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Concepto 053241 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Por expresa disposición legal, si como presidente de una junta de acción comunal, dentro del año anterior a la elección celebró contrato estatal con entidades públicas de cualquier nivel, entendiéndose por celebración el nacimiento del contrato, sin que interese el tiempo que se tarde en su ejecución, y el contrato se ejecutó en el respectivo municipio, en criterio de esta Dirección Jurídica se considera que se encuentra inhabilitado para ser elegido concejal en el mismo municipio.

Concepto 053601 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La intervención en política de los servidores públicos, incluidos los de las entidades de control, tal como se encuentra regulada la materia, únicamente permite la inscripción como miembro de su partido político. Por lo tanto, estaría prohibido participar abiertamente en política, hacer deliberaciones políticas públicamente, apoyar públicamente a un candidato o movimiento político para las elecciones ya sean al congreso de la República o a la presidencia de la República, alcaldes o gobernadores, difundir propaganda electoral a favor o en contra de cualquier partido, agrupación o movimiento político, a través de publicaciones, estaciones oficiales de televisión y de radio o imprenta pública, con excepción de lo autorizado en la citada ley, entre otras. Incurrir en alguna de estas prohibiciones puede generar para el servidor público investigaciones disciplinarias y su consecuente sanción.

Concepto 053751 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si un empleado público de carrera administrativa que fue suspendido de su cargo por orden de captura y medida de aseguramiento, al cual se le concedió libertad provisional por vencimiento de términos no es viable su reintegro de conformidad con lo señalado por el Consejo de Estado, por lo tanto, no procede el reconocimiento y pago de elementos salariales y prestacionales hasta tanto se produzca decisión de fondo.

Concepto 053791 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es importante resaltar que; (i) es necesario, útil y conveniente que los órganos, organismos y entidades de la rama ejecutiva del poder público, en lo nacional y en lo territorial, aprovechen el cuatrimestre para actualizar y ajustar sus plantas de personal, con base en las necesidades que vienen cubriendo a través de contratos precarios y procedan a formalizar sus empleos, inicialmente con plantas temporales, paso este esencial para proceder, con más tiempo y durante la vigencia de la temporalidad, a reestructurar sus ecosistemas administrativos, con base en un modelo que permita la implementación de la Bioadministración y proteja todas las expresiones de vida; (ii) las plantas deben cubrir los niveles que la entidad requiera, atendiendo principios de austeridad (Directiva Presidencial No. 08 del 17 de septiembre de 2022) y equivalencia entre el gasto contractual y el pago salarial; (iii) lo expresado en el numeral 3 de la Circular conjunta debe entenderse de acuerdo con la esencia de la misma, esto es, contratos “para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión”, previstos en el artículo 2, numeral 4, literal h de la Ley 1150 de 2007.

Concepto 054321 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La asignación de funciones es una figura de administración de personal en el sector público a la que puede acudir la administración cuando surjan funciones adicionales que por su naturaleza puedan ser desempeñadas por empleados vinculados a los cargos de la planta de personal de la entidad sin que se transforme el empleo de quien las recibe, o cuando la entidad necesite que se cumpla con algunas de las funciones de un cargo, pero siempre que las mismas tengan relación con las del cargo al que se le asignan.

Concepto 054331 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La jornada máxima legal para los empleados públicos de los niveles nacional y territorial, es de 44 horas semanales, en donde, dentro del límite fijado en dicho artículo y teniendo en cuenta las necesidades del servicio, el jefe de la respectiva entidad puede establecer el horario de trabajo y si es el caso, compensar la jornada del sábado con tiempo diario adicional de labor, sin que en ningún caso dicho tiempo compensatorio constituya trabajo suplementario o de horas extras. Los jefes de cada entidad están facultados para adecuar la jornada laboral de los servidores de acuerdo con las necesidades de la entidad, para lo cual establecerán los horarios dentro de los que se prestarán los servicios, siempre y cuando se respete la jornada máxima de 44 horas semanales, como lo dispone el Decreto Ley 1042 de 1978. Ahora bien, en relación a los trabajadores oficiales, la obligación legal para los mismos, es que su jornada laboral no exceda de 8 horas al día y de 48 horas semanales de conformidad con lo previsto en el artículo 3o de la Ley 6 de 1945.

Concepto 054451 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Lo dispuesto en la Ley 2101 de 2021 sobre jornada laboral solo es para aquellos trabajadores cuyas relaciones laborales estén reguladas y supeditadas a lo dispuesto en el Código Sustantivo de Trabajo, razón por la cual no es de aplicación a los servidores públicos.

Concepto 054561 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El tiempo que duren las licencias no remuneradas no es computable como tiempo de servicio activo, por lo tanto no se computa para el año cumplido del disfrute de vacaciones, y el lapso de duración correrá los plazos para completar el año de servicios.

Concepto 054601 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El retiro del empleado provisional procede siempre y cuando se motive el acto administrativo de desvinculación, con el fin de que el empleado conozca las razones por las cuales se le desvincula, para efectos de que ejerzan su derecho de contradicción, como se indicó anteriormente. En cuanto a la estabilidad, las normas no consagran un derecho a estabilidad de los empleados provisionales y únicamente establece que su retiro, como se manifestó, debe producirse mediante acto motivado.

Concepto 054651 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Quien es retirado efectivamente del servicio, el peticionario deberá presentar la respectiva solicitud de liquidación de las cesantías definitivas y, a su vez, la entidad respectiva deberá expedir la resolución correspondiente, siempre y cuando dicha solicitud reúna los requisitos señalados por ley, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de la presentación de la solicitud.