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Concepto 200111 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El servidor público deberá tener en cuenta las disposiciones existentes sobre prohibición de participación o intervención en política de los servidores públicos, por consiguiente, y en consecuencia, deberá estudiar la posibilidad de renunciar

Concepto 200171 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En caso que el cónyuge del contratista se vincule en la misma entidad como jefe de control interno, le sobreviene una inhabilidad al contratista, por lo que deberá ceder el contrato o en el evento que la entidad no lo permita, renunciar a la ejecución del mismo.

Concepto 200251 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La supervisión de contratos al ser un deber de la entidad estatal no requiere que la función se encuentre de manera expresa en el manual funciones y tampoco requiere de un perfil especifico, por lo tanto, se considera que el desempeño de la función de supervisor de un empleado del nivel técnico o asistencial es viable, atendiendo a la posibilidad de asignación de funciones diferentes al cargo, siempre y cuando del ejercicio de la funciones específicamente desarrolladas haya una relación directa con el objeto de contrato que se busca supervisar o vigilar ya sea por el conocimiento directo de la actividad o por la experiencia que se tenga en función del contrato o materias del contrato.

Concepto 200301 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No podrá ser inscrito como candidato ni elegido alcalde distrital o municipal quien dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de la elección haya ejercido como empleado público, jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, en el respectivo distrito o municipio.

Concepto 200331 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se puede establecer que un funcionario público ejerce autoridad conforme lo señala la ley en la respectiva circunscripción en la cual pretende ser elegido, se obtiene de revisar las facultades que este tiene en el ejercicio de un cargo, es decir que estos impliquen poderes decisorios, de mando o imposición, sobre los subordinados o la sociedad.

Concepto 200521 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si la administración consignó valores de más por concepto de salarios y/o prestaciones sociales, deberá solicitar autorización del servidor público para descontar los valores a los que haya lugar, en tanto que no es procedente descontarlos de oficio por parte de la entidad. Si el empleado no accede al descuento, entonces será necesario acudir a la jurisdicción contenciosa para recuperar dichos valores, o a través de una conciliación.

Concepto 200561 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El reconocimiento y pago de la dotación se encuentra determinada por el cumplimiento de dos presupuestos fácticos al momento de su otorgamiento a saber: haber laborado para la respectiva entidad por lo menos tres meses y devengar menos de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. Por su parte, el empleado a quien se le entrega la dotación tendrá la obligación de destinarlos exclusivamente para el cumplimiento de las funciones propias de su labor.

Concepto 200671 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los empleados que pertenecen al régimen de cesantías retroactivo no tienen derecho al reconocimiento de la sanción moratoria de que trata la Ley 50 de 1990, por cuanto dicha sanción sólo es aplicable a quienes se encuentran afiliados a fondos de cesantías privados, lo cual excluye a los servidores públicos cuyo régimen de cesantías es el retroactivo o el de los afiliados al Fondo Nacional del Ahorro.

Concepto 200781 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleador deberá continuar efectuando los respectivos aportes en salud y pensiones de conformidad con lo establecido en el inciso 1 del artículo 40 de Decreto 1406 de 19996 , en el evento en que, superados los ciento ochenta (180) días de incapacidad que reconoce el SGSS a través de las EPS, el empleador no retire del servicio al empleado o trabajador.

Concepto 200861 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si el empleado continúa prestando sus servicios en la misma administración sin que se produzca retiro efectivo de la entidad, no resulta viable que la administración realice la liquidación de los elementos salariales y prestacionales del cargo que ocupaba, sino que éstas se acumulan y se reconocerán al momento de su causación en el nuevo empleo, salvo que haya un cambio de asignación salarial (siendo menor la del nuevo empleo), toda vez que por principio de favorabilidad, será necesario hacer la liquidación respectiva.