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Concepto 012991 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las normas reguladas en el Código Sustantivo de Trabajo no son aplicables a los empleados vinculados con las entidades públicas, incluidos los entes territoriales, se reitera que, la Ley 2101 de 2021 no es aplicable a los trabajadores oficiales por cuanto, estos encuentran la regulación de su jornada laboral en el artículo 3° de la Ley 6 de 1945 así como, en las normas del reglamento interno de trabajo según las necesidades institucionales.

Concepto 013051 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El pago de cesantías, en relación a la Ley 1071 de 2006 establece que dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, deberá expedir la resolución correspondiente al reconocimiento, lo cual la entidad pública pagadora tendrá un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles para cancelar esta prestación social. En cuanto al plazo para liquidar y pagar los salarios, no existe una norma que disponga un término para su liquidación y pago, por lo que la entidad debe ser lo más diligente posible en este trámite, con el fin de no ocasionar un perjuicio que ponga en riesgo el mínimo vital de los ex servidores públicos.

Concepto 013061 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los empleados del nivel territorial vinculados al sector salud tienen derecho al mismo régimen prestacional de los empleados públicos del orden nacional, constituido por las prestaciones sociales contenidas en el Decreto ley 1045 de 1978. Por consiguiente, la entidad pública pagará la prima de navidad equivalente a un mes de salario correspondiendo al cargo desempeñado a 30 de noviembre de cada año, seguidamente la bonificación especial de recreación correspondiente a una cuantía de dos (2) días de la asignación básica mensual, la cual le será reconocida y pagada al empleado en el momento de iniciar el disfrute del respectivo período vacacional, y el al auxilio de cesantías será desde la fecha de su posesión y hasta la terminación de la respectiva vinculación y a un porcentaje de intereses a las cesantías del 12% anual o fracción si la vinculación fue menor a 12 meses.

Concepto 013261 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El conflicto de Interés es una figura dispuesta para todo aquel que se encuentre ejerciendo una función pública, que, en desarrollo de la misma, deba adelantar o sustanciar actuaciones administrativas, realizar investigaciones, practicar pruebas o pronunciar decisiones definitivas; por lo que se estructura cuando el servidor público con su actuación se favorezca a sí mismo o a sus parientes.

Concepto 013281 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Resulta viable jurídicamente solicitar la devolución de los pagos efectuados por los conceptos de auxilio de transporte, en aquellos casos en que los respectivos empleados con el incremento salarial hayan superado los dos (2) salarios mínimos mensuales vigentes.

Concepto 013301 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El conflicto de interés se estructura cuando el servidor público con su actuación se favorezca a sí mismo o a sus parientes. El constituyente quiso evitar, al prever la ocurrencia del conflicto de intereses, que el servidor público con su accionar haga prevalecer su interés personal o familiar sobre el general, buscando acabar con las ventajas personales distintas a las que se predican de la generalidad.

Concepto 013381 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Una empleada pública, al estar vinculada con anterioridad a que su compañero permanente se posesione como alcalde del mismo municipio, no estaría inhabilitada para continuar desempeñando el cargo en dicha entidad, en razón a que como lo expresa el Consejo de Estado, no existe ley que consagre esta situación como inhabilidad sobreviniente.

Concepto 013461 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El subsidio de transporte tiene por finalidad subsidiar los gastos que ocasiona al trabajador, el transporte desde su residencia al sitio de trabajo y de éste nuevamente a su residencia, que solo se causa por los días efectivamente trabajados, es decir, no se tendrá derecho al reconocimiento y pago del auxilio cuando el servidor público se encuentre en uso de licencia, suspendido en ejercicio de sus funciones, en vacaciones o cuando la entidad suministre el servicio. Tampoco se reconocerá cuando el servidor devengue más de 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes o, no tenga necesidad de utilizarlo.

Concepto 013481 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, mediante sentencia del 19 de marzo de 1998, declaró nulo el artículo 13 del Decreto 2164 de 1991, mediante el cual se facultaba a los gobernadores y alcaldes para adoptar los mecanismos necesarios con el fin de implementar la prima técnica de los empleados públicos del nivel territorial, por lo que no es procedente el reconocimiento, ya que no hay norma que consagre la posibilidad de otorgamiento, para los empleados de las entidades del orden territorial,

Concepto 013491 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Quien sea pariente dentro del primer grado de consanguinidad (padre e hijo, para el caso que se analiza) de quien ejerce como consejero de juventud, no estará inhabilitado para ser elegido alcalde por tal circunstancia, toda vez que éste no se encuentra vinculado como empleado público que ejerce autoridad civil, política o administrativa en el municipio en donde tiene sus aspiraciones electorales su pariente, en los términos de la prohibición contenida en el numeral 4 del artículo 95 de la Ley 136 de 1994.