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Concepto 115371 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los trabajadores oficiales se regulan en material laboral por lo establecido en el contrato de trabajo, el reglamento interno, y dada su condición para suscribir convenciones colectivas, también se sujetan a lo establecido en las mismas y, por lo tanto, con el fin de determinar el monto del incremento salarial para los trabajadores oficiales, resulta procedente remitirse a lo pactado sobre el particular en los instrumentos indicados. Por lo tanto, el incremento anual del Salario Mínimo Legal Mensual Vigente o el incremento del Salario mensual que fije el Gobierno Nacional donde se fijan los límites máximos salariales de los Gobernadores, alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales, no es de aplicación obligatoria para los trabajadores oficiales.

Concepto 115541 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las Comisarías de Familia son dependencias o entidades de carácter administrativo e interdisciplinario del orden municipal, de manera que, el alcalde según los lineamientos del ente rector en este caso el ministerio de justicia y del derecho, debe garantizar la disponibilidad y la continua prestación del servicio de las comisarías de familia, para lo cual, se deberán adelantar las actuaciones que sean del caso y que permitan dar cumplimiento a la norma.

Decreto 419 de 2023 - Nivel Nacional

Amplía la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN.

Concepto 113961 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

De manera general la Ley 1821 de 2016 modifica la edad máxima para el retiro forzoso de las personas que desempeñan funciones públicas de 65 a 70 años, por consiguiente, se entenderá modificada la edad de retiro forzoso de los servidores públicos que prestan sus servicios en las ramas del poder público, órganos autónomos e independientes, órganos de control, entidades o agencias públicas y a los particulares que cumplen funciones públicas, con excepción de los funcionarios de elección popular ni a los mencionados en el artículo 29 del Decreto-ley 2400 de 1968, modificado por el artículo 1 del Decreto-Ley 3074 de 1968 , así como a los docentes universitarios, para estos ultimos el retiro forzoso se producirá hasta por 10 más que el que rige para los demás servidores públicos.

Concepto 113971 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En casos de abandono del cargo, compete a la Administración adelantar un procedimiento que permita ejercer el derecho de contradicción y defensa del empleado afectado, y expedir el acto administrativo declarando la vacancia, el cual debe estar precedido de una causa no justificada.

Concepto 113991 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo de carrera gozan de una estabilidad laboral relativa, lo que implica que únicamente pueden ser removidos por causas legales que obran como razones objetivas que deben expresarse claramente en el acto de desvinculación, dentro de las que se encuentra la provisión del cargo que ocupaban, con una persona de la lista de elegibles conformada previo concurso de méritos. En esta hipótesis, la estabilidad laboral relativa de las personas vinculadas en provisionalidad cede frente al mejor derecho de quienes superaron el respectivo concurso.

Concepto 114001 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La prohibición para el servidor que ejerza la función nominadora, consiste en que no puede nombrar, postular, ni contratar con personas con las cuales tenga parentesco en los grados señalados en la citada norma constitucional, es decir, hasta el cuarto grado de consanguinidad, como son padres, hijos, nietos, abuelos, hermanos, tíos, primos y sobrinos; segundo de afinidad - suegros, nueras y cuñados, o primero civil - hijos adoptivos y padres adoptantes; o relaciones de matrimonio o unión permanente.

Concepto 114011 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las funciones y competencias de la comisión de personal son regladas por la Ley 909 de 2004, entre ellas conocer en primera instancia de las reclamaciones de los empleados de carrera por eventual vulneración de sus derechos de carrera, como es el caso del encargo. En este caso, la comisión estudia la reclamación y presenta sus observaciones a la entidad, quien decidirá si las acepta o desestima. Si las niega, el empleado puede acudir en segunda instancia a la Comisión Nacional del Servicio Civil, y ordenar que se otorgue el encargo; caso en el cual, la entidad debe retirar del servicio al provisional mediante acto motivado. La comisión de personal no tiene competencia para determinar si un empleado cumple o no con el perfil y los requisitos del empleo, en tanto, tal verificación debió hacerla el jefe de talento humano

Decreto 381 de 2023 - Nivel Nacional

Modifica el artículo 6 del Decreto 1294 de 2021 en lo relacionado con la composición del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil.

Decreto 387 de 2023 - Nivel Nacional

Adiciona un Capítulo al Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, relacionado con el programa especial de dotación de tierras para sujetos de acceso a tierra a título gratuito afectados por situaciones de desastre o calamidad pública declaradas