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Concepto 128871 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La prohibición para el empleado que ejerza la función nominadora consiste en que no puede nombrar en la entidad que dirige a personas con las cuales esté ligados por matrimonio o unión permanente, o con quienes tenga relación de parentesco en los grados señalados en la citada norma constitucional, es decir, hasta el cuarto grado de consanguinidad (padres, hijos, nietos, abuelos, hermanos, tíos, primos y sobrinos), segundo de afinidad (suegros, yernos, nueras y cuñados) o primero civil (hijos adoptivos y padres adoptantes). Tampoco podrá nombrar a personas vinculadas por los mismos lazos con el servidor público competente para intervenir en la vinculación del nominador. Esta prohibición tiene como única excepción los nombramientos que se hagan en la aplicación a las normas vigentes sobre ingreso o ascenso por concurso.

Concepto 128971 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La interrupción de las vacaciones se presenta cuando el servidor público se encuentra disfrutando de las mismas y, el jefe de la entidad o su delegado ordena mediante acto administrativo motivado la suspensión del disfrute siempre y cuando se cumpla una de las causales previstas en la norma; el permiso sindical como causal para efectuar la interrupción de las vacaciones.

Concepto 128991 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Concepto 129051 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En caso de mora en el pago de las cesantías definitivas o parciales de los servidores públicos, la entidad obligada reconocerá y cancelará de sus propios recursos, al beneficiario, un día de salario por cada día de retardo hasta que se haga efectivo el pago de las mismas, para lo cual solo bastará acreditar la no cancelación dentro del término previsto en este artículo. Sin embargo, la entidad podrá repetir contra el funcionario, cuando se demuestre que la mora en el pago se produjo por culpa imputable a este.

Concepto 129071 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Concepto 129101 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El competente para llamar la atención de un servidor es el jefe inmediato, subrayando que el fundamento que existía para hacer anotaciones en la hoja de vida de los servidores públicos (apartes del Artículo 51 de la Ley 734 de 2002), fue declarado inexequible por la Corte Constitucional en la sentencia C-1076 de 2002, de modo que actualmente no existe sustento legal para que, al interior de la entidad, se realicen llamados de atención con copia a la hoja de vida del empleado.

Concepto 129281 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleado público que devengue hasta dos (2) veces el salario mínimo legal mensual vigente y que prestan sus servicios en entidades del nivel territorial, tendrán derecho al reconocimiento y pago del auxilio de transporte, siempre y cuando la entidad no les suministre el servicio de transporte, el empleado no se encuentre disfrutando de vacaciones, ni en uso de licencia o suspendido en el ejercicio de sus funciones y, en palabras de la Corte, el empleado lo necesite realmente y la entidad cuente con los recursos presupuestales para el efecto en la respectiva vigencia fiscal, sin superar los límites señalados en la ley 617 de 20005

Concepto 129321 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Concepto 129671 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Concepto 129701 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública