 10 de agosto de 2020, razón por la cual el aplicativo estará abierto del 11 de agosto al 10 de septiembre de 2020, la Circular Externa puede ser consultado en el siguiente enlace: