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Concepto 191371 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para efectuar traslados Interinstitucionales o permutas de empleados públicos, primero debe existir un empleo vacante definitivamente, las entidades implicadas deberán analizar que los dos empleos tengan funciones y requisitos similares entre sí, y que las necesidades del servicio permitan realizar dicho traslado. Adicionalmente a ello, se deberá establecer que este movimiento de personal, no implique condiciones menos favorables para los empleados; entre ellas, que la remuneración sea igual; así mismo se conservan los derechos de carrera y de antigüedad en el servicio y que ambos cargos deben tener la misma naturaleza. También se deberá verificar que, a la luz de las normas citadas, el traslado o permuta sea “horizontal”, como quiera que consiste en una forma de proveer un empleo con funciones afines al que desempeña, de la misma categoría y para el cual se exijan requisitos mínimos similares, es decir, que no implica un ascenso ni descenso

Concepto 191401 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se aplicará lo dispuesto en el Artículo 47 y s.s. de la Ley 909 de 2004 o la norma que la modifique o adicione para los cargos de gerencia pública de la administración, se tendrán en cuenta los criterios de mérito, capacidad y experiencia para el desempeño del empleo, y se podrá utilizar la aplicación de una o varias pruebas dirigidas a evaluar los conocimientos o aptitudes requeridos para el desempeño del mismo, la práctica de una entrevista y una valoración de antecedentes de estudio y experiencia. Corresponde a los municipios y distritos definir la ponderación de cada uno de estos criterios.

Concepto 191431 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se debe tener en cuenta que el encargo presenta un doble carácter, es decir, constituye una situación administrativa, y también una modalidad transitoria de provisión de empleos; el encargo puede ser total o parcial, lo que indica que en el primer caso el funcionario se desprende de las funciones que le son propias y asume todas las del nuevo empleo y para el segundo caso, asume solo una o algunas de ellas, así como que el encargo se produce por ausencia del servidor temporal o definitiva del cargo del cual es titular. Ahora bien, se debe tener en cuenta que, como situación administrativa, el encargo permite a la entidad sortear situaciones como las ausencias temporales, con el fin de no afectar la prestación del servicio, ni el correcto funcionamiento de la entidad; de manera que el encargo será procedente en los términos de la norma y en todo caso corresponde a la entidad determinar el encargo que sea más conveniente respecto de la situación interna. Es decir, dado que el encargo puede ser total o parcial, podrá realizar la entidad encargo en alguna de las dos formas en los términos de la norma con la persona objeto de consulta, siempre y cuando se reúnan los requisitos para tal fin.

Concepto 191511 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El pago de la bonificación por servicios prestados se reconoce una vez el empleado cumpla un año de servicios, que para todos los efectos corresponde a la fecha de posesión. No obstante, cuando el empleado al momento del retiro no haya cumplido el año continuo de servicios tiene derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la misma.

Concepto 191531 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se encuentra dispuesta como causal de retiro del servicio de empleados, la calificación no satisfactoria en el desempeño del empleo del cual es titular, así también lo dispone el decreto 775 de 2005, como determinación en la permanencia del ejercicio de las funciones de un empleado por el resultado no satisfactorio en la evaluación del desempeño laboral, de manera que al ser una causal autónoma de retiro, no será necesario esperar a que la persona objeto de consulta sea incluida en nómina de pensionados para que pueda la administración proceder con el retiro.

Concepto 191551 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En caso de incapacidad médica, le corresponde a la entidad u organismo público, a la EPS, ARL o Fondo de Pensiones correspondiente asumir el reconocimiento y pago de las licencias por enfermedad, teniendo en cuenta el pronunciamiento efectuado por la Corte Constitucional. Así mismo, se precisa que una vez el empleado supera el término de ciento ochenta días de incapacidad, resulta obligatorio para la entidad continuar con el reconocimiento de aportes a la seguridad social y de prestaciones sociales del empleado; excepto para las vacaciones, las cuales expresamente en el Artículo 22 del Decreto 1045 de 1978.

Concepto 191561 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La dotación es una prestación social consistente en la entrega gratuita y material de un vestido y un calzado a cargo del empleador y para uso del servidor en las labores propias del empleo que ejerce, por lo que sean beneficiarios de esta dotación de acuerdo a los requisitos enunciados, están obligados a recibirlo para su destinación específica so pena de perder el derecho recibirla en el periodo siguiente.

Concepto 191571 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El artículo 1 del Decreto 444 de 2023, dispone que el objeto de la norma es establecer el Plan de Austeridad del Gasto que regirá para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación durante la vigencia fiscal del año 2023, en consecuencia, su contenido no es aplicable a las entidades del orden territorial. De igual manera, se infiere que el informe referido en los artículos 22 y 23 del citado decreto sobre el recorte y ahorro generado de que trata el artículo 19 de la Ley 2155 de 2021, es aplicable a los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, que son los responsables de implementar el plan de austeridad del gasto para la correspondiente vigencia fiscal, es decir, esta limitación únicamente aplica a las entidades que integran la Rama Ejecutiva del orden nacional.

Concepto 191581 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es procedente indicar que por medio de la Ley 2039 del 2020 se busca promover la inserción laboral y productiva de los jóvenes, por lo cual, en su artículo 2 se determina que con el objeto de crear incentivos educativos y labores, a partir de la expedición de la ley, las pasantías, prácticas, judicaturas, servicio en los consultorios jurídicos, monitorias, contratos laborales, contratos de prestación de servicios y la participación en grupos de investigación debidamente certificados por la autoridad competente, serán acreditables como experiencia profesional válida, siempre y cuando su contenido se relacione directamente con el programa académico cursado. Conforme a lo anterior, por medio del Decreto 952 de 2021, se reglamentó lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 2039 de 2020, señalando que las normas previstas en dicho Decreto serán aplicables para efectos de los procesos de inserción laboral en el sector público de los jóvenes que estén entre los 14 y los 28 años.

Concepto 191621 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En cuanto a la dotación, si el funcionario devengaba una asignación básica mensual inferior a los dos salarios mínimos legales vigentes, la entidad deberá entregar la dotación de calzado y vestido de labor apropiada para el cumplimiento de la labor que desempeña. Se considera que en todo caso, el análisis debe hacerse año a año con el fin de determinar si a la luz de los decretos salariales expedidos en cada anualidad por el Gobierno Nacional, el empleado accedía o no a los derechos; no obstante, en el evento en que la dotación haya sido efectivamente utilizada en el ejercicio de las funciones por parte del empleado, esta Dirección Jurídica considera que no sería procedente su devolución, ni tampoco solicitar al empleado el reintegro del valor de la misma. Por lo que se aconseja esperar la promulgación del decreto de aumento salarial de cada año para la entrega de la correspondiente dotación u otras prestaciones sociales, en aquellos cargos que generen este tipo de inquietudes.