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Concepto 283791 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No puede darse una situación de trabajo en casa, a menos que medie acto administrativo que lo autorice, por tal razón, deberá acudirse a dicho acto, para determinar las condiciones y motivos por los cuales fue concedido, sin embargo y tal como lo enuncia la norma, para el caso en mención, al derivarse dicha situación de una recomendación médica, la figura a aplicar es el teletrabajo, el cual se encuentra regulado en nuestra legislación a través de la ley 1221 de 2008 y corresponderá a la entidad, determinar si se cumplen los requisitos para la concesión de las vacaciones, de manera que se adelante el trámite respectivo para tal fin.

Concepto 283811 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

la prescripción de los derechos de los empleados públicos, es por regla general de tres (3) años, contados a partir de la fecha en que se haya hecho exigible la obligación, de conformidad con lo establecido en el artículo 151 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

Concepto 283891 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es facultativo de las entidades y organismos el implementar el teletrabajo como modalidad laboral y de acuerdo a las necesidades del servicio de la entidad, será facultativo otorgar o no la modalidad a algunos servidores. El procedimiento será elaborado por cada entidad de acuerdo a sus necesidades y conforme a la prestación de sus servicios.

Concepto 283981 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La entidad deberá tener en cuenta al momento de liquidar las cesantías los tiempos en que estuvo desempeñando los encargos, se deberán liquidar conforme al régimen de cesantías anualizadas y el tiempo en que estuvo en el cargo del cual es titular se deberá liquidar de conformidad con el régimen de cesantías retroactivo, es decir de conformidad con último salario realmente devengado para la fecha en que ejerció el empleo de carrera.

Concepto 283991 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Teniendo en cuenta la norma relacionada con el anticipo de cesantías no señala ninguna prohibición para la adquisición de un inmueble con el gravamen de una hipoteca abierta, el empleado podrá, si a bien lo tiene, solicitar el anticipo de cesantías, ya que este gravamen no impide que pueda ser vendido o enajenado.

Decreto 1126 de 2023 - Nivel Nacional

Adiciona las secciones 2 y 6 del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del libro 2 del Decreto 1070 de 2015, en lo que respecta a la creación de la Medalla Militar "Servicios Distinguidos a la Acción Integral".

Acto Legislativo 02 de 2023 - Nivel Nacional

Modifica el segundo período de sesiones ordinarias del Congreso de la República.

Acto Legislativo 01 de 2023 - Nivel Nacional

Reconoce la dimensión económica, social, cultural, política y ambiental del campesinado, así como aquellas que le sean reconocidas, con el fin de velar por la protección, respeto y garantía de sus derechos individuales y colectivos.

Concepto 263351 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La oportunidad en la entrega de los elementos de protección personal, no está sometida a un término específico, conforme a lo previsto en la Resolución 312 de 2019 del Ministerio de Trabajo, la entidad debe “reponerlos oportunamente, conforme al desgaste y condiciones de uso de los mismos”. En tal sentido, cada entidad, conforme a sus procedimientos internos definirá los términos y condiciones para dicha reposición; el suministro de ropa de trabajo, y elementos de protección personal, en el marco de los programas de Seguridad y Salud en el Trabajo, no constituye una prestación social, en tal sentido, no le son aplicables las reglas relativas a la prescripción de las prestaciones laborales.

Concepto 265531 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleado, ya sea de carrera, provisional o de libre nombramiento y remoción; cuando así lo determine la administración, ejercerá sus funciones en lugares diferentes a la sede habitual de trabajo o atenderá transitoriamente actividades oficiales distintas a las inherentes al empleo de que es titular, por esta razón, se considera procedente conferirle comisión de servicios, ya sea en la misma entidad, en alguna de sus sedes, en otra entidad, dentro o fuera de la ciudad.