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Concepto 181261 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

-El empleado provisional al que le faltan menos de tres años para cumplir los requisitos para acceder a la pensión (edad y/o tiempo de servicios), tendrá una protección hasta tanto adquiera los requisitos mínimos para el acceso al beneficio pensional. Conforme a las disposiciones de la ley 2040 de 22020 y el Decreto 1415 de 2021, los servidores con calidad de prepensionados deberán ser reubicados hasta tanto cumplan con los requisitos para obtener el beneficio pensional. -La celebración de contratos de prestación de servicios en una entidad busca el ejercicio de actividades transitorias o temporales de acuerdo con el manual de funciones específico, o cuando no exista personal que pueda desarrollar la actividad para la cual se requiere contratar el servicio, o cuando el desarrollo de la actividad requiere un grado de especialización que implica la contratación del servicio, o cuando aun existiendo personal en la planta, éste no sea suficiente. -El marco normativo para la elaboración y modificación de los manuales de funciones y competencias laborales, son la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015, entre otras. Sin embargo, el Departamento Administrativo de la Función Pública a través de la Dirección de Desarrollo Organizacional facilitará la implementación de las normas sobre esta materia. -El Decreto 1083 de 2015 señala unas funciones generales que sirven como marco de referencia para que cada entidad ajuste su manual específico de acuerdo con dichas funciones generales por nivel de empleo. Sin embargo, será la entidad en desarrollo de su autonomía administrativa y teniendo en cuenta que es la que conoce de manera cierta sus necesidades para el cumplimiento de su misionalidad, la que deberá determinar las calidades y las funciones que deberán cumplir sus servidores.

Concepto 181271 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No existe impedimento o inhabilidad para que un servidor público, ejerza su profesión de contador público en el sector privado, siempre y cuando no preste a título particular servicios de asistencia o asesoría en asuntos relacionados con las funciones propias del cargo de la entidad pública donde labora, ni preste servicios de asistencia, representación o asesoría a quienes estuvieron o están sujetos a la inspección, vigilancia, control o regulación de la entidad, corporación u organismos público al que se encuentre vinculado. Igualmente es importante señalar, que las funciones que desarrolle en la entidad de carácter privado, no deben realizarse en horas laborables; en caso contrario se violaría el deber legal de dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las labores encomendadas, propias del cargo que desarrolla como empleado público.

Concepto 181281 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El secretario de gobierno de una Alcaldía municipal ejerce autoridad política y administrativa, por ello si desea aspirar a ser elegido alcalde en el mismo municipio en el cual ejerce dicha autoridad, para no encontrarse inmerso en algún tipo de inhabilidad e incompatibilidad, necesariamente deberá renunciar a su cargo 12 meses antes a la fecha de la elección.

Concepto 181301 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

-La entidad sobre la que recae el fallo de Tutela, está en la obligación de dar cumplimiento a lo ordenado por el juez. Si, con base en el análisis efectuado, no hay en la planta de personal un empleo vacante definitivamente que no haya sido provisto de forma temporal mediante encargo o nombramiento provisional, el representante legal de la entidad deberá terminar el encargo o desvincular a un funcionario que se encuentra con nombramiento en provisionalidad, la administración deberá valorar la situación respecto al cumplimiento del fallo de reintegro y evaluar qué situación es más favorable respecto a la administración misma y la de otros empleados que se vean afectados por el cumplimiento de la sentencia. -La desvinculación de un empleado con nombramiento provisional, deberá motivarse y, en el caso concreto, el argumento a esgrimir es el cumplimiento del fallo de Tutela. -La administración podrá crear un cargo para dar cumplimiento a la orden judicial de reintegrar a la exfuncionaria, de acuerdo con lo ordenado en el fallo. El fundamento para su creación deberá estar fundado en el fallo judicial. De lo contrario, estaría incurriendo en las prohibiciones contenidas en la Ley de Garantías. -El artículo 2.2.5.2.1 define las situaciones en las que se entiende un empleo vacante definitivamente. Esta calidad no cambia por encontrarse el empleo provisto de manera transitoria mediante nombramiento provisional. -El incumplimiento de un fallo de Tutela genera consecuencias para el renuente.

Concepto 181311 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El jefe del organismo o en quien este delegue evaluará si hubo justa causa para no asistir a laborar, y en caso de que dicha autoridad decida que la ausencia no está justificada deberá proceder a descontar el día o los días no laborados; sin perjuicio de las actuaciones que se deriven del incumplimiento de los deberes inherentes a la condición de servidores públicos, previsto en la normativa vigente.

Concepto 181501 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El hecho de ser nombrado en periodo de prueba, por haber superado un concurso de méritos, no se constituye como causal para dejar de ser sindicalizado.

Concepto 181531 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No se evidencia una norma que establezca una cantidad máxima de permisos remunerados al año. Los permisos remunerados se podrán conceder cuando el empleado los requiera y siempre que medie justificación a criterio del jefe del organismo, quien tiene la potestad de otorgarlo o no, previa evaluación de la causa que origine la solicitud.

Concepto 181561 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es deber del empleador realizar los exámenes de egreso al término de la relación laboral a efectos de valorar y registrar las condiciones de salud en las que el trabajador se retira de las funciones asignadas.

Concepto 181571 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

-El nombramiento en provisionalidad procede como un mecanismo de carácter excepcional y transitorio que permite proveer temporalmente un empleo de carrera administrativa, con personal que no fue seleccionado mediante el sistema de mérito, en aquellos casos que no haya empleados de carrera que cumplan con los requisitos para ser encargados y no exista lista de elegibles vigente que pueda ser utilizada para proveer la respectiva vacante. -El traslado es una de las formas de provisión Definitiva de los empleos públicos, para ello debe existir un cargo vacante definitivamente, con funciones afines al que desempeña, de la misma categoría, y para el cual se exijan requisitos mínimos similares; así mismo, debe corresponder a necesidades del servicio o ser a solicitud del empleado, en este último evento, siempre que el movimiento no cause perjuicios al servicio ni afecte la función pública, no debe implicar condiciones menos favorables para el trabajador, se conservan sus derechos de carrera y antigüedad en el servicio.

Concepto 181601 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La persona tiene 10 días hábiles para posesionarse a partir de la aceptación del nombramiento. En caso que solicite la prórroga para posesionarse, esta se contará a partir de la fecha en que aceptó el nombramiento.