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Concepto 178741 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La vacancia temporal del empleo de Comisario de Familia deberá proveerse mediante la situación administrativa del encargo; en caso de que en la planta de personal no exista un empleado que cumpla con los requisitos y competencias exigidos para el desempeño del empleo de manera excepcional se deberá proveer el empleo a través del nombramiento en provisionalidad. Finalmente, y en hilo de lo señalado en la parte inicial del presente concepto, se resalta que una vez entre en vigencia el artículo 11 de la Ley 2126 de 2021, la naturaleza del empleo de comisario de familia pasará a ser de periodo y de nivel directivo, y por tal motivo, la provisión de la vacancia temporal seguirá otras reglas.

Concepto 178791 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"El extranjero que pretenda ejercer actividad laboral en Colombia deberá cumplir con los requisitos que se exigen y que han sido tratados en el presente escrito, para el caso de los Venezolanos, se considera pertinente manifestar que con el permiso por protección temporal (PPT) podrán vincularse mediante contrato laboral solamente por el tiempo determinado en el mencionado permiso, a juicio de la autoridad migratoria en Colombia, sin que la norma contemple la vinculación legal y reglamentaria, vinculación propia de los empleados públicos. Así las cosas, y como quiera que en la norma no se contempla la posibilidad de una vinculación legal y reglamentaria, en criterio de esta Dirección Jurídica, no es procedente que el extranjero beneficiario del permiso por protección temporal (PPT) se vincule en un empleo público, pues no existe norma que lo permita."

Concepto 178821 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La intervención en política de los servidores públicos, tal como se encuentra regulada la materia, únicamente permite la inscripción como miembro de su partido político. Por lo tanto, estaría prohibido participar abiertamente en política, hacer deliberaciones políticas públicamente, apoyar públicamente a un candidato o movimiento político para las elecciones ya sean al congreso de la República o a la presidencia de la República, alcaldes o gobernadores, difundir propaganda electoral a favor o en contra de cualquier partido, agrupación o movimiento político, a través de publicaciones, estaciones oficiales de televisión y de radio o imprenta pública, a excepción de lo autorizado en la presente ley, entre otras. Incurrir en alguna de estas prohibiciones puede generar para el servidor público investigaciones disciplinarias y su consecuente sanción.

Concepto 178871 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"La inhabilidad para ser alcalde, concejal o diputado en razón a la suscripción de contratos con entidades de cualquier nivel, se deriva del lugar donde se ejecuta el contrato. Por ende, de ejecutarlo en el municipio (alcalde o concejal) o departamento (diputado) de la elección; a fin de no inhabilitar su candidatura, corresponde al interesado determinar la fecha de celebración del contrato la cual, debe ser como mínimo de 12 meses antes de las elecciones. De ser así, puede continuar con la ejecución del mismo hasta dado el caso de ser elegido, antes de tomar posesión, y ser acreditado como tal, debe ceder o renunciar al contrato, a fin de evitar estar incurso en la incompatibilidad relacionada con la prohibición de celebrar contratos en interés particular dada su nueva calidad como servidor público. La inhabilidad en razón de parentesco, para ambos casos, se deriva del ejercicio de autoridad en el sitio de la elección, ya sea departamento (diputado) o municipio (alcalde o concejal). Por ende, y dado que un registrador de instrumentos públicos es el responsable del funcionamiento técnico y administrativo de las respectivas oficinas de registro de instrumentos públicos (Ley 1579 de 20129, art. 92) y el vicerrector es un empleo del nivel directivo (Decreto Ley 785 de 2005, art. 16) en la respectiva universidad."

Concepto 178891 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El servidor público del nivel nacional que aspire a ser elegido edil de Bogotá D.C. deberá renunciar a su cargo, y la misma ser aceptada antes de la inscripción de su candidatura al cargo de edil, con el fin de poder realizar las actividades propias de la contienda electoral, sin incurrir en la prohibición contenida en el numeral 4° del artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993 y que no podría participar en política teniendo la calidad de empleado público.

Concepto 178941 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Durante la licencia por enfermedad general o profesional, el empleado tiene derecho a las prestaciones económicas señaladas en la normativa que las regula, las cuales estarán a cargo de la entidad de seguridad social competente; y a partir del tercer día de la licencia por enfermedad se genera vacancia temporal, y por necesidades del servicio podrá ser provisto el empleo, por el tiempo que dure la incapacidad, de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido; caso en el cual, la remuneración se reconocerá y pagará con el rubro previsto ara el respectivo empleo.

Concepto 178961 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Los veteranos de la Fuerza Pública que tengan una asignación e retiro o una pensión por invalidez, pueden volver a incorporarse con entidades del orden público, teniendo en cuenta que se encuentran dentro de las excepciones establecidas en la Ley 4 de 1992. En cuanto al tipo de vinculación, será la entidad la que determine si será vinculado como empleado público, contratista o trabajador oficial. los veteranos de la Fuerza Pública que tengan una asignación de retiro o una pensión por invalidez podrán vincularse laboralmente con el sector privado teniendo en cuenta que no hay inhabilidad por el origen de los recursos."

Concepto 179001 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleado de carrera administrativa, que en virtud de un concurso accedió a otro cargo y se encuentra en periodo de prueba, tiene la posibilidad de regresar a ocupar su cargo anterior, bien porque no superó satisfactoriamente el periodo de prueba o porque renuncia antes de cumplirse el término de dicho período, o porque cumplido dicho término, desea en todo caso regresar al cargo anterior y presenta renuncia. En todos estos eventos, ya sea que el empleado no supere el período de prueba, o que sea retirado por renuncia aceptada, debe regresar inmediatamente al empleo que venía desempeñando antes del concurso y de esa manera conserva su inscripción en la carrera administrativa.

Concepto 179041 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Una vez el empleado se le otorgué comisión, su cargo se declarará en vacancia temporal la cual podrá ser provista por el tiempo que duré la misma. Del mismo modo se evidencia que, la obligación del servidor para regresar a su cargo de carrera, se configura una vez culmine el término de la comisión, el de su prórroga o cuando el empleado renuncie al cargo de libre nombramiento y remoción o sea retirado del mismo antes del vencimiento del término de la comisión, en todo caso, la entidad que otorga la comisión podrá darla por terminada por necesidades del servicio, lo que se hará por acto motivado.

Concepto 179051 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

las prohibiciones contenidas en el artículo 174 de la Ley 136 de 1994 se circunscriben a quien pretenda ser elegido en el cargo, mas no para ser designado temporalmente en el mismo, como en la situación planteada en su consulta. Por lo tanto, en caso de que el concejo municipal tenga que designar temporalmente a una persona para ocupar el cargo de Personero Municipal, solo se deberá verificar que ésta acredite las calidades exigidas en la ley para ocupar dicho empleo, en los términos previstos en el artículo 172 de la Ley 136 de 1994.