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Concepto 167281 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El incremento salarial anual puede concertarse entre las organizaciones sindicales y autoridad territorial, resulta viable efectuar un aumento superior a lo establecido por el Gobierno Nacional siempre que se tengan en cuenta los siguientes aspectos: - Los límites máximos salariales fijados por el Gobierno Nacional, actualmente establecidos en el Decreto 462 de 2022 que continua vigente hasta tanto se expida el aumento salarial para la vigencia 2023.- El salario del alcalde o gobernador, con el fin de que ningún funcionario devengue un salario superior al de aquel, según el caso.- Las finanzas de la entidad.- El derecho al incremento salarial de que gozan todos los empleados del ente territorial.

Concepto 167311 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las inhabilidades e incompatibilidades de los docentes vinculados a los entes autónomos universitarios, son especiales, las cuales pueden ser iguales o distintas a las aplicables a otras entidades de educación superior, públicas y privadas, o a las demás entidades estatales, siempre y cuando con ellas no se vulnere su autonomía, considerando procedente que el interesado revise los estatutos de la universidad a la que hace referencia en su escrito con el fin de determinar si existe algún tipo de inhabilidad o incompatibilidad para que un docente se postule para inscribirse y ser elegido en un cargo de elección popular como es el caso del diputado.

Concepto 167321 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No podrá ser personero quien, entre otros, esté incurso en las causales de inhabilidades para ser alcalde. Respecto de las inhabilidades para ser alcalde, de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 617 de 2000, no podrá postularse para ser elegido en el cargo de alcalde, entre otros, quien dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel municipal o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio.

Concepto 167391 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos para su ejercicio contenidos en el manual específico de funciones y de competencias laborales que tenga adoptado la entidad, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, su última evaluación del desempeño sea sobresaliente, no hayan sido sancionados disciplinariamente en el año anterior y se encuentren desempeñando el empleo inmediatamente inferior al que se va a proveer, igualmente evento en que no haya empleados de carrera con evaluación sobresaliente, el encargo deberá recaer en quienes tengan las más altas calificaciones descendiendo del nivel sobresaliente al satisfactorio.

Concepto 167421 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Con fundamento en los criterios y disposiciones expuestos, además de la Ley 1755 de 2015, en ejercicio de la autoridad disciplinarias es posible requerir la solicitud de un pronunciamiento técnico científico o artístico por parte de un servidor público o un particular, para que obre como prueba dentro de la actuación administrativa. Esta solicitud puede exigir el término que se considere pertinente para dar trámite oportuno a la práctica de pruebas y la resolución del proceso disciplinario.

Concepto 167431 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Una vez cumplido el año de servicios, los empleados tienen derecho al descanso remunerado por vacaciones, entendido como el periodo en que el empleado podrá reparar sus fuerzas intelectuales y físicas, entre otras actividades de reconocimiento como ser humano, las cuales solo podrán ser aplazadas por razones del servicio, mediante acto administrativo debidamente motivado.

Concepto 167501 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La provisión de los empleos de carrera administrativa, se realiza por medio del concurso de mérito, en el entretanto es procedente que la administración de forma provisional, provea esos empleos con empleados de carrera administrativa, a través del encargo, y sólo en caso de no encontrar personal que cumpla requisitos para ser encargado en el determinado empleo, podrá realizar nombramiento provisional previo cumplimiento de los requisitos y del perfil para el desempeño de dicho cargo; es decir, que la provisionalidad no es una de las naturalezas de los empleos públicos, sino la forma de proveer de manera excepcional, un empleo de carrera administrativa.

Concepto 167631 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El aspirante sea empleado público, que en su cargo ejerza autoridad política, civil, Administrativa, militar, o que ese ejercicio lo haya realizado en el respectivo municipio en el cual se aspira al cargo de elección popular, o que dicha autoridad se haya ejercido dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de la elección, deberá presentar renuncia para poder postularse.

Concepto 167661 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La prohibición para el funcionario que ejerza la función nominadora, consiste en que no puede nombrar, postular, o contratar en la entidad que dirige, a personas con las cuales tenga relación de parentesco en los grados señalados en la citada norma constitucional, es decir hasta el cuarto grado de consanguinidad, como son padres, hijos, nietos, abuelos, hermanos, tíos, primos y sobrinos; segundo de afinidad-suegros, nueras, yernos y cuñados, o primero civil - hijos adoptivos y padres adoptantes; o relaciones de matrimonio o unión permanente.

Concepto 167681 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La ley estableció causales de impedimentos para ser veedor, entre las cuales se encuentra no ostentar la calidad de edil, concejal, diputado y congresista; quiere decir esto que, para aspirar a ser veedor no podrá ser miembro de estas corporaciones públicas. Adicionalmente a ello es importante destacar que dichos impedimentos se predican al momento postularse para ser elegido como veedor; es decir, que para determinar si un aspirante no estaba impedido para postularse al cargo de veedor, era procedente que el interesado revisara las circunstancias relevantes al momento de la elección como candidato. Por lo tanto, para ser elegido veedor no debía estar incurso en las causales de impedimentos de que trata la disposición legal anteriormente citada, entre las cuales está no ser concejal.