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Concepto 220731 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No hay prohibición para que un empleado que se encuentre en situación administrativa de encargo pueda ser objeto de un nuevo encargo de las funciones de otro empleo.

Concepto 220921 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Concepto 221481 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es procedente que a un empleado público se le asignen funciones diferentes a las establecidas en el manual específico de funciones y de competencias laborales que haya adoptado la entidad por necesidades del servicio.

Concepto 221521 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"No es viable que un servidor público, por sí o por interpuesta persona, celebre contratos de cualquier tipo con entidades estatales públicas o con personas privadas que manejen o administren recursos públicos, si la figura planteada en su consulta constituye un medio para obtener beneficios que de otra manera no podrían obtenerse o para eludir las inhabilidades o incompatibilidades en las que pueda estar incursa una persona determinada."

Concepto 221541 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Un empleado público (que no se encuentre incurso en ninguna de las causales de inhabilidad consagradas en la ley, como por ejemplo, ejercer autoridad civil, política, administrativa o haber sido personero) puede permanecer en su empleo hasta un día antes de inscribirse como candidato a cualquier cargo de elección popular, teniendo en cuenta que como servidor público no puede participar en política. Si por el contrario, el servidor público decide participar en política sin separarse previamente de su cargo, incurriría en violación del régimen de inhabilidades establecido en la Constitución Política y en la Ley."

Concepto 221661 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La jornada laboral del inspector de policía pese a que es autoridad de tránsito es la establecida por la ley, es decir 44 horas semanales, las cuales pueden ser distribuidas por necesidades del servicio por el alcalde municipal, bajo el entendido que por la connotación de sus funciones el inspector de policía deberá tener una disponibilidad permanente.

Concepto 221711 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No sería posible realizar el encargo de un empleo de libre nombramiento y remoción a alguien que no ostenta derechos de carrera administrativa.

Concepto 221751 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si usted funge como subdirector técnico de contabilidad del orden departamental y desea aspirar al cargo de alcalde municipal, no necesita renunciar al menos doce (12) meses antes de la elección para para no incurrir en una violación al régimen de inhabilidades. Sin embargo, sí deberá renunciar a su empleo público antes de la inscripción como candidato, teniendo en cuenta que no podría participar en política como funcionario público, dadas las disposiciones existentes sobre prohibición de participación o intervención en política de los servidores públicos.

Concepto 221771 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Un funcionario público del orden municipal que ejerza autoridad política, civil, administrativa o militar y desea aspirar al cargo de alcalde municipal del mismo municipio deberá renunciar al menos doce (12) meses antes de la respectiva elección para para no incurrir en una violación al régimen de inhabilidades.

Concepto 221891 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No es procedente el reconocimiento y pago de la prima técnica automática, por título de estudios de formación avanzada y cinco años de experiencia altamente calificada, ni por evaluación del desempeño, cuando se trata de nombramiento en encargo, por tratarse de un nombramiento transitorio, por cuanto el artículo 2º del Decreto 1016 de 1991, el artículo 1º de los decretos 1724 de 1997 y 1336 de 2003 señalan expresamente que, la prima técnica establecida en las disposiciones legales vigentes, solo podrá asignarse por cualquiera de los criterios existentes, a quienes estén nombrados con carácter permanente; razón por la cual, el empleado de carrera del establecimiento público, quien se encuentra encargado de otro empleo el nivel directivo, no tiene derecho a devengar prima técnica por ninguno de los criterios anteriormente indicados.