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Concepto 027381 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para salir del país, el alcalde, deberá contar con la autorización del concejo municipal y presentarle un informe previo sobre la comisión que se proponga cumplir en el exterior. En caso de no hallarse en sesiones el concejo municipal, le corresponde al Gobernador conceder la autorización de salida.

Concepto 027651 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Como quiera que el servicio social obligatorio se desarrolla por un período de un (1) año, le corresponde a la administración verificar y determinar si el extranjero beneficiario del Permiso Especial de Permanencia (PEP) cuenta con los requisitos y el tiempo suficiente para realizar su servicio social obligatorio en el país.

Concepto 028431 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No podrá ser inscrito como candidato, ni elegido, ni designado concejal municipal o distrital el empleado público que doce (12) antes de las elecciones haya ejercido jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, en el respectivo municipio, o quien como empleado público del orden nacional, departamental o municipal, haya intervenido como ordenador del gasto en la ejecución de recursos de inversión o celebración de contratos, que deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio.

Concepto 029531 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es necesario determinar en qué fecha se realizó la celebración del contrato, toda vez que de haberse celebrado dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección y su ejecución o cumplimiento en el mismo municipio al cual aspiraría, se configuraría la inhabilidad, pero si dicha celebración se realizó anteriormente, no estaría inhabilitado para aspirar al cargo de elección popular.

Concepto 029931 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Aún cuando el servidor público no ejerza autoridad en los términos de la Ley 909 de 2004, en todo caso deberá presentar renuncia a su empleo antes de la inscripción como candidato a un cargo de elección popular.

Concepto 029971 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

1) El empleado de la Unidad de Trabajo Legislativo del Congreso de la República al no ejercer autoridad civil, política o administrativa puede postularse para ser elegido como alcalde sin incurrir en inhabilidad o incompatibilidad. 2) No se evidencia inhabilidad para que quien ocupa un lote de terreno se postule y sea elegido en el cargo de alcalde, en razón a que no existe norma expresa que lo prohíba.

Concepto 030431 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para efectos de analizar sobre la inhabilidad de los contratistas es necesario determinar en qué fecha se realizó la celebración del contrato, toda vez que de haberse celebrado dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección, se configuraría la inhabilidad, pero si dicha celebración se realizó anteriormente, no estaría inhabilitado para aspirar a los cargos de elección popular.

Concepto 030551 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La licencia no remunerada no se computará para ningún efecto como tiempo de servicio y, por lo tanto, se descontará el tiempo tomado en la licencia ordinaria para el conteo del tiempo de servicio para acceder a la bonificación por servicios prestados, de tal forma que, para el reconocimiento y pago de la bonificación por servicios prestados, no se deberá tener en cuenta el tiempo que el empleado estuvo en licencia ordinaria, para lo cual el término de duración de la misma, correrá la fecha de causación del mencionado elemento salarial.

Concepto 030721 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El Inspector de Policía de un municipio ejerce autoridad civil, por lo que, en el caso consultado el interesado en aspirar al concejo debe presentar su renunciar dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de la elección.

Concepto 030741 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En caso de vacancia definitiva de un empleo de carrera y ante la existencia de lista de elegibles vigente, la entidad deberá nombrar en el cago a quien siga en lista, siempre que se cumplan las condiciones previstas en la ley y cumpliendo las manifestaciones brindadas por la Corte Constitucional y la Comisión Nacional del Servicio Civil, en ese sentido, las listas de elegibles deberán usarse durante su vigencia para proveer las vacantes de los empleos que integraron la Oferta Pública de Empleos de Carrera –OPEC– de la respectiva convocatoria y para cubrir nuevas vacantes que se generen con posterioridad al concurso y que correspondan a los mismos empleos.