Filtros de búsqueda

Menos
Más
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 40.727 resultados - Solo se mostraran los primeros 10000 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Concepto 075141 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los servidores públicos tienen el deber de dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, salvo las excepciones legales y les está prohibido, entre otros, prestar, a título personal o por interpuesta persona, servicios de asistencia, representación o asesoría en asuntos relacionados con las funciones propias del cargo

Concepto 075151 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad de un empleado del nivel directivo de una entidad pública, estará inhabilitado para suscribir contratos con esa entidad.el municipio no podrá contratar al padre (primer grado de consanguinidad) de un Secretario de Despacho por cuanto, siendo éste del nivel directivo, se configuraría la inhabilidad prevista en el literal b) del numeral 2 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993.

Concepto 075161 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No existe inhabilidad para que, quien estuvo vinculado en un cargo del nivel directivo, como es el caso de los directivos o secretarios de despacho de los municipios, suscriba contratos estatales con otra entidad pública, para el caso, una ESE Hospital del municipio, pues no se trata de la misma entidad donde prestó sus servicios.

Concepto 075171 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No se evidencia inhabilidad o incompatibilidad para ser coordinadora de empalme de control interno disciplinario del municipio, quien es apoderada en procesos disciplinarios y demandas administrativas, más aún si se tiene en cuenta que las personas que conforman el equipo de empalme del gobierno entrante no tienen la calidad de servidores públicos, así como tampoco de empleados públicos.

Concepto 075181 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La liquidación de las vacaciones y la prima de vacaciones se debe realizar teniendo en cuenta los factores previstos en el artículo 17 del Decreto 1045 de 1978 y el salario correspondiente a la fecha en que inicie el disfrute de las vacaciones; de igual forma y, teniendo en cuenta que los reajustes salariales decretados por los Concejos Municipales, en ejercicio de sus competencias y dentro de los límites señalados en el Decreto 896 de 2023, tienen vigencia fiscal a partir del 1 de enero de dicha anualidad; en tal sentido, el salario vigente al momento de iniciar el disfrute de las vacaciones, con base en el cual se deben liquidar las vacaciones y la prima de vacaciones, corresponde al definido para el cargo del cual es titular, en el respectivo Acuerdo expedido por el Concejo Municipal, mediante el cual definió el incremento salarial para los empleados públicos del municipio para el año 2023.

Concepto 075201 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El conflicto de interés se estructura cuando el servidor público con su actuación se favorezca a sí mismo o a sus parientes. El constituyente quiso evitar, al prever la ocurrencia del conflicto de intereses, que el servidor público con su accionar haga prevalecer su interés personal o familiar sobre el general, buscando acabar con las ventajas personales distintas a las que se predican de la generalidad.

Concepto 075211 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Una vez se presente la vacancia temporal de un cargo de carrera, la administración podrá proveerla, por el término que dure la vacancia, a través de la figura del encargo, el cual debe recaer en los empleados de carrera que: i) acrediten los requisitos para su ejercicio; ii) posean las aptitudes y habilidades para su desempeño; iii) no hayan sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño se sobresaliente; de igual forma, además de la verificación de estos requisitos, el encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el cargo inmediatamente inferior de la planta de personal de la entidad y en el mismo nivel jerárquico.

Concepto 075231 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Cuando se labora en dominical y/o festivo, hay lugar a un día de descanso compensatorio, entendido según la Alta Corporación como: «El descanso del trabajador corresponde a un cese en el trabajo, por lo que en manera alguna puede ser considerado como tiempo de servicio para completar la jornada laboral, sin perjuicio de que su remuneración se entienda incluida en el valor del salario mensual».

Concepto 075241 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No se encuentra alguna disposición que consagre una inhabilidad para que un ex miembro de la junta directiva de una Empresa Social del Estado sea nombrado como empleado provisional en cargo de carrera administrativa del respectivo municipio o en una de sus entidades.

Concepto 075251 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La determinación de la administración al asignarle el encargo, debió estar precedida de la verificación del cumplimiento de los requisitos previstos en las disposiciones citadas; no obstante, y conforme a las directrices señaladas por la CNSC en relación con la terminación del encargo, se considera procedente que el servidor manifieste su determinación de renunciar al encargo que le ha sido asignado y de esta manera retomar el cargo del cual es titular.