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Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Concepto 057351 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El Informe Ejecutivo Anual anteriormente reglamentado a través del artículo 2.2.21.2.5 del Decreto 1083 de 2015, fue modificado, por lo que desde la expedición del Decreto 1499 de 2017 su evaluación se hace a través del aplicativo FURAG, sistema de información donde se estará recolectando la información sobre el avance del Sistema de Control Interno en todas las entidades por tratarse de una dimensión del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG. Ahora bien, aun cuando el informe ejecutivo anual es el que se homologa a través del reporte FURAG realizado anualmente, y el Informe de Evaluación Independiente del Estado del Sistema de Control Interno son dos reportes que se deben realizar por aparte, resulta viable comprender que son reportes análogos en el sentido de que están enfocados a medir el nivel de avance en la implementación del Modelo Estándar de Control Interno MECI en articulación con el MIPG en las entidades objeto de aplicación de la Ley 87 de 1993, por lo que internamente se pueden llevar a cabo análisis de articulación de estos reportes a fin de garantizar la coherencia en las respuestas

Concepto 057461 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

De conformidad con lo previsto en el inciso segundo del artículo 122 de la Constitución política, ningún servidor público podrá ejercer su empleo sin haber prestado juramento; es decir sin haberse posesionado. En ese sentido, se tiene que la calidad de servidor público se adquiere una vez se haya posesionado en el cargo, y, por consiguiente, a partir de ese momento le serán aplicables las inhabilidades e incompatibilidades propias del cargo, así como los deberes y derechos asociados al mismo.

Concepto 057581 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleo de carrera administrativa que se encuentra en vacancia temporal deberá ser provisto mediante encargo con empleados de carrera. De no ser esto posible, la norma indica que la vacante podrá ser provista mediante nombramiento provisional.

Concepto 057601 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No esta inhabilitada para ser nombrada como Personero Municipal una persona que ejerce un cargo en el sector privado, no obstante, el literal a) del articulo 175 de la Ley 136 de 1994 señala que quien ostente el cargo de Personero Municipal sin importar la categoría del ente territorial, no podrá ejercer otro cargo público o privado, motivo por el cual quien gane el concurso de Personero deberá desvincularse de la entidad privada en la cual seencuentre ejerciendo algún cargo, pues de no hacerlo estaría incurriendo en una de las incompatibilidades que la ley ha establecido para el ejercicio del cargo de Personero municipal.

Concepto 057661 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es viable que la liquidación de los elementos salariales y prestacionales se realiza cuando el empleado público se retira efectivamente de la entidad, en ese sentido, se considera que la relación laboral del empleado público que renuncia a su empleo y se posesiona inmediatamente en otro cargo en la misma entidad, no sufre interrupciones y por lo tanto el tiempo de servicios será acumulado para todos los efectos.

Concepto 057751 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No será procednete la comisión para ocupar pargos de LNR o de periodo teniendo en cuenta que dichas figura prevén dentro de los requisitos para su otorgamiento, la acreditación de la evaluación de desempeño sobresaliente, o cuando menos satisfactoria y dicha evaluación comprende un periodo de un año.

Concepto 058191 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En tanto dure el disfrute de vacaciones, el empleado designado coordinador de un grupo, no tendrá derecho a percibir el Reconocimiento por coordinación.

Concepto 058461 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil del personero, no podrán ser nombrados ni elegidos para cargo alguno, ni podrán suscribir contratos estatales en el respectivo municipio.

Concepto 058481 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Tratándose de empleados en provisionalidad, que se encuentran bajo una condición especial, como en el caso motivo de consulta, antes de proceder al nombramiento de quienes superaron el concurso de méritos, deberá la administración tenerlos en cuenta, disponiendo que sean las últimas en ser removidas de su cargo; y en todo caso, en la medida de las posibilidades, vincularlos nuevamente en forma provisional, en cargos vacantes de la misma jerarquía o equivalentes de los que venían ocupando, siempre y cuando demuestren una de esas condiciones especiales al momento de su desvinculación y al momento del posible nombramiento.

Concepto 058941 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La posesión del Personero debe llevarse a cabo a partir del primero de marzo del año en que comienza su periodo de ejercicio, por ende, teniendo en cuenta que el personero debe ser elegido dentro de los primeros 10 días del mes de enero del año respectivo, el electo personero tendrá desde su elección hasta el primero de marzo para llevar a cabo todo lo necesario en aras de dejar en orden el cargo que se encuentra ocupando como Personero de otro Municipio, pues no puede ser posesionado antes del primero de marzo, habida cuenta de que el periodo del Personero saliente culminaría el último día del mes de febrero y no es legalmente procedente que se encuentren dos personas en ejercicio del mismo cargo.