Filtros de búsqueda

Menos
Más
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 40.423 resultados - Solo se mostraran los primeros 10000 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Concepto 388261 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En caso de considerarlo procedente, el servidor público relacionado en su comunicación, deberá declararse impedido para actuar en un asunto cuando tengan interés particular y directo en su regulación, gestión, control o decisión, de acuerdo con los lineamientos que se han dejado indicados.

Concepto 388271 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El conflicto de intereses se configura cuando el servidor público con su actuación se favorezca a sí mismo o a sus parientes, en dicha tal circunstancia debe ser analizada por las partes interesadas y por la administración para determinar si se presenta el conflicto de interés.

Concepto 388381 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El aumento salarial de los funcionarios administrativos de la Secretaría de Educación de Boyacá y de las 255 Instituciones Educativas, debe ser fijado de acuerdo con la escala salarial que sea expedida por la Asamblea del Departamento, teniendo en cuenta el decreto de límites máximos establecido por el Gobierno Nacional.

Concepto 388401 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es procedente el reconocimiento y pago de horas extras al personal civil del Ministerio de Defensa Nacional siempre y cuando se encuentre dentro de las razones especiales dictaminadas por la Corte Constitucional en la sentencia C-024 de 1998.

Concepto 388421 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si dentro de los comités que se fusionaron en el comité de gestión y desempeño institucional no se encuentra el del comité de bajas, es posible crearlo en la respectiva entidad en el evento que el representante legal lo considere necesario.

Concepto 388491 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se encuentra inhabilitado para aspirar a ser elegido Edil en Bogotá D.C. si dentro de los tres (3) meses anteriores a la inscripción de la candidatura, el aspirante intervino en la gestión de negocios o en la celebración de contratos con el Distrito o ejecutó en la localidad contrato celebrado con organismo público de cualquier nivel.

Concepto 388751 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Cuando se efectúe la posesión en un cargo en específico se accede al mismo en las condiciones establecidas, es decir, nivel, denominación y salario asignado, no resultando viable que un servidor público devengue un salario distinto al asignado al cargo ofertado.

Concepto 388761 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Por solución de continuidad se entiende la interrupción o falta de relación laboral entre una y otra vinculación con la entidad pública.

Concepto 388841 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El nombramiento en provisionalidad obedece a una forma de proveer una vacante temporal o definitiva y en tal sentido el empleo debe existir en la planta de personal respectiva; Sobre los procedimientos para la reforma o reestructuración de la planta de personal deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 909 de 20045, la cual señala que toda reforma de planta de empleos de las entidades de la rama ejecutiva de los órdenes nacional y territorial deberán motivarse, fundarse en necesidades del servicio o en razones de modernización de la Administración y basarse en justificaciones o estudios técnicos que así lo demuestran.

Concepto 389051 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleador podrá dar por terminado la relación legal o reglamentaria, cuando sea reconocida o notificada la pensión por parte de las administradoras del sistema general de pensiones, siempre y cuando además de la notificación del reconocimiento de la pensión, se le notifique la inclusión en la nómina de pensionados correspondiente; Ley amplio de 65 a 70 años la edad máxima para desempeñar funciones públicas en el Estado, a los servidores públicos que prestan sus servicios en las ramas del poder público, órganos autónomos e independientes, órganos de control, entidades o agencias públicas y a los particulares que cumplen funciones públicas, con excepción de los funcionarios de elección popular ni a los mencionados en el artículo 29 del Decreto-ley 2400 de 1968, modificado por el artículo 1 del Decreto-Ley 3074 de 1968.