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Concepto 012781 de 2026 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los servidores públicos pueden permanecer voluntariamente en sus cargos hasta la edad de retiro forzoso (70 años), incluso si ya cumplen los requisitos de pensión. En este caso, la administración no puede tramitar su retiro ni su inclusión en nómina pensional por jubilación hasta que se cumpla dicha edad o el servidor lo decida. |