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Concepto 215111 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"El desempeño del cargo de Asesor, Coordinador, Auditor de control interno, o quienes conforman el equipo de Control Interno, no les otorga la connotación de empleos del nivel Directivo, por el hecho de que la Unidad u Oficina de coordinación del Control Interno se encuentre adscrita al nivel jerárquico superior. Es decir que no se debe nivelar al grado 4 del nivel Directivo al Jefe de Control interno."

Concepto 215221 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Todas las entidades tienen una sede física determinada en el acto que las crea, los empleados, salvo disposición en contrario deben estar en la sede disponibles para cualquier requerimiento de la entidad. Sin embargo, en el teletrabajo, la adopción y reglamentación de dicha figura, estará en cabeza de la entidad, y en todo caso será esta quien determine la necesidad de que sus funcionarios desarrollen bajo esta modalidad las funciones correspondientes a sus cargos."

Concepto 215311 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Para que sea declarada la perdida de investidura de la persona objeto de consulta, será necesario que se adelante el trámite judicial correspondiente con miras a que el Operador Judicial se pronuncie respecto de la presunta inhabilidad, reiterando que, dadas las competencias asignadas a este Departamento Administrativo, no es procedente realizar ninguna declaración sobre una designación."

Concepto 215481 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"No se presenta la inhabilidad pues, como se indicó en el cuerpo del concepto, la persona ejerce su empleo en un municipio diferente a aquel en el que pretende ser elegido alcalde. No obstante, debido a la prohibición constitucional que pesa sobre todos los empleados públicos de participar en política, deberá renunciar a su cargo y su renuncia ser aceptada, antes de la inscripción como candidato."

Concepto 215491 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"No se encuentra impedimento para que, en su calidad de miembro de una participación de víctimas, aspire a ser elegida concejal del mismo municipio en el cual desempeña sus funciones como miembro o representante de la mesa."

Concepto 215501 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Un pensionado no estará inhabilitado por tal razón para aspirar a un cargo de elección popular, por ejemplo, el de edil de una JAL."

Concepto 215511 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Resultará viable que en la negocación se incluya como un punto en materia salarial el aumento de las asignaciones básicas mensuales de los servidores públicos, respetando en todo caso los límites señalados por el Gobierno Nacional, sin que resulte viable la discusión del reconocimiento del auxilio de transporte cuando no se cumple con las condiciones que la norma y la jurisprudencia han establecido para tener derecho al mismo."

Concepto 215551 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Dos hermanos no se encuentran inhabilitados, en razón de su parentesco, para aspirar al mismo tiempo a los cargos de alcalde y concejal del mismo municipio. Sin embargo, de resultar elegidos ambos, sí sobrevendría una inhabilidad."

Concepto 215571 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Si un Jefe de Presupuesto ejerce autoridad administrativa o civil, se hace necesario acudir a las funciones generales asignadas para ese cargo, con el propósito de analizar a la luz de las mismas si ellas implican poderes decisorios, de mando, imposición, vigilancia y control sobre los subordinados. Si dichas potestades revisten una naturaleza tal que su ejercicio permita tener influencia en el electorado, las mismas configuran la autoridad que reclama la Constitución para la estructuración de esta causal de inhabilidad."

Concepto 215591 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Se considera procedente dar cumplimiento a la norma que regula el sistema por turnos, y en consecuencia programar turnos laborales de máximo doce (12) horas, y en forma excepcional y en caso de necesidad del servicio que así lo requiera, la Administración podrá programar turnos superiores a 12 horas, sin que se considere procedente programar de manera general tiempos que excedan el máximo permitido por la norma."