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Concepto 439841 de 2025 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No es viable que un funcionario público, diferente a los determinados por la norma para integrar la junta directiva (representante del Presidente de la República, representante del Ministro de Ambiente, Gobernador de Cundinamarca, Gobernador de Boyacá, Alcalde de Bogotá, Alcaldes de municipios del territorio CAR), represente como particular a las comunidades indígenas, o al sector privado o a las ONG (entidades sin ánimo de lucro), pues ni la Constitución, ni la Ley o el reglamento, le han otorgado esta posibilidad de ejercer esta función pública.

Concepto 439851 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Concepto 439861 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No existe impedimento para que un servidor público sea empleado de una empresa privada, siempre y cuando no preste a título particular servicios de asistencia o asesoría en asuntos relacionados con las funciones propias del cargo de la entidad pública donde labora, ni preste servicios de asistencia, representación o asesoría a quienes están sujetos a la inspección, vigilancia, control o regulación de la entidad, corporación u organismos público al que se encuentre vinculado, de conformidad con la prohibición contenida en la Ley 1952 de 2019, citada en apartes anteriores. Tampoco podrá adelantar actividades relacionadas con la entidad privada dentro del horario establecido para la jornada laboral, pues el servidor público debe destinar la totalidad del tiempo de la jornada en las funciones que le han sido asignadas.

Concepto 440671 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las personas naturales o jurídicas que hayan financiado campañas políticas a la Presidencia de la República, a las gobernaciones, a las alcaldías o al Congreso de la República, con aportes superiores al dos por ciento (2.0%) de las sumas máximas a invertir por los candidatos en las campañas electorales en cada circunscripción electoral, no podrán celebrar contratos con las entidades públicas, incluso descentralizadas, del respectivo nivel administrativo para el cual fue elegido el candidato; inhabilidad que se extenderá por todo el período para el cual el candidato fue elegido. Sin perjuicio de lo anterior, es preciso resaltar que dicha inhabilidad no aplica para la suscripción de contratos de prestación de servicios profesionales

Concepto 441061 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En caso que se requiera que un empleado público cumpla las funciones propias de su cargo en un lugar diferente al de la sede habitual de trabajo, como sería el caso del empleado que debe desplazarse dentro o fuera del país, debe acudirse al otorgamiento de una comisión de servicios por medio de la expedición del correspondiente acto administrativo, en el cual se precise el término de duración de la misma y se ordene el reconocimiento de los viáticos y gastos de trasporte, que tienen por finalidad cubrir los gastos en que incurre el comisionado por concepto de transporte y alimentación.

Concepto 441241 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si bien en todas las opciones de inhabilidad contenidas en el artículo citado, están incluidos los cónyuges o compañeros permanentes, todas ellas están referidas a nombramientos o contrataciones en el respectivo departamento, distrito o municipio. En el caso de los Concejales, los nombramientos o contratos no podrán efectuar a parientes de los Concejales (en las modalidades y grados descritos en la norma), en el respectivo distrito o municipio, o de sus entidades descentralizadas. Según lo manifestado en su consulta, el nombramiento del esposo de una Concejal, se efectuaría en una ESE del orden departamental y, en tal virtud, en criterio de esta Dirección, no se presenta inhabilidad para que sea designado en esa entidad de salud, pues no se trata de una entidad del municipio o de una de sus entidades descentralizadas.

Ley 2366 de 2024 - Congreso de la República

Desarrolla de manera permanente lo establecido en el artículo 6 de la Ley 2165 de 2021, modificado por el artículo 342 de la Ley 2294 del 2023, fortaleciendo el rol del Centro de Altos Estudios Legislativos (CAEL), otorgándole la naturaleza de un ente público del orden nacional adscrito a la Rama Legislativa, con autonomía administrativa, financiera, presupuestal y patrimonio propio.

Concepto 436041 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Siempre que se cumplan con las condiciones arribas descritas, es viable que las entidades u organismos públicos consideren la autorización del traslado o la permuta interinstitucional de un empleado público

Concepto 436291 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Una persona que fue beneficiaria de una indemnización sustitutiva de la pensión o que recibió una sustitución pensional, no se encuentra inhabilitada para seguir laborando en un cargo público, siempre y cuando no haya cumplido la edad de retiro forzoso

Concepto 436391 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública