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Concepto 071971 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleado que lleva en incapacidad 180 días tiene derecho al reconocimiento y pago al reconocimiento de aportes a la seguridad social y de prestaciones sociales (aquellas determinadas en el Decreto Ley 1045 de 1978 y demás normas que lo modifiquen o adicionen). Esta incapacidad exceptúa las vacaciones (Decreto Ley 1045 de 1978, art. 22); por tanto, el reconocimiento de las mismas corresponde al tiempo efectivamente laborado sin incluir los días en que el empleado estuvo incapacitado.

Concepto 072141 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Quien se vincula a un nuevo cargo por superar el concurso de méritos, en virtud de la Ley 344 de 1996 se encuentra en el régimen de cesantías con liquidación anualizada, sin que exista fundamento legal para continuar con el régimen de cesantías que poseía en una relación laboral extinta independiete que haya ocupado un empleo en una situación administrativa de encargo o comisión en un empleo de libre nombramiento y remoción.

Concepto 072191 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Una vez vencido el período institucional del secretario del concejo municipal, aunque es reelegible a criterio de dicha Corporación, procede su desvinculación y en consecuencia, la liquidación de los elementos salariales y prestacionales a que haya lugar.

Concepto 072201 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El secretario del concejo municipal corresponde a un empleo de período fijo, el cual será elegido para un período de un año, reelegible a criterio de la Corporación y su primera elección se realizará en el primer período legal respectivo, y en caso de falta absoluta habrá nueva elección para el resto del período.

Concepto 072221 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las entidades públicas de la Rama Ejecutiva que estén sometidas al régimen general de contratación de la administración pública, incluidas las del nivel territorial, deben acoger y poner en práctica los lineamientos de la Circular Conjunta No. 005 de 2022 en el momento de adelantar los procesos de contratación pública.

Ley 2291 de 2023 - Nivel Nacional

Se transforma la naturaleza jurídica del Instituto Nacional de Cancerología y se define su objeto, funciones, estructura y régimen legal.

Concepto 057441 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El nombramiento en ascenso es el que se efectúa previa realización de un concurso, por lo tanto, no habrá ascenso directo, el mismo será producto de la participación y superación del respectivo proceso de selección por mérito en la misma entidad, no es procedente presentarse a un concurso de ascenso de otra entidad.

Concepto 068391 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si el empleado continúa prestando sus servicios en la misma administración sin que se produzca retiro efectivo de la entidad, no resulta viable que la administración realice la liquidación de los elementos salariales y prestacionales del cargo que ocupaba, sino que éstas se acumulan y se reconocerán al momento de su causación en el nuevo empleo, salvo que haya un cambio de asignación salarial (siendo menor la del nuevo empleo), toda vez que por principio de favorabilidad, será necesario hacer la liquidación respectiva.

Concepto 068511 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad (padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, tíos, primos, sobrinos), segundo de afinidad (suegros, nueras, hijos del cónyuge, yernos), o primero civil (padres adoptantes e hijos adoptivos) o tenga vínculos por matrimonio o unión permanente con los concejales que intervienen en su elección se encuentran inhabilitados para ser elegidos como personeros municipales. Existe inhabilidad para que el pariente en primer grado de afinidad como es el caso de una hijastra de un concejal se postule y sea elegida como personera en el respectivo municipio.

Concepto 068561 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Estará inhabilitado para ser elegido concejal municipal quien dentro del año anterior a la elección haya celebrado contrato con entidades públicas de cualquier nivel (nacional, departamental o municipal) en interés propio o de terceros, siempre que el contrato deba ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito, entendiendo por celebración, el nacimiento del contrato, sin que interese que tiempo se tarde en su ejecución. Para que constituya causa de inhabilidad se requiere que el contrato se celebre dentro del año anterior a las elecciones locales y que se ejecute o cumpla en el respectivo municipio respecto del cual se aspira a ser elegido concejal, sin que tenga injerencia las renovaciones o el tiempo de ejecución.