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Concepto 252081 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La jornada máxima legal para los empleados públicos de los niveles nacional y territorial, es de 44 horas semanales, en donde, dentro del límite fijado en dicho artículo y teniendo en cuenta las necesidades del servicio, el jefe de la respectiva entidad puede establecer el horario de trabajo y si es el caso, compensar la jornada del sábado con tiempo diario adicional de labor, sin que en ningún caso dicho tiempo compensatorio constituya trabajo suplementario o de horas extras.

Concepto 252091 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las entidades públicas no tienen facultad de crear elementos salariales o prestacionales, toda vez que de conformidad con lo dispuesto en el literal e) del numeral 19 del artículo 150 de la Constitución Política, se establece como una función del Presidente de la República el fijar el régimen salarial y prestacional de los empleados públicos, de los miembros del Congreso de la República y de la Fuerza Pública.

Concepto 252101 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La norma contempla que las cesantías podrán ser retiradas para los usos establecidos en la norma, la obligación del empleador recae en realizar pagos de cesantías cuando se cumple con los requisitos contemplados en la ley, para ello establecerá los requerimientos necesarios que sean suficientes para demostrar el cumplimiento de estos.

Concepto 242811 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"En las empresas de servicios públicos oficiales, organizadas como Empresas Industriales y Comerciales del Estado, la vinculación de los trabajadores oficiales, se realiza mediante contrato de trabajo y la vinculación de los empleados públicos por ser de libre nombramiento y remoción se efectúa mediante nombramiento ordinario."

Concepto 243171 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleado en comisión de servicios, en una sede diferente a la habitual, tendrá derecho al pago de los respectivos viáticos, de acuerdo con el Decreto 333, cuando para el cumplimiento de las tareas asignadas no se requiera pernoctar en el lugar de la comisión, sólo se reconocerá hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor fijado, en todo caso, el pago de viáticos procederá, siempre y cuando previamente se haya expedido el respectivo acto administrativo que autoriza tanto la comisión como elpago correspondiente; de tal manera que solo se cancelará el valor determinado por los días estipulados de duración de la comisión y que serán reconocidos antes de dar inicio a la misma.

Concepto 246361 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No resulta viable que al servidor se le reconozca el “auxilio educativo” u otros beneficios de la entidad en la cual es titular derechos de carrera administrativa, en tanto que se encuentra desarrollando sus funciones en periodo de prueba en una entidad diferente y su empleo se encuentra en una vacancia temporal que, puede estar siendo ocupada por otro servidor público o mediante nombramiento provisional.

Concepto 246371 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los derechos de carrera administrativa se adquieren con la evaluación satisfactoria del periodo de prueba y no con la inscripción en el registro público de carrera administrativa que administra la CNSC.

Concepto 246381 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El derecho preferente de encargo, recaerá necesariamente y por disposición legal y doctrinaria en el empleado (a) que se encuentre desempeñando el cargo inmediatamente inferior y del mismo nivel jerárquico de la planta de personal de la entidad respectiva, por lo que no resulta viable que un empleado del nivel técnico sea encargado en un empleo del nivel profesional.

Concepto 246391 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El área de Talento Humano o la Unidad de Personal o quien haga sus veces en la respectiva entidad, con el fin de garantizar el reconocimiento del derecho preferencial de encargo, deberá revisar e identificar frente a la totalidad de la planta de empleos de la entidad, sin distinción por dependencia y/o ubicación geográfica el servidor de carrera que desempeña el empleo inmediatamente inferior del mismo nivel jerárquico a aquel que será provisto transitoriamente y que acredite los requisitos definidos para el empleo objeto de encargo, de manera que determinará qué funcionario con derechos de carrera, reuniendo los requisitos descritos en la norma, cuenta con mejor derecho para ser destinatario del encargo.

Concepto 246401 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Corresponde al empleador realizar el traslado de sus empleados el cual debe fundarse en necesidades del servicio para la debida prestación de las funciones a cargo de la entidad.