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Concepto 215441 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"De acuerdo con la Ley 1118 de 2006 en su artículo 7 todos los servidores públicos de ECOPETROL tendrán la calidad de trabajadores particulares (incluido el presidente) y por ende les serán aplicables las disposiciones contenidas en el Código Sustitutivo del Trabajo, en la convención colectiva de trabajo y en el acuerdo 01 de 1997 según sea el caso, con las modificaciones y adiciones que se presenten."

Concepto 222871 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es procedente que a un empleado público se le asignen funciones diferentes a las establecidas en el manual especifico de funciones y requisitos que haya adoptado la entidad, no obstante, será necesario que la entidad verifique que las funciones que se pretenden asignar, guarden relación con el empleo del cual se es titular, de manera que, la asignación de funciones no se constituye como una forma de provisión de empleos y por lo tanto, no conlleva un cambio de empleo o la necesidad de un nuevo nombramiento y posesión.

Concepto 222971 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si el encargo o el empleo de libre nombramiento y remoción, se ejerció por el término de dos años y se pretenden liquidar esta prestación, el salario de la situación administrativa se tiene en cuenta por los dos años en el régimen anualizado y el resto se tienen en cuenta con el último salario devengado por el servidor en el empleo del cual es titular en el régimen retroactivo. Este procedimiento, se considera, debe aplicarse precisamente para evitar saldos negativos a favor de la administración.

Concepto 223041 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Al momento de hacer la liquidación de las cesantías, independientemente de que el periodo laborado fuera menor a un año de servicio, se deberán tener en cuenta los factores señalados en el artículo 45 del Decreto ley 1045 de 1978 y se liquidarán de manera proporcional.

Concepto 223991 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No existe inhabilidad para que un concejal aspire al cargo de alcalde, incluso siendo presidente de la Corporación, por cuanto la prohibición contenida en el numeral 2° del artículo 95 de la Ley 136 de 1994, está referida a empleados públicos, calidad de la que no goza un concejal. Así las cosas, esta Dirección considera que quien ejerce el cargo de Concejal, no se encuentra inhabilitado para postularse y eventualmente ser elegido Alcalde Municipal.

Concepto 224091 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se infiere que mientras se desarrolla la contienda electoral y hasta antes de la posesión del alcalde electo, su hija podrá continuar ejecutando el contrato de prestación de servicios que tenga suscrito con el respectivo municipio. Sin embargo, si el aspirante resulta elegido alcalde, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley 80 de 1993, sobreviene una inhabilidad para su pariente (hija) como contratista, de manera que ésta deberá ceder el contrato, previa autorización escrita de la entidad contratante o, si ello no fuere posible, renunciará a su ejecución.

Concepto 224271 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El hermano del Gerente de una Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios, al ser representante legal de la entidad, se encuentra inhabilitado para inscribirse y eventualmente ser elegido Alcalde Municipal, de conformidad con lo señalado en el numeral 4° del artículo 95 de la ley 136 de 1994. Para evitar la configuración de la inhabilidad, el hermano deberá renunciar a su cargo y su renuncia ser aceptada previamente al año anterior a la fecha de elección.

Concepto 224481 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El anticipo sobre las cesantías, no afecta el tiempo de servicios del empleado, pero debe verse reflejado en la liquidación definitiva, en la que deberán descontarse los dineros que se han cancelado de forma anticipada.

Concepto 224931 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Corresponde al concejo o a la asamblea, según sea el caso, fijar conforme al presupuesto respectivo y dentro de los límites máximos salariales establecidos por el Gobierno Nacional, las escalas de remuneración correspondientes a las diferentes categorías de empleos públicos del departamento o municipio, teniendo en cuenta el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos para los entes territoriales previsto en el Decreto Ley 785 de 2005

Concepto 224961 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El régimen de liquidación de cesantías por retroactividad se caracteriza por su reconocimiento con base en el último salario realmente devengado, o el promedio de lo percibido en el último año de servicios, en caso de que durante los últimos tres meses de labores el salario devengado hubiera sufrido modificaciones.