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Concepto 218511 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Los ediles en virtud de lo previsto en el Artículo 123 de la Constitución Política son considerados como servidores públicos por hacer parte de una corporación pública (junta administradora local), no pueden, so pena de perder la investidura, aceptar o desempeñar cargo alguno en la administración pública. De igual manera, en caso que el edil reciba honorarios por su actividad como servidor público de una corporación pública, por expresa disposición contenida en el Artículo 128 Constitucional, se encuentra inhabilitado para recibir simultáneamente remuneración como servidor público. "

Concepto 218521 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se presenta una imposibilidad física para dar adecuado cumplimiento a las funciones como miembro del comité de convivencia laboral, a un servidor público que es nombrado en otra entidad pública y se le otorga comisión para desempeñar empleo de libre nombramiento y remoción.

Concepto 218631 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El reajuste o aumento salarial es igual para todos los empleados públicos del nivel municipal sin que tenga injerencia la fuente de financiación, se deberá efectuar anualmente con base en el reajuste salarial señalado mediante Decreto dictado por el alcalde, con sujeción al respectivo acuerdo expedido por el Concejo Municipal y respetando los límites máximos salariales que el Gobierno Nacional establezca en el decreto salarial que se expida para la vigencia fiscal respectiva, por lo que el aumento salarial podrá ser inferior al que establezca el Gobierno Nacional teniendo en cuenta las finanzas públicas del Municipio.

Decreto 1006 de 2022 - Nivel Nacional

Convoca al Congreso de la República a sesiones extraordinarias.

Decreto 1007 de 2022 - Nivel Nacional

Adiciona normativa para reglamentar parcialmente el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

Decreto 1009 de 2022 - Nivel Nacional

Adiciona normativa relacionada con el mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el instituto colombiano de crédito educativo y estudios técnicos en el exterior Mariano Ospina en adelante Icetex.

Concepto 215841 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El término de prescripción de los derechos laborales de los servidores públicos es por regla general de tres (3) años contados a partir de la fecha en que se haya hecho exigible la obligación, por lo tanto, el reajuste de las vacaciones por un disfrute posterior al periodo reconocimiento prescribe a los tres años a partir del momento en que la obligación se hizo exigible.

Concepto 215851 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para la conformación de la comisión de personal se deben designar y elegir respectivamente dos (2) representantes del organismo o entidad y dos (2) representantes de los empleados quienes deben ser de carrera administrativa, en el mismo sentido, la norma establece que deben inscribirse por lo menos cuatro (04) candidatos por parte de los empleados, esto es, cuatro (04) funcionarios de carrera administrativa.

Concepto 215861 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Cuando el empleado se haya retirado del servicio, sin que se le hubiera dado la dotación respectiva, procederá la indemnización respectiva o el reconocimiento y pago del derecho en dinero, para lo cual el juez de conocimiento deberá tasar su valor. En este último caso, se puede acudir a la conciliación prejudicial, de acuerdo con las normas que regulan la materia.

Concepto 216401 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Cuando las vacaciones son iniciadas e interrumpidas por alguna de las causales establecidas en el artículo 15 del Decreto Ley 1045 de 1978, su reanude será en la fecha que se fije para el efecto y solamente en caso que se haya presentado variación en su salario habrá lugar a su reajuste sobre todos los elementos prestacionales a reconocerse al empleado en vacaciones, de lo contrario, sólo habrá lugar al disfrute por los días faltantes.