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Concepto 026481 de 2026 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El pasivo prestacional del sector salud causado hasta el 31 de diciembre de 1993 por concepto de cesantías retroactivas, pensiones y reservas pensionales fue inicialmente cubierto mediante el Fondo del Pasivo Prestacional del Sector Salud creado por la Ley 60 de 1993. Posteriormente, la Ley 715 de 2001 suprimió dicho fondo y estableció que la responsabilidad financiera para el pago de dichas obligaciones sería asumida mediante un esquema de concurrencia entre la Nación y las entidades territoriales, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. En consecuencia, la financiación del pasivo prestacional debe atender los mecanismos previstos en la normativa vigente y en los convenios de concurrencia, conforme a la reglamentación establecida en el Decreto 700 de 2013.