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Concepto 179071 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Los empleados públicos podrán presentar pliego de peticiones en relación con las condiciones del empleo excluyendo la negociación elementos salariales y prestacionales por cuanto, dicha regulación le corresponde al Gobierno Nacional de conformidad con lo expuesto en la Ley 4 de 1992 en concordancia con el literal e) del numeral 19 del artículo 150 de la Carta Política. De igual manera, en cuanto a la creación de elementos salariales y prestacionales, es importante tener en cuenta que los mismos se regulan según lo consagrado en los Decretos. Ley 1042 y 1045 de 1978 para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional. Por ende, la regulación de estos por quien no tiene la competencia es ilegal, de acuerdo con lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil, del Consejo de Estado".

Concepto 179111 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"• Sólo se pueden autorizar el reconocimiento y pago de horas extras, siempre y cuando el empleado pertenezca al nivel técnico hasta el grado 09 o al nivel asistencial hasta el grado 19. (Decretos salariales dictados anualmente, el actual es el Decreto 473 de 20226) y en ningún caso podrán pagarse más de 50 horas extras mensuales. O de máximo 100 horas para el caso de los conductores mecánicos. • Sólo procede el pago de los turnos de disponibilidad, cuando éstos se cumplen en el lugar de trabajo, de tal suerte que el empleado no pueda realizar otras actividades. Si, por el contrario, durante esta disponibilidad, el empleado permanece en su casa, desarrollando actividades familiares y personales se considera que no procede pago, en cuanto no existe prestación efectiva de las funciones propias del empleo. No obstante, al darse una limitación a la disposición del tiempo libre del trabajador, se considera que podría contemplarse una forma de manejo de esta «disponibilidad» que se cumple fuera de la sede de trabajo, para incluirla, por ejemplo, dentro de la jornada laboral"

Concepto 179141 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La reubicación consiste en el cambio de ubicación de un empleo, en otra dependencia de la misma planta global, teniendo en cuenta la naturaleza de las funciones del empleo. Es decir, será procedente la reubicación de empleos, siempre que sea por necesidades del servicio, se ajuste a las normas legales, y que no se desmejoren las condiciones laborales, salariales, personales y familiares del funcionario, lo cual, deberá tener presente la entidad al momento de efectuar el movimiento de personal. Se precisa que en la planta global la administración puede reubicar, un cargo donde lo requiera, y las funciones serán las del área donde esté ubicado, siempre y cuando sean de la misma naturaleza y del mismo nivel jerárquico del cargo del cual es titular el funcionario, de tal forma que no se desnaturalice el empleo.

Concepto 179571 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Teniendo en cuenta que la junta de acción comunal es una organización cívica, social y comunitaria de gestión social, sin ánimo de lucro, de naturaleza solidaria, con personería jurídica y patrimonio propio, integrada voluntariamente por los residentes de un lugar, se considera que el presidente de una Junta de Acción Comunal de un corregimiento no tiene la calidad de servidor público y por consiguiente, no se evidencia inhabilidad para que se postule y sea elegido edil de una Junta Administradora local del mismo municipio.

Concepto 179581 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"En caso de una vacancia temporal en empleos de libre nombramiento y remoción, será procedente efectuar un encargo con empleados que desempeñan cargos de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción siempre y cuando acrediten los requisitos y cumplan con el perfil para su ejercicio, además que cumplan con los requisitos exigidos en el manual específico de funciones y competencias laborales adoptados por la entidad. Por otra parte, la situación en la que puede encontrarse el funcionario de carrera administrativa es a la comisión, a la cual se tendrá derecho una vez se cumpla con los requisitos señalados en la norma. respecto del proceso, documentos, a donde se envían, tiempos etc., toda vez que la norma no los establece expresamente, será la entidad respectiva la encargada de establecer los requeridos, de conformidad con las condiciones anotadas."

Concepto 179661 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Las horas extras y el trabajo suplementario se reconocerá a los empleados del nivel técnico hasta el grado 09 o del nivel asistencial hasta el grado 19, sin que en ningún caso pueda pagarse más de 50 horas extras mensuales; y si el tiempo laborado fuera de la jornada ordinaria superara dicha cantidad, el excedente se reconocerá en tiempo compensatorio, a razón de un día hábil por cada 8 horas extras de trabajo, en aras de garantizar el derecho al descanso, sin que resulte procedente autorizar el reconocimiento y pago de horas extras. debe señalarse que, si existen actividades especiales que deban ser cumplidas por funcionarios que no tienen derecho al reconocimiento y pago de trabajos suplementarios, la Administración, dentro de su organización interna, puede, en aras de satisfacer las necesidades del servicio y no desconocer los derechos mínimos irrenunciables del trabajador, como el descanso, consagrado constitucionalmente en el artículo 53, otorgar a los servidores un tiempo de descanso que supla el laborado por fuera de la jornada ordinaria."

Concepto 179671 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El término de duración del encargo y del nombramiento provisional en la Contraloría General de la República, cuando se trate de vacancia definitiva, no podrá exceder los cuatro (4) meses. Cuando por circunstancias debidamente justificadas ante el Consejo Superior de Carrera, una vez convocados los concursos, éstos no puedan culminarse, el término de duración de los encargos o de los nombramientos provisionales podrá prorrogarse hasta por cuatro (4) meses más y por una sola vez, previo concepto del Consejo Superior de Carrera. Así las cosas, deberá acudir directamente ante esa entidad para que se le informe sobre las condiciones de su retiro.

Concepto 179681 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"La nivelación salarial no existe en el ordenamiento jurídico; lo que procede es la modificación de la planta de personal de una entidad u organismo público suprimiendo unos empleos y creando otros con grados salariales más altos, lo cual, debe estar precedido de un estudio técnico que así lo determine bajo los términos y condiciones previstos en el Decreto 1083 de 2015. No es materia de negociación la estructura orgánica y la interna de sus entidades y organismos, en tanto, la modificación de la planta de empleos procede por necesidades del servicio o en razones de modernización de la administración posterior a un estudio técnico realizado por la respectiva entidad u organismo público. Está prohibido negociar respecto a la potestad subordinante de la autoridad pública en la relación legal y reglamentaria. • La potestad subordinante de la autoridad pública en la relación legal y reglamentaria no es objeto de negociación; la cual es potestativa de la entidad "

Concepto 179721 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los jefes de cada entidad están facultados para adecuar la jornada laboral de los servidores públicos de acuerdo a las necesidades del servicio, siempre y cuando se respete la jornada máxima de 44 horas semanales, como lo dispone el Decreto Ley 1042 de 1978.

Concepto 179731 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En caso de vacancia definitiva, el plazo máximo será hasta por el término de tres (3) meses, Prorrogables por tres (3) meses más, vencidos los cuales el empleo deberá ser provisto en forma definitiva. En caso de vacancia temporal, será por el término de duración de la vacancia. A los empleados con derechos de carrera administrativa se les podrá encargar para ocupar empleos de libre nombramiento y remoción en caso de vacancia temporal o definitiva, siempre que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño, por lo que no resultarían afectados sus derechos de carrera administrativa.