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Concepto 365561 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los jefes de cada entidad están facultados para adecuar la jornada laboral de los servidores de acuerdo con las necesidades de la entidad, para lo cual establecerán los horarios dentro de los que se prestarán los servicios, siempre y cuando se respete la jornada máxima de 44 horas semanales.

Concepto 365611 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Corresponde al jefe de la unidad de personal, previo al nombramiento mediante acto administrativa verificar y corroborar si el aspirante cumple con los requisitos para ocupar el cargo, exigidos por la ley y el manual de funciones de la entidad.

Concepto 365661 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"En caso de aspirar al cargo de alcalde o gobernador, el empleado público que desempeñe dentro de su cargo funciones que denotan autoridad civil, administrativa, política o militar dentro del marco arriba expuesto deberá renunciar 12 meses antes a los comicios electorales."

Concepto 365671 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"La entidad deberá ajustar el salario y las prestaciones sociales de los servidores públicos que se han retirado durante el año 2022 y para los que no se tuvo en cuenta el incremento salarial anual por no haber sido expedido el decreto respectivo, esto teniendo en cuenta que el incremento salarial es de carácter retroactivo al primero de enero del año correspondiente."

Concepto 365771 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Una vez aceptada la renuncia y terminado el vínculo laboral, la persona deja la calidad de servidor público y puede iniciar en cualquier momento otra relación laboral con otra entidad sin importar si se trata de un empleo de libre nombramiento y remoción."

Concepto 365871 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"El artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1° de la Ley 1960 de 2019, es clara al disponer que los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados en empleos de carrera administrativa en vacancia definitiva, siempre que cumplan con los requisitos para su desempeño, posean las aptitudes y habilidades para ejercerlos, no haber sido sancionados disciplinariamente y acrediten evaluación con calificación sobresaliente en su última evaluación de desempeño, sin que para el efecto se dispongan otro tipo de requisitos para que sea procedente encargar a un empleado en un empleo de vacancia definitiva correspondiente a la carrera administrativa."

Concepto 365911 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"La provisión de los empleos temporales deberá realizarse de conformidad con lo señalado por la Corte Constitucional; es decir, que los nominadores deberán solicitar las listas de elegibles a la Comisión Nacional del Servicio Civil; en caso de ausencia de lista de elegibles se debe dar prioridad a la selección de personas que se encuentren en carrera administrativa, cumplan los requisitos para el cargo y trabajen en la misma entidad."

Concepto 365921 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"No es procedente que un empleado tenga el disfrute de las vacaciones cuando se encuentre en periodo de prueba; para tal efecto, deberá esperar hasta que sea superado de manera satisfactoria dicho periodo."

Concepto 365931 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Un empleado público (que no se encuentre incurso en ninguna de las causales de inhabilidad consagradas en la ley, como por ejemplo, ejercer autoridad civil, política, administrativa o haber sido personero) puede permanecer en su empleo hasta un día antes de inscribirse como candidato a cualquier cargo de elección popular, teniendo en cuenta que como servidor público no puede participar en política. Si, por el contrario, el servidor público decide participar en política sin separarse previamente de su cargo, incurriría en violación del régimen de inhabilidades establecido en la Constitución Política y en la Ley."

Concepto 366031 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Quien ocupe el cargo de personero municipal y pretenda aspirar a la alcaldía del mismo Municipio, deberá inscribir su candidatura una vez transcurridos 12 meses desde la desvinculación del cargo de personero o haya finalizado su periodo constitucional; por lo que, en caso de tratarse de un municipio distinto no estaría inhabilitado para acceder al cargo de alcalde."