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Concepto 238131 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se considera que estará inhabilitado para ser gobernador, diputado, alcalde o concejal, quien dentro del año anterior a la elección haya celebrado contrato con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que el contrato deba ejecutarse o cumplirse en el respectivo departamento, municipio o distrito, entendiendo por celebración el nacimiento del contrato, independientemente del tiempo que se tarde en su ejecución. Por el contrario, si el contrato debe ejecutarse o cumplirse en un departamento, municipio o distrito distinto, no se configurará la prohibición legal referida, caso en el cual, el aspirante podrá seguir ejecutando el contrato hasta antes de la fecha de posesión, en caso de resultar electo, para efectos de dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 128 de la Constitución Política, en concordancia con lo establecido en la Ley 80 de 1993.

Concepto 238221 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Lo que constituye causal de inhabilidad es la intervención en la celebración de contratos y no su ejecución. En consecuencia, puede inferirse que la fecha a tener en cuenta para que se configure la causal de inhabilidad relacionada con la celebración de contratos es el momento de su suscripción y no su ejecución. De tal forma, es necesario determinar en qué fecha se celebró el contrato, toda vez que de haberse celebrado dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección, se configuraría la inhabilidad, pero si dicha celebración se realizó anteriormente, no estaría inhabilitado para aspirar a la asamblea del respectivo ente territorial.

Concepto 238231 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si bien no existe inhabilidad para celebrar un contrato o prestar sus servicios voluntariamente con una entidad privada u organismo internacional que no maneje recursos públicos, siempre y cuando lo haga por fuera de la jornada laboral, dicho servidor no podrá en virtud de dicho contrato asistir, representar o brindar asesoraría en asuntos que se relacionen con las funciones específicas y concretas que desempeña como servidor público.

Concepto 238251 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los jefes de cada entidad están facultados para adecuar la jornada laboral de los servidores de acuerdo con las necesidades de la institución, para lo cual establecerán los horarios dentro de los que se prestarán los servicios, siempre y cuando se respete la jornada máxima de 44 horas semanales, como lo dispone el Decreto 1042 de 1978.

Concepto 238301 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es factible realizar el traslado de un empleado público, precisando que el mismo debe ser “horizontal”, ya que se trata de una forma de proveer un empleo con funciones afines al que desempeña, es decir de la misma categoría y para el cual se exigen requisitos mínimos similares que no impliquen descenso o ascenso. corresponderá a las entidades involucradas estudiar la viabilidad de realizar el traslado solicitado, así como verificar el cumplimiento de los requisitos señalados, de manera tal que se adelante el trámite respectivo, de acuerdo con los lineamientos internos que se tengan establecidos para tal fin.

Concepto 238321 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La persona que se desempeñó como supernumerario dentro del año anterior a la elección en el mismo municipio en el que pretende ser elegido concejal, no se encuentra inhabilitada para inscribirse y participar en la contienda política, pues esta figura no es un empleado público, sino un auxiliar de la administración.

Concepto 238341 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No se configura inhabilidad si el contrato suscrito ha sido prorrogado, en el entendido que sólo se actualizó el valor o el plazo del mismo, pero las demás condiciones del contrato continúan igual y, en consecuencia, no se trata de un contrato adicional. No obstante, aun cuando no se presente la inhabilidad, en caso que el contratista sea elegido, deberá renunciar a la ejecución del contrato de concesión antes de tomar posesión del cargo como Concejal, por cuanto está prohibido constitucionalmente que los servidores públicos tengan simultáneamente la calidad de contratistas del estado.

Concepto 238351 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No será viable que un empleado cambié de cargo y laboré 04 horas, toda vez que la entidad tiene la obligación de reportar a la Comisión Nacional del Servicio Civil para que se provea a través de concurso de méritos.Mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados de tales empleos si acreditan los requisitos para su ejercicio contenidos en el manual específico de funciones y de competencias laborales que tenga adoptado la entidad, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, su última evaluación del desempeño sea sobresaliente, no hayan sido sancionados disciplinariamente en el año anterior y se encuentren desempeñando el empleo inmediatamente inferior al que se va a proveer.

Concepto 238391 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La persona que ejerció el cargo de Inspector de Policía en un municipio de Santander, se encuentra inhabilitada para aspirar al cargo de Diputado en el departamento de Santander, por cuanto en el desempeño del citado empleo, ejerció, dentro de los 12 meses anteriores a la elección, autoridad civil y administrativa dentro del departamento de Santander.

Concepto 238401 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los concejales no se encuentran inmersos en las restricciones de participación en política de que trata el Título III, de la Ley 996 de 2005, por lo que los concejales no se encuentran inmersos en las restricciones de participación en política de que trata el Título III, de la Ley 996 de 2005, por lo que podrán hacer parte de las campañas, apoyando las candidaturas de su preferencia, incluyendo los anuncios de su precandidatura en redes sociales.