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Concepto 137111 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Para los funcionarios del nivel directivo, profesional, técnico, asistencial u operativo en municipios de sexta categoría, el valor de los viáticos se fijarán según la remuneración mensual del empleado comisionado, la naturaleza de los asuntos que le sean confiados y las condiciones de la comisión, teniendo en cuenta el costo de vida del lugar o sitio donde deba llevarse a cabo la labor, hasta por el valor máximo de las cantidades señaladas en el Artículo 1 del Decreto 460 de 2022."

Concepto 137241 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"La liquidación de los elementos salariales y prestacionales se realiza cuando el empleado público se retira efectivamente de la entidad, en ese sentido, se considera que la relación laboral del empleado público que renuncia a su empleo y se posesiona inmediatamente en otro cargo en la misma entidad, no sufre interrupciones y por lo tanto el tiempo de servicios será acumulado para todos los efectos."

Concepto 137301 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Los comisarios y comisarías de familia que acrediten derechos de carrera administrativa los conservarán mientras permanezca en el cargo, de conformidad con el Artículo 6 de la Ley 909 de 2004 o la norma que la modifique o adicione y ejercerán las funciones correspondientes."

Concepto 137341 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Se podrá hacer la liquidación y pago parcial de cesantías cuando el trabajador las requiera para financiar los pagos por matriculas y que el dinero será girado directamente a la entidad educativa. Por tanto, si el empleado ya realizó el pago no será procedente el reconocimiento y pago de esta prestación."

Concepto 137361 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Los intereses a las cesantías de los afiliados, en el caso del Fondo Nacional del Ahorro, serán acumulados por esta última entidad y abonados directamente en la cuenta del afiliado, dado que, tal y como se establece en el artículo 13 de la Ley 432 de 1998, es responsabilidad del Fondo Nacional del Ahorro, el pago de cesantías a los afiliados de acuerdo al monto de los aportes efectivamente consignados, los intereses sobre las cesantías y el porcentaje de qué trata el artículo 11."

Concepto 137511 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"El empleado público tiene la obligación de todo servidor público de dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas; así mismo, no debe prestar a título particular, servicios de asistencia o asesoría en asuntos relacionados con las funciones propias del cargo de la entidad donde preste sus servicios."

Concepto 137521 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Se podrá hacer la liquidación y pago parcial de cesantías cuando el trabajador las requiera para financiar los pagos por matriculas y que el dinero será girado directamente a la entidad educativa. Por tanto, si el empleado ya realizó el pago no será procedente el reconocimiento y pago de esta prestación."

Concepto 137541 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Los servidores públicos afiliados al Fondo Nacional de Ahorro tienen derecho al reconocimiento de intereses a las cesantías en los términos del artículo 12 de la Ley 432 de 1998 así: Artículo 12° sobre cesantías: “A partir del 1o de enero de 1998 el Fondo Nacional de Ahorro reconocerá y abonará en la cuenta de cesantías de cada servidor público afiliado, un interés equivalente al sesenta por ciento (60%) de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor, IPC, sobre las cesantías liquidadas por la entidad nominadora correspondientes al año inmediatamente anterior o proporcional por la fracción de año que se liquide definitivamente."

Decreto 493 de 2023 - Nivel Nacional

Adiciona un parágrafo del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con el Comité de Inversiones del Fondo de Reserva para la Estabilización de la Cartera Hipotecaria- FRECH

Concepto 111111 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se podrá hacer la liquidación y pago parcial de cesantías cuando el trabajador las requiera para financiar los pagos por matriculas y el dinero será girado directamente a la entidad educativa; no obstente, en todo caso el reconocimiento y pago se realizara una vez se haya causado el derecho a percibir ese rubro.