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Concepto 212791 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Un empleado público (que no se encuentre incurso en ninguna de las causales de inhabilidad consagradas en la ley, como por ejemplo, ejercer autoridad civil, política, administrativa o haber sido personero) puede permanecer en su empleo hasta un día antes de inscribirse como candidato a cualquier cargo de elección popular, teniendo en cuenta que como servidor público no puede participar en política. Si por el contrario, el servidor público decide participar en política sin separarse previamente de su cargo, incurriría en violación del régimen de inhabilidades establecido en la Constitución Política y en la Ley.

Concepto 212851 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las inhabilidades de los empleados públicos, principalmente los contenidos en los artículos 126, 127, 128 y 129 de la Constitución política, así como los contenidos en la Ley 1952 de 2019, no se evidencia inhabilidad alguna para que la persona que fungió como director de control disciplinario del departamento, sea designada en otro empleo de la misma entidad.

Concepto 212861 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Estará inhabilitado para ser Concejal quien dentro del año anterior a la elección haya celebrado contrato con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que el contrato deba ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o departamento. Así mismo quien dentro del año anterior haya sido representante legal de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito. Nótese que la inhabilidad está dirigida al aspirante al cargo de concejal y no a los parientes del mismo.

Concepto 212991 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El derecho al reconocimiento por coordinación tiene origen en la existencia de un grupo de trabajo, creado por acto administrativo del director del organismo para adelantar unas tareas concretas, en razón de una decisión administrativa de confiar la responsabilidad de llevar a cabo unas tareas u objetivos específicos; la ley de desconexión laboral se contempla para servidores públicos, no obstante se exceptúan del derecho aquellos cargos que correspondan a los dirección, confianza y manejo, así como aquellos que por necesidades del servicio requieran su disponibilidad total en función del servicio; por lo que se concluye que los coordinadores están dentro de las excepciones que contempla la norma y por ende, no les es reconocible el derecho a la desconexión laboral.

Circular 03 de 2023 - Presidencia de la Republica

Imparte lineamientos para la estrategia de defensa jurídica en acciones públicas de inconstitucionalidad contra la Ley del Plan Nacional de Desarrollo Sostenible 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”

Concepto 208531 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si se trata de una entidad que cuenta con planta global, debe tenerse en cuenta que esta permite que en forma general se determinen los empleos que se requieren en la respectiva entidad, sin que sean designados a una dependencia en particular, lo que permite que sean movidos de una dependencia a otra de acuerdo con las necesidades de la entidad, logrando así una administración más ágil y dinámica con una mejor utilización del recurso humano; es decir, cuando se cuenta con una planta global resulta viable que se reubique a los funcionarios que sea necesario, teniendo en cuenta que no se pueden desconocer las funciones propias de los empleos; la reubicación no es para proveer un cargo sino para desempeñar las funciones del empleo en otra área o dependencia de la entidad pública respectiva.

Concepto 208711 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No existe limitación para que, una vez realizado un traslado o reubicación del empleado se le realice encargo de otro empleo para el cual cumpla con los requisitos para su ejercicio, o para que se asignen funciones adicionales que, a su vez correspondan a la naturaleza del empleo que las recibe.

Concepto 208761 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Será procedente la compensación de los periodos de vacaciones que el servidor público tenga pendientes por disfrutar dado su retiro del servicio, así como aquel tiempo proporcional por fuera del año de servicios y por el tiempo efectivamente laborado; del mismo modo se deberá reconocer la bonificación por recreación teniendo en cuenta que es un derecho de los empleados tanto que disfrutan de las vacaciones como de aquellos a quienes se compensan en dinero; una vez, se realice el aumento respectivo, la administración reajuste el valor reconocido al empleado por concepto de vacaciones, prima de vacaciones y bonificación por recreación con base en la asignación básica que se establezca para la presente vigencia.

Concepto 208841 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Para efectos laborales será obligación de los afiliados informar al empleador sobre la expedición de una incapacidad o licencia, por lo tanto, es necesario que, el empleado informe de tal circunstancia, en forma oportuna a la administración, con el fin de que esta adopte las determinaciones a las que hubiere lugar; si la incapacidad es prescrita por un médico particular y la EPS no realiza la transcripción de la misma, la entidad para donde presta sus servicios no podrá tomarla como válida, como consecuencia la administración no está obligada a reconocer el pago del auxilio por enfermedad, partiendo del hecho que es una obligación de la respectiva EPS."

Concepto 208911 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La norma exhorta a las entidades públicas a que conformen su respectivo Comité de Convivencia Laboral, obligación que de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 1°de la Resolución 1356 de 2012 dispuesta por el Ministerio de Trabajo, el cual modificó el artículo 3° de la Resolución 652 de 2012, este Comité de Convivencia Laboral de entidades públicas y empresas privadas tendrá que conformarse cada dos años, contados a partir de su elección, por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, los cuales deben contar competencias actitudinales y comportamentales.