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Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Concepto 044781 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Está prohibido que un concejal acepte un cargo público dentro de los seis meses siguientes a la aceptación de su renuncia, en otras palabras, esta prohibición se extiende por seis meses más después de la desvinculación del cargo, solo cuando la separación se da en virtud de una renuncia si el lapso que faltare para el vencimiento del período fuere superior. Ahora, si el concejal se separa del cargo por la terminación del periodo legal, podrá aceptar un nuevo cargo público de cualquier nivel de manera inmediata, siempre y cuando cumpla con los requisitos que la ley establece para ello

Concepto 044801 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La consecuencia jurídica de quien se le compruebe la doble militancia es la declaratoria de nulidad del acto administrativo que se da como consecuencia del proceso administrativo electoral, quiere decir que el acto de elección surgió con un vicio insaneable y que, por tal razón, no puede permanecer en el ordenamiento jurídico por contradecir la Constitución Política.

Concepto 044811 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si bien la entidad tiene la facultad legal para proveer transitoriamente los empleos de carrera que se encuentran en vacancia definitiva o temporal, a través del encargo y excepcionalmente a través del nombramiento en provisionalidad, debe en todo caso salvaguardar el derecho preferencial que otorga la carrera a sus titulares; de tal manera, que si existe un cargo vacante, deberá seguirse el procedimiento legal respectivo para su respectiva provisión; inicialmente mediante encargo, sin que haya alguna garantía, prelación o derecho para la persona que lo ocupó mediante nombramiento provisional.

Concepto 044831 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Existe prohibición constitucional para que los servidores públicos celebren, por si o por interpuesta persona, o en representación de otro, celebren contrato alguno con entidades públicas o con personas privadas que manejen o administren recursos públicos, salvo las excepciones legales, toda vez que, los docentes del servicio público estatal tienen la calidad de servidores públicos conforme al Art. 105 de la Ley 115 de 1994, por lo que, la Ley 80 de 1993 en su literal F del numeral primero guarda concordancia con la prohibición constitucional.

Concepto 044881 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No existe prohibición para quien es veedor, ejerza otra veeduría ciudadana en el mismo municipio en el cual ejerce la primera,

Concepto 044891 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No es viable disminuir la asignación salarial a los servidores públicos, como consecuencia del cambio de categoría del municipio. A los empleados se les deben mantener las condiciones salariales y prestacionales de su vinculación inicial, pero en caso de vacancia definitiva del cargo, la persona que se vincule debe sujetarse a la nueva escala salarial que se adopte de acuerdo con la categoría del municipio.

Concepto 045021 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Una vez finalizado el período Constitucional para el cual fue elegido el concejal, podrá celebrar contratos con entidades públicas y también podrá ser vinculado como empleado público en las entidades del respectivo ente territorial, es decir podrá aceptar cargos en la respectiva administración pública, incluyendo empleos del nivel directivo, siempre y cuando cumpla con los requisitos para el desempeño del mismo.

Concepto 045041 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No es procedente el retiro automático de los empleados con derechos de carrera por el simple cambio de gobierno, las causales están descritas en la ley.

Concepto 045051 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El hijo de un concejal no puede ser nombrado en ningún cargo público, pues se encuentra dentro del rango de consanguinidad señalado por la Ley como inhabilitante. Sin embargo, si el hijo ya se encontraba vinculado a la administración antes de que el concejal tome posesión del cargo, no se configura la inhabilidad. No obstante, no sería procedente el nombramiento en un cargo diferente, salvo que se haga en virtud de concurso de méritos, pues en este caso se estaría configurando la prohibición constitucional y legal.

Concepto 045061 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Una de las inhabilidades para ser elegido por el concejo municipal o distrital como personero, es haber ocupado durante el año anterior, cargo o empleo público en la administración central o descentralizada del distrito o municipio en el cual será designado.