Filtros de búsqueda

Menos
Más
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 40.430 resultados - Solo se mostraran los primeros 10000 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Concepto 149521 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Como iniciativa del Gobierno Nacional, todo servidor público (empleado público o trabajador oficial), sin importar el nivel (territorial o nacional), que completó su esquema de vacunación en el mes de diciembre de 2021 o que se hubiera aplicado la dosis de refuerzo en los tiempos y ciclos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, tenía derecho a descansar un día dentro del primer trimestre del año 2022."

Concepto 149531 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Posterior a la expedición del acto administrativo que contenga el nombramiento del educador en periodo de prueba, se tienen 5 días hábiles no prorrogables, para comunicar a la entidad la aceptación al cargo. En ese mismo orden de ideas, dispone la norma que se tendrán 10 días hábiles después de aceptado el cargo para tomar posesión del mismo, no obstante, contempla la norma una prórroga a dicho término, indicando que aquél no podrá ser superior a cuarenta y cinco (45) días calendario."

Concepto 149551 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los programas de bienestar social están dirigidos a los empleados de la entidad y sus familias, sin que señale la norma que también irán dirigidos para quienes ya se encuentran jubilados.

Concepto 069241 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El nominador cuenta con una facultad discrecional para retirar del servicio a los empleados de libre nombramiento y remoción, en atención a la naturaleza de ese tipo de empleos; no obstante, jurisprudencialmente se ha reconocido la figura de “renuncia protocolaria”, según la cual la administración como un acto de cortesía le solicita al empleado su renuncia, para no hacer efectiva la facultad discrecional en mención.

Concepto 137791 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"La autonomía universitaria consagrada en el artículo 69 de la Constitución no faculta a los entes universitarios autónomos para crear el régimen salarial y prestacional del personal docente de las mismas, pues el competente para ello es el Congreso de la República, que lo ha delegado en el Gobierno Nacional."

Concepto 139791 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No existe impedimento, para que el representante legal de una empresa prestadora de servicios públicos domiciliarios de naturaleza privada se vincule como empleado público en un cargo dentro de la UTL de un Senador de la República.

Concepto 142751 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se deberá revisar si en el presupuesto aprobado por el Consejo Nacional de Estupefacientes se aprobaron recursos a la Sociedad de Activos Especiales S.A.S. – SAE S.A.S., para la celebración de contratos para el desarrollo de actividades misionales y propias de la Sociedad, se podrá adelantar la contratación correspondiente.

Concepto 142991 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es viable que la administración realice la liquidación de los elementos salariales y prestacionales del cargo que ocupaba el empleado para evitar un perjuicio económico para el empleado.

Concepto 143181 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La norma no determinó la forma como se debe adelantar la liquidación de la compensación de las vacaciones y prima de vacaciones a favor de los diputados, por lo que se considera que la parte interesada deberá verificar si en la reglamentación interna de la asamblea departamental se ha contemplado la compensación de las vacaciones a favor de los diputados o, si se ha remitido en lo pertinente al Decreto Ley 1045 de 1978

Concepto 143251 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"El empleado público que devengue hasta dos (2) veces el salario mínimo legal mensual vigente y que preste sus servicios en entidades del nivel territorial, tendrán derecho al reconocimiento y pago del auxilio de transporte. Siempre y cuando la entidad no les suministre el servicio de transporte, el empleado no se encuentre disfrutando de vacaciones, ni en uso de licencia o suspendido en el ejercicio de sus funciones, lo necesite realmente y la entidad cuente con los recursos presupuestales para el efecto en la respectiva vigencia fiscal, sin superar los límites señalados en la ley 617 de 20005"