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Concepto 394261 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En relación con los aportes al sistema de seguridad social, esta Dirección Jurídica considera que se continuarán pagando, sólo que el porcentaje del aporte que paga el empleador, estará a cargo de la entidad en la cual se posesiona en período de prueba, y continuará a su cargo, en caso de superar este periodo. En caso de que un empleado de carrera supere un concurso de mérito no es procedente solicitar una licencia no remunerada, ya que es un derecho del empleado ser nombrado en ascenso por el periodo de prueba.