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Concepto 058361 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La norma en advertir sobre la prohibición que tienen los empleados públicos para recibir más de una asignación que provenga del tesoro público, por lo que en respuesta a su consulta no es procedente que bajo su calidad de empleado público suscriba un contrato de prestación de servicios con otra entidad del Estado, no obstante, de ser un contrato con el sector privado no encuentra esta dirección inhabilidad o impedimento alguno para recibir honorarios por actividades realizadas fuera de la jornada laboral, sin embargo, tal prerrogativa no es absoluta toda vez que, deben respetarse los deberes desarrollados en la Ley 1952 de 2019.

Concepto 058371 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Un ex Secretario de Gobierno, no se encuentra inhabilitado para ser nombrado nuevamente en el empleo en la misma entidad siempre y cuando cumpla con los requisitos para su desempeño; teniendo en cuenta que la inhabilidad contemplada en el artículo 3 de la Ley 1474 de 2011es aplicable para aquellos eventos en donde se vaya a celebrar un contrato de prestación de servicios en los términos arriba descritos.

Concepto 058391 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"La intervención en política de los servidores públicos, incluidos los de las entidades de control, tal como se encuentra regulada la materia, únicamente permite la inscripción como miembro de su partido político. Por lo tanto, estaría prohibido participar abiertamente en política, hacer deliberaciones políticas públicamente, apoyar públicamente a un candidato o movimiento político para las elecciones ya sean al congreso de la República o a la presidencia de la República, alcaldes o gobernadores, difundir propaganda electoral a favor o en contra de cualquier partido, agrupación o movimiento político, a través de publicaciones, estaciones oficiales de televisión y de radio o imprenta pública, con excepción de lo autorizado en la citada ley, entre otras. Incurrir en alguna de estas prohibiciones puede generar para el servidor público investigaciones disciplinarias y su consecuente sanción."

Concepto 058401 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para efectos de analizar sobre la inhabilidad de los contratistas es necesario determinar en qué fecha se realizó la celebración del contrato, toda vez que de haberse celebrado dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección, se configuraría la inhabilidad, pero si dicha celebración se realizó anteriormente, no estaría inhabilitado para aspirar a los cargos de elección popular.

Concepto 058421 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Aún cuando el servidor público no ejerza autoridad en los términos que se han dejado plasmados, en todo caso deberá presentar renuncia a su empleo antes de la inscripción como candidato a un cargo de elección popular.

Concepto 058431 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para efectos de analizar sobre la inhabilidad de los contratistas es necesario determinar en qué fecha se realizó la celebración del contrato, toda vez que de haberse celebrado dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección, se configuraría la inhabilidad, pero si dicha celebración se realizó anteriormente, no estaría inhabilitado para aspirar a los cargos de elección popular.

Concepto 058441 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La norma en advertir sobre la prohibición que tienen los empleados públicos para recibir más de una asignación que provenga del tesoro público, por lo que en respuesta a su consulta no es procedente que bajo su calidad de empleado público suscriba un contrato de prestación de servicios con otra entidad del Estado, no obstante, de ser un contrato con el sector privado no encuentra esta dirección inhabilidad o impedimento alguno para recibir honorarios por actividades realizadas fuera de la jornada laboral, sin embargo, tal prerrogativa no es absoluta toda vez que, deben respetarse los deberes desarrollados en la Ley 1952 de 2019, no obstante como quiera que se trata de una universidad pública no podrá suscribir el contrato de prestación hasta tanto no haya quedado en firme su renuncia y ya no ostente la calidad de empleado público.

Concepto 058561 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La norma es clara al determinar que los empleos deberán proveerse con los empleados que ocupen el empleo inmediatamente inferior dentro del mismo nivel jerárquico, así mismo, debe considerarse a su vez para determinar el encargo los requisitos desarrollados en el manual especifico de funciones y competencias laborales de la entidad, como también resulta un criterio relevante que el desempeño de su última evaluación de desempeño sea sobresaliente y no haber sido sancionado disciplinariamente en el último año.

Concepto 058611 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las falta temporales son situaciones taxativas en las que se puede ver un alcalde en desarrollo de sus funciones, y expresamente la norma señala como debe suplirse la falta, de manera que éste podrá designar a uno de sus secretarios y si no pudiere hacerlo, el Secretario de Gobierno o único del lugar asumirá las funciones mientras el titular se reintegra o encarga a uno de sus secretarios, razón por la cual no resultaría viable que el jefe de la oficina jurídica sea encargado como tal.

Concepto 058621 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se deberá realizar un análisis propio de las funciones del cargo de tesorero para efectos de verificar si ejerce o no autoridad civil, administrativa o política que tenga incidencia dentro del territorio donde su pariente se pretende elegir como alcalde, las cuales pueden verse reflejadas en funciones que implican poderes decisorios,decisorios, de mando, imposición, vigilancia y control sobre los subordinados en el respectivo territorio.